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PÆg. 253606 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de octubre de 2003 Artículo Segundo.- Designar como Auxiliares Coacti- vos de la Intendencia Regional Lima a los trabajadores quese indican a continuación: Nº Registro Apellidos y Nombres 1 3363 AMPUERO GOMEZ NELSON 2 2237 CAJA VILCA GUERRERO JUAN MIGUEL 3 2074 COR TEZ YONG, RAFAEL CARLOS 4 6272 ENCISO ARCE CARLOS ALBERTO 5 3975 ESPINOZA LOPEZ WILLIAM ISAAC 6 2242 GARCIA VILLEGAS EDUARDO ALEXIS 7 3889 LEDESMA LEDESMA JAVIER MANUEL 8 0084 LEO VASQUEZ JOSE LUIS 9 1897 LIÑAN RODRIGUEZ GIANINNA ROSALIND 10 1892 LUNA YAPO SANDRA NORA 11 1856 MOSCOSO VIDAL OMAR MARCELO 12 2115 P AICO CASTILLO LENIN OMAR 13 3933 CORREA NÚÑEZ MIGUEL STANLEY Regístrese, comuníquese y publíquese. LUCY VALLEJOS MEDINA Intendente Regional (e) 19148 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Autorizan viaje de asesor de la presiden- cia y del presidente del gobierno regio- nal a la ciudad de Manaos, Brasil ACUERDO DE CONSEJO Nº 066-2003-GRL Iquitos, 11 de octubre del 2003 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 9 deoctubre del 2003, y en uso de las facultades conferidas por el inciso s) del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobierno Regio- nales y el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobadomediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR-GRL. ACUERDA:Artículo Único.- Autorizar el viaje del asesor de la Pre- sidencia del Gobierno Regional de Loreto, señor CarlosEugenio Esteves Ostolaza a la ciudad de Manaos - Brasil,los días 13 al 16 de octubre del 2003. POR TANTO:Mando se registre, cúmplase y publíquese.VÍCTOR ISLA ROJAS VicepresidenteEncargado del Despacho de la Presidencia 19278 ACUERDO DE CONSEJO Nº 072-2003-GRL Iquitos, 11 de octubre del 2003 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, en Sesión Ordinaria de Consejo de fecha 11 deoctubre del 2003, con el voto unánime del Consejo Regional yen uso de las facultades conferidas por el inciso s) del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales y el Regla- mento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Or-denanza Regional Nº 001-2003-CR-GRL. ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje oficial del Presi- dente del Gobierno Regional de Loreto, señor Robinson Rivadeneyra Reátegui a la ciudad de Manaos - Brasil, los días 13 al 16 de octubre del 2003.Artículo Segundo.- ENCARGAR el Despacho Presidencial al Dr. Víctor Isla Rojas, mientras dure la ausencia del titular. POR TANTO: Mando se registre, cúmplase y publíquese. VÍCTOR ISLA ROJAS VicepresidenteEncargado del Despacho de la Presidencia 19280 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aclaran y rectifican Acuerdo de Consejo Regional N” 002-2003-G.R.TACNA en loreferido a la remuneración mensual para el presidente y vicepresidente de la región ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 026-2003-G.R.TACNA/CR Tacna, 22 de septiembre del 2003 POR CUANTO:El Consejo del Gobierno Regional de Tacna, de confor- midad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de laConstitución Política del Estado, la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional como órgano normativo del Gobierno Regional, tienen la atribución de normar asuntos internos de interés público, ciu-dadano o institucional o declara su voluntad de practicar un deter-minado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales referi- da en el considerando anterior, establece en el artículo 15º, Inc. f), son atribuciones del Consejo Regional fijar la remu- neración mensual del Presidente, Vicepresidente y las die-tas de los Consejeros Regionales; Que, el coordinador para la Región de Tacna del Consejo Nacional de Descentralización, indica que la remuneracióndel Presidente y Vicepresidente Regional por cuestiones técnicas no deben estar en función a la Unidad Impositiva Tributaria, sino que dichas remuneraciones deben aprobar-se sobre el monto bruto de la remuneración mensual; Que, estando a lo expuesto y aprobado en el pleno de la Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 22 de sep-tiembre del 2003, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 15º inciso a) y las señaladas en el artículo 37º, inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les, y de conformidad con los considerandos señalados; ACUERDA: Artículo Primero.- OBJETO ACLARAR Y RECTIFICAR el Acuerdo de Consejo Regional Nº 002-2003-G.R.TACNA, en el sentido que habiéndose fijado, para el Presidente Regional, una remuneración mensual neta de 4.98 Unidad Impositiva Tributaria y para el Vicepresidente Regio-nal una remuneración mensual neta de 2.42 Unidad Impositiva Tributaria y atendiendo a la recomendación expuesta en la parte considerativa se debe fijar por remuneración mensual bruta, parael Presidente Regional, de S/. 22,284.34 nuevos soles y para el Vicepresidente Regional una remuneración mensual bruta de S/ . 10,175.76 nuevos soles. Artículo Segundo.- EJECUCIÓN ENCARGAR a la Gerencia General Regional la ejecu- ción del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- PUBLICACIÓN DISPONER que la Gerencia General Regional ordene la publicación y difusión del presente Acuerdo del Consejo Regional, a través del Diario Oficial El Peruano y el portalelectrónico correspondiente. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente Regional 19149