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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G33/G33/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de octubre de 2003 Oficina de Administración Distrital, Imagen Institucional, Oficina de Desarrollo de la Presidencia, Oficina de Logísti-ca y Administración de los Juzgados de Paz Letrado de Barranco y Miraflores, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 19036 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G46/G61/G6D/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE EXONERACIÓN Nº 017-2003 Lima, 10 de octubre del 2003 VISTOS: El informe anexo al Memorándum Nº F210-MA-2003- 057, emitido por la Subgerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios el 9 de octubre de 2003, en el que se sustentala necesidad de renovar las licencias del software Fame contratadas directamente con la empresa Fame Informa- tion Services, Inc., por cuanto no existe en el país ningunaempresa proveedora de dicho software. El Memorándum Nº K000-MA-2003-1027 emitido por la Oficina Legal el 10 de octubre de 2003, en el que se opinaque la renovación de las licencias del software antes seña- lado debe efectuarse mediante un proceso de adjudicación de menor cuantía, ya que se trata de bienes que no admi-ten sustitutos. CONSIDERANDO QUE:El Banco Central requiere contratar, por un año más, las licencias del software Fame que se viene utilizandocomo plataforma tecnológica para el desarrollo del proyec- to del sistema integrado de bases de datos de la Gerencia de Estudios Económicos, de modo que se pueda prose-guir con el desarrollo de las siguientes fases del proyecto; Este software, que es empleado en los principales ban- cos centrales del mundo y en importantes organismos in-ternacionales financieros y de estadísticas, permite entre otros realizar consultas rápidas de diferentes variables eco- nómicas a distintas frecuencias de tiempo; Actualmente, el software Fame se viene utilizando en la elaboración de las publicaciones periódicas de la Nota Semanal y la Memoria Anual. Asimismo, se han desa-rrollado nuevas aplicaciones que hacen uso del software para la publicación de información financiera a través de Internet; Según el informe técnico referido en el exordio de esta re- solución, Fame Information Service, Inc., es el fabricante del software Fame y propietaria de los respectivos derechos deautor, por lo que las licencias que requiere el Banco Central deben ser contratadas directamente con él, toda vez que en el país no existe ninguna empresa que lo comercialice; En el mismo informe también se indica que en caso de no contratar la renovación de licencias de Fame a la expi- ración del contrato vigente se deberá devolver las licen-cias de este producto, lo que implicaría dejar de utilizar este software, lo que ocasionaría que las aplicaciones de- sarrolladas para el Banco empleando los productos Famedejen de funcionar interrumpiéndose el proyecto en curso; El marco jurídico en el que se realizan las contratacio- nes del Banco Central para la adquisición de bienes o parala contratación de servicios, está determinado por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; De acuerdo con el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, están exoneradas del proceso de adju-dicación directa la adquisición de bienes o la contratación de servicios que no admiten sustitutos; Conforme al artículo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se mencionan en el artículo 19º, se exone- re la adquisición de bienes o la contratación de servicios del requisito de adjudicación directa, debe recurrirse al pro-ceso de adjudicación de menor cuantía, debiendo tal exo- neración aprobarse mediante resolución del Titular del Plie- go de la Entidad; A tenor del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el ar- tículo 115º de su Reglamento, copia de la resolución queaprueba la exoneración y los informes que la sustentan deben ser remitidos dentro de los diez días calendario a la Contraloría General de la República y publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano, dentro de los diez días hábiles si- guientes a la fecha de su emisión o adopción, según co- rresponda; Las consideraciones expuestas precedentemente permiten concluir que las licencias que se requieren adqui- rir se presentan como un bien que no admite sustituto, en-marcándose dentro de lo dispuesto en el inciso f) del artí- culo 19º de la citada Ley; El monto anual de la adquisición determina la exonera- ción de un proceso de adjudicación directa; Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el ar- tículo 113º del Reglamento antes citado, por lo que corres-ponde a esta Gerencia General aprobar la presente exo- neración; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación di- recta la renovación por un año de las licencias del software Fame, por cuanto éstas no admiten sustituto. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración para que contrate la renovación de las mencionadas licen- cias con la empresa Fame Information Service, Inc., por el período de un año contado a partir del 10 de octubre de2003 y por el valor referencial de US$ 48 372,19, sin incluir impuestos, mediante un proceso de adjudicación de me- nor cuantía y con cargo a los recursos de esta Institución. Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Con- traloría General de la República. RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General (e) 19002 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6C/G20/G22/G4C/G61/G20/G45/G78/G70/G65/G72/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G45/G75/G72/G6F/G70/G65/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G75/G72/G6F/G3A/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G61/G20/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G61/G6D/G6F/G6E/G65/G74/G61/G72/G69/G61/G22 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 051-2003 Lima, 14 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios y participar enreuniones sobre aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; Que, se ha recibido invitación para participar en el se- minario internacional "La Experiencia Europea del Euro: construcción de una unión económica y monetaria" orga- nizado por la Comisión Europea en colaboración con laComisión Económica para América Latina y el Caribe, el