Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2003 (11/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 11 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE
Autorizan contratacion de servicio de hoteleria mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia para evento denominado "II Feria de Gestion Ambiental MORDAZA - Ciudades Sostenibles"
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 152-2003-CONAM/PCD MORDAZA, 1 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que en el ano 2001 se llevo a cabo la I Feria de Gestion Ambiental MORDAZA, en el Municipio de Naucalpan, Estado de Mexico, oportunidad en la cual se suscribio la Declaracion de la MORDAZA Metropolitana del MORDAZA de Mexico entre todos los participantes, estableciendose el compromiso de formar una Red que sirva como medio de vinculacion entre las autoridades, propiciando la continua relacion entre estas, los expertos e instituciones, para fortalecer la colaboracion mutua que contribuya a la construccion y operacion de politicas publicas sobre la gestion ambiental urbana; acordandose, asimismo, que el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente -PNUMA- Oficina para MORDAZA Latina y el Caribe tendra a su cargo la coordinacion de la operacion de la Red; Que, asimismo, se acordo como sede para la proxima Feria el Peru, por lo que el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente - PNUMA, la Red de Autoridades para la Gestion Ambiental de Ciudades de MORDAZA Latina y el Caribe y el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, vienen organizando el evento denominado "II Feria de Gestion Ambiental MORDAZA - Ciudades Sostenibles", el cual tendra lugar los dias 10, 11 y 12 de noviembre del presente ano; Que la "II Feria de Gestion Ambiental MORDAZA - Ciudades Sostenibles" es una oportunidad para intercambiar ideas, informacion y capacitacion tecnica y tecnologica entre las diversas autoridades ambientales de ciudades de MORDAZA Latina y el Caribe, autoridades regionales y locales del MORDAZA, asi como de las empresas y la poblacion con responsabilidad e interes en la gestion ambiental urbana; Que para el citado evento se invitara a diversas autoridades ambientales locales de paises de MORDAZA Latina y el Caribe, quienes ilustraran con sus experiencias en temas relacionados a gestion del agua, residuos solidos, calidad de aire, educacion ambiental y sistemas locales de gestion ambiental, entre otros. Asimismo, asistiran y participaran profesionales y especialistas nacionales e internacionales en diversos temas de interes para la gestion ambiental MORDAZA, quienes expondran sus avances y experiencias; Que mediante Informe Tecnico Legal Nº 001-2003-CONAM/DGTT, se indica que luego del estudio de MORDAZA realizado por la Oficina de Comunicaciones, en coordinacion con la Direccion de Gestion Territorial y Transectorial y la Oficina de Administracion y Finanzas, el Hotel MORDAZA Oro es el unico en su genero que cumple con las exigencias del servicio requerido por el CONAM, dada la importancia del evento, las caracteristicas de su realizacion y las exigencias tecnicas en la prestacion del servicio, implicando ello que el citado servicio sea de caracter personalisimo, ajustandose de esta manera a las disposiciones del articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que

se realicen, entre otros, para la prestacion de servicios personalisimos; Que de conformidad con el articulo 20º del citado Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya MORDAZA con el Informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica; Que el articulo 111º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM establece que la facultad de aprobacion de las exoneraciones a que se refiere el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, no puede ser delegada por las autoridades indicadas en dicha norma; Que, en ese sentido, se considera que se ha configurado la causal de exoneracion recogida en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que permite exonerar la contratacion del servicio requerido del MORDAZA de seleccion que le corresponde; Con la aprobacion de la Secretaria Ejecutiva y la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y la Oficina de Administracion y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26410, Decreto Supremo Nº 022-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponda para la contratacion del Hotel MORDAZA Oro para que preste al Consejo Nacional del Ambiente el servicio de alojamiento, alquiler de salones, alimentacion y otros servicios conexos, para el evento denominado "II Feria de Gestion Ambiental MORDAZA - Ciudades Sostenibles", que se llevara a cabo los dias 10, 11 y 12 de noviembre del presente ano, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administracion y Finanzas a contratar el indicado servicio mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, cuyo valor referencial es de US$ 17,000.00 (Diecisiete Mil y 00/100 Dolares Americanos), afectandose a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados y Donaciones y Transferencias. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Administracion y Finanzas remita a la Contraloria General de la Republica, MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico Legal que sustenta esta exoneracion, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LORET DE MOLA DE MORDAZA Presidente 18637

CONSUCODE
Modificar el Acuerdo Nº 017/009 expedido en sesion de sala plena del 15.11.01, que establece la forma como se deben ser resueltos los expedientes de aplicacion de sancion
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO ACUERDO Nº 015/013 de 26.09.2003 El Tribunal, luego del analisis y debate correspondiente, por unanimidad, ACORDO:

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