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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (20/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 253483 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de octubre de 2003 pección Nº 1513-2003-MTC/12.04-SDO designando al Ins- pector Javier Calmell del Solar Varisco, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Air- bus 320 al personal aeronáutico propuesto por la empresaTaca Perú S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 26 al 30 de octubre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáuti- ca Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1513-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Calmell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Améri-ca, durante los días 26 al 30 de octubre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sidoíntegramente cubierto por la empresa Taca Perú S.A. a tra- vés del Recibo de Acotación Nº 4595, de acuerdo al si- guiente detalle: Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados ob-tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19037 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 867-2003-MTC/02 Lima, 15 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex-cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es- pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticos es- tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil ypoder mantener la calificación de Categoría – I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridadoperacional a través de la ejecución de inspecciones técni- cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las dis-posiciones establecidas en el citado Convenio y en los están- dares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su Artículo14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, según su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de lasautorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aé- reas, se verifica, entre otras formas, a través de inspeccio-nes técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1483-2003-MTC/12.04-SDO designando al Ins- pector Victor Manuel Suarez Llaque, para realizar inspec-ciones técnicas a las estaciones de las empresas Taca Perú S.A., Cielos del Perú S.A. y Aero Continente S.A., en las ciudades de Bogotá(Colombia) y Caracas (Venezuela), comoparte del plan de vigilancia de las operaciones aéreas inter- nacionales, durante los días 27 al 31 de octubre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar las inspecciones técnicas a que se contrae la Or- den de Inspección Nº 1483-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Victor Manuel Sua- rez Llaque, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Bogotá (Colombia) y Caracas (Venezuela), du-rante los días 27 al 31 de octubre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados ob-tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíqueseEDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19038 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Desestiman reconsideración interpues- ta contra resolución que autorizó a pro-curador iniciar acciones judiciales porirregularidades en agravio de la Muni-cipalidad Distrital de Quequeæa RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 353-2003-CG Lima, 16 de octubre de 2003