Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2003 (20/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, lunes 20 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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f) Notas a los Estados Financieros (Comparativas y Comentadas). g) Analisis financiero-economico comparativo y comentado, (indices de: Liquidez, Gestion, Solvencia y Rentabilidad). h) Anexos a los Estados Financieros: Anexo Nº 1 Inversiones Permanentes. Anexo Nº 2 Inmuebles, Maquinaria y Equipo. Anexo Nº 3 Depreciacion Acumulada de Inmuebles, Maquinaria y Equipo. Anexo Nº 4 Activos Intangibles y Otros Activos. Anexo Nº 5 Amortizacion Acumulada de Intangibles. Anexo Nº 6 Deudas a Corto y Largo Plazo. Anexo Nº 7 Capital. Anexo Nº 8 Gastos en Personal y Pensionistas. Anexo Nº 9 Cuentas de Orden. (*) Para elaborar el Estado de Flujos de Efectivo, las Empresas del Sistema Financiero aplicaran el metodo indirecto y las Empresas No Financieras y Entidades distintas a Empresas aplicaran el metodo directo. 5.3 Informacion Complementaria a) Perfil Empresarial. b) Acta de Conciliacion de la Participacion Accionaria del Estado, directa o indirectamente en las empresas receptoras que registran la inversion en el rubro capital (AC1), debidamente firmado por MORDAZA partes. c) Acta de Conciliacion del Endeudamiento Publico Externo e Interno con la Direccion General de Credito Publico del MEF (AC - 2). d) Informe de Auditoria interna o externa a la Informacion Financiera. e) Informe de Examen Especial a la Informacion Presupuestaria. f) Memoria Anual. g) MORDAZA de verificacion del calculo actuarial de las obligaciones previsionales otorgado por la ONP (D.L. Nº 20530). 6. DISPOSICIONES BASICAS Las Empresas y Entidades deberan tener en consideracion lo siguiente: a) Los Estados Financieros deben ser preparados y presentados con sujecion a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, a las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) oficializadas y vigentes en el Peru, las Leyes en general que son pertinentes, el Codigo de Etica Profesional y demas Normas Contables establecidas por la Contaduria Publica de la Nacion como Ente Rector del Sistema Nacional de Contabilidad. b) Las Notas a los Estados Financieros deberan ser presentadas en forma comparativa y debidamente comentadas, revelando la identificacion de la Empresa y su actividad economica, las politicas contables y hechos o eventos que incidan directa o indirectamente en la marcha de la empresa, asi como las Notas de caracter especifico por las partidas presentadas en los Estados Financieros. c) En la preparacion y MORDAZA de los Estados Financieros se reconoceran principalmente las siguientes politicas contables, teniendo en consideracion la NIC Nº 01: Uniformidad en la Presentacion; es decir que las politicas contables utilizadas en la preparacion y MORDAZA de los Estados Financieros deben ser uniformes de un ejercicio a otro, salvo que el cambio de dicha politica contable resulte de una variacion significativa en la naturaleza de las operaciones de la empresa. Importancia Relativa y Agrupacion; entendiendose que las transacciones y otros eventos deben revelarse considerando su importancia en los Estados Financieros. Compensacion; es decir que las partidas del activo y pasivo no deben compensarse entre si a menos que exista un derecho legal de compensarlo y se intente presentar una base MORDAZA o realizar el activo y pasivo simultaneamente y cuando asi lo requieran o permitan las Normas Internacionales de Contabilidad.

d) Los Estados Financieros comparativos del ejercicio anterior no deben ser modificados, sino solamente reexpresados para fines comparativos, si se diera el caso que por acciones de auditoria de la entidad ocurriera la disposicion de modificar la informacion comparativa, estas seran reveladas mediante una nota a los Estados Financieros como aspectos relevantes sin modificar las cifras comparativas presentadas en el ejercicio anterior. e) Las Entidades distintas a Empresas presentaran la informacion Financiera en los Formatos EF-1, EF-2, EF-3 y EF-4 establecidos para las "EMPRESAS NO FINANCIERAS". f) Los anexos a los Estados Financieros son de aplicacion a todas las empresas y entidades, debiendo registrar informacion segun corresponda, teniendo en consideracion que los saldos iniciales de los anexos Nº 02, Nº 03, y Nº 05 se registraran a valores historicos ya que el sistema aplicara la reexpresion correspondiente, a excepcion del anexo Nº 04 cuyos saldos iniciales se registran a valores constantes. g) Las empresas y entidades que tuvieran obligaciones previsionales del Regimen Pensionario del D.L. Nº 20530 en coordinacion con la ONP, deberan realizar el calculo actuarial para su reconocimiento y registro de las reservas pensionarias en aplicacion de lo establecido por los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 043-2003-EF publicado el 28 de marzo del 2003, precisando que las obligaciones que se reconozcan en los Estados Financieros deberan estar identificados en las correspondientes Notas, asimismo las obligaciones previsionales que se registran en cuentas de orden se presentaran en el Anexo Nº 09 Cuenta de Orden de acuerdo a su estructura y diseno en forma desagregada. h) Las empresas y entidades que tuvieran movimientos en cuentas de orden deberan mostrar los importes en el balance general en cuentas deudoras y acreedoras, asimismo las contingencias (si las tuvieran) deben revelarse o reconocerse en los Estados Financieros teniendo en consideracion las especificaciones de la NIC 37 "Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes", debiendo ademas presentarse en forma desagregada de acuerdo a la estructura del Anexo Nº 09 Cuentas de Orden y como aspectos relevantes en las notas a los Estados Financieros. i) Las Empresas y Entidades del Estado presentaran los Estados Financieros, Presupuestarios y anexos correspondientes, a traves de la herramienta informatica desarrollada en ambiente web (internet) por la Direccion Nacional de Presupuesto Publico y la Contaduria Publica de la Nacion para las Entidades de Tratamiento Empresarial ETE's, sistema al que se accede a traves de la direccion: http://www.seace.gob.pe/dnppetes/. Asimismo a traves de este sistema ingresaran su informacion ESSALUD y sus empresas, SENATI, Superintendencia de Banca y Seguros y las empresas de las Universidades Nacionales; las empresas del ambito del FONAFE presentaran a traves del Modulo CPN-FONAFE, en MORDAZA formas deberan adjuntar la carpeta respectiva en original, las mismas que obligatoriamente estaran firmadas por quien ejerza el cargo de Gerente General o su equivalente, por el Contador Publico Colegiado debidamente habilitado (indicar el numero de matricula y presentar MORDAZA de habilitacion) y el responsable del area de Presupuesto, segun corresponda, las firmas deberan estar claramente identificadas en cuanto a las personas a quienes pertenezcan y sus correspondientes cargos. j) Las Empresas Matrices que conforman grupos empresariales, deberan consolidar sus Estados Financieros con sus Empresas subsidiarias y/o filiales, de acuerdo a la NIC Nº 27- Estados Financieros Consolidados y Contabilidad para Inversiones en Subsidiarias, presentando los Estados Financieros Consolidados, notas y anexos dentro de los treinta (30) dias calendario posteriores al 31 de marzo. k) Los formatos indicados en el numeral 5.1 Informacion Presupuestaria (Valores Corrientes) son de aplicacion para las Empresas del Sistema Financiero, Empresas No Financieras y Entidades distintas a Empresas del Estado, respectivamente. La elaboracion de dichos formatos en lo que corresponde al Presupuesto Autorizado Inicial, debe prepararse sobre la base del Presupuesto de Apertura Anual, aprobado por los entes rectores de Presupuesto (DNPP y FONAFE), seguidamente se mostrara (si hubiere) las Modificaciones presupuestarias hasta determinar el Presupuesto Autorizado Final, concluyendo con la Ejecucion Presupuestaria, informacion que sera confrontada

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