Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2003 (20/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de octubre de 2003

con la evaluacion de la ejecucion presupuestaria e institucional al IV trimestre de cada ejercicio Presupuestario. l) Para el registro de informacion en el Anexo 1-G "Programacion y Ejecucion de Gastos por MORDAZA de Financiamiento" se tendran en consideracion las MORDAZA donde se afectaron dichos gastos, precisando que los gastos que se registren por cada fuente deberan ser iguales o menores a cada una de las MORDAZA de ingresos que se informa en el Anexo 1-I "Programacion y Ejecucion de Ingresos por MORDAZA de Financiamiento"; el exceso de gastos seran aceptados solo cuando MORDAZA deficit de ejecucion presupuestaria y lo permitan los entes rectores del presupuesto. m) El registro del formato EP-2 "Clasificacion Funcional del Gasto" se realizara teniendo en consideracion la naturaleza y orientacion del gasto que realiza la entidad o empresa de acuerdo a sus objetivos institucionales, pudiendo desagregarse en mas de una funcion. n) La Agencia de Promocion de la Inversion - PROINVERSION; presentara informacion trimestral y anual sobre el avance de su gestion referente al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada en las Empresas del Estado, incluyendo un reporte de los recursos o ingresos generados por el MORDAZA de privatizacion, el estado de los compromisos de inversion y de pagos individualizados por empresas; los saldos por cobrar de las ventas a plazos derivadas del MORDAZA de privatizacion, asi como otras informaciones adicionales que se requiera. o) Las Empresas del Estado que se encuentran en condicion de NO OPERATIVAS, es decir, sin desarrollar sus actividades por insolvencia economica, u otros aspectos, presentaran un Informe ejecutivo Semestral y Anual sobre su situacion Patrimonial de acuerdo a la estructura del informe ENO (Empresas No Operativas) de la presente Directiva, asi como en lo relacionado a su reactivacion o declarandola en Disolucion para su liquidacion, cuya responsabilidad recae en el Representante Legal o accionista mayoritario, es preciso senalar que los formatos financieros que se aprueban en la presente Directiva no son de aplicacion para estas empresas. p) El perfil empresarial se indicara en un formato de registro y MORDAZA obligatoria en forma trimestral y anual, el mismo que debe actualizarse en forma permanente para obtener una base de datos actualizado de la informacion basica de las empresas y entidades asi como de los funcionarios responsables del cumplimiento de la presente Directiva. q) Mediante comunicado u otros documentos oficiales, los formatos aprobados en la presente Directiva pueden ser objeto de modificaciones, originados por los cambios efectuados a la informacion que emiten los entes rectores de la administracion financiera del Estado. r) La Contaduria Publica de la Nacion, para efecto de analisis y cuando asi lo estime necesario, podra solicitar a las Empresas y Entidades del Estado informacion adicional no requerida en la presente Directiva. s) El incumplimiento a la MORDAZA de la informacion presupuestaria, financiera, economica y de metas de inversion requerida en la presente Directiva, para la Cuenta General de la Republica en el plazo previsto, motivara calificar a la Empresa o Entidad distinta a Empresa la condicion de "OMISA", situacion que se MORDAZA de conocimiento a la Contraloria General de la Republica. 7. LUGAR Y FECHA DE MORDAZA Las Empresas y Entidades distintas a Empresas del Estado, comprendidas en el alcance de la presente Directiva, estan obligadas a presentar la informacion requerida en el numeral 5 para la Cuenta General de la Republica hasta el 31 de marzo del ano siguiente de culminado el ejercicio economico, en las oficinas de la Contaduria Publica de la Nacion. La entrega de la carpeta conteniendo la informacion requerida, debera efectuarse personalmente por el Contador General y el responsable del Area de Presupuesto, quienes deberan acreditarse e identificarse. 8. OBSERVACIONES La Contaduria Publica de la Nacion efectuara la revision y analisis de la informacion recibida de las Empresas

y Entidades del Estado, de haber inconsistencias de caracter tecnico y/o informatico emitira un documento de observaciones a la informacion contable presentada, el que sera remitido a las Empresas y Entidades, las mismas que deberan proceder a subsanar con caracter de inmediato y por escrito las observaciones indicadas. 9. DECLARACION JURADA Toda la informacion establecida en el numeral 5 de la presente Directiva que las empresas y entidades del Estado remitan a la Contaduria Publica de la Nacion, tiene el caracter de declaracion Jurada y en aplicacion del MORDAZA de veracidad se considera cierta, salvo prueba en contrario, ello implica que la informacion contenida en los documentos que se MORDAZA, han sido extraidos de los libros de Contabilidad legalizados y otros documentos auxiliares de la Entidad y verificadas en cuanto a su exactitud e integridad. 10. RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA a) Gerente General o equivalente b) Gerente Financiero o Administrativo c) Contador General d) Jefe de Presupuesto 11. MORDAZA DE INFORMACION AL I, II Y III TRIMESTRE 11.1 Perfil Empresarial Trimestral 11.2 Informacion Presupuestaria Trimestral · Estado de Programacion y Ejecucion de Ingresos y Gastos (Form.EP-1),Clasificacion Funcional del Gasto (Form.EP-2), Distribucion del Gasto por Ubicacion Geografica (Form. EP-3) y Anexos. · Precisar, que la columna del Presupuesto Autorizado Inicial (Form. EP-1), debera conciliar con los montos del Presupuesto de Apertura Anual, aprobado por los Entes Rectores del Sistema Nacional de Presupuesto de la Actividad Empresarial del Estado, segun corresponda. Asimismo, en la columna de la Ejecucion Presupuestaria debe registrarse la informacion acumulada al trimestre que se informa. · Evaluacion de la Ejecucion Presupuestaria al Trimestre que se informa. 11.3 Informacion Financiera Trimestral · Balance General al trimestre que se informa, Ajustado por Inflacion (Form. EF-1). · Estado de Ganancias y Perdidas al trimestre que se informa, ajustado por inflacion (Form.EF-2) · Notas a los Estados Financieros (solo al II Trimestre acumulado) · La informacion solicitada, se circunscribira estrictamente a los Estados Financieros MORDAZA citados. Cualquiera otra informacion remitida, sera destruida por no ajustarse a lo prescrito. 11.4 La informacion presupuestaria y financiera trimestral sera presentada dentro de los veinte (20) dias calendario posteriores al trimestre informado segun corresponda. 11.5 Precisar que la Informacion Presupuestaria y Financiera correspondiente al IV Trimestre, constituye la de Cierre del Ejercicio comprendida en el numeral 5 de la presente Directiva. 11.6 La Informacion Presupuestaria y Financiera trimestral debera registrarse a traves de la herramienta informatica desarrollada en ambiente web por la DNPP y la Contaduria Publica para las entidades de Tratamiento Empresarial - ETE's, la misma que se transmitira y verificara simultaneamente; y las Empresas del ambito del FONAFE, presentaran mediante el Modulo CPN-FONAFE, debiendo estar acompanada de la carpeta respectiva. 11.7 La Agencia de Promocion de la Inversion - PROINVERSION presentara en periodos trimestrales, dentro de los quince (15) dias de vencido el trimestre, la informacion senalada en el literal n) de la presente Directiva.

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