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PÆg. 253599 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de octubre de 2003 Bases establecerán además de los requerimientos míni- mos a cumplir para que la propuesta sea admitida, los fac-tores necesarios para la evaluación, los puntajes máximosque se le asignan y los respectivos criterios de evaluación y calificación; Que, en tal sentido, en la evaluación técnica deberán distinguirse dos momentos: uno en el cual se verifica quelas propuestas cumplan con los requerimientos mínimos aefectos que sean admitidas, y otro posterior en el cual selas califica, asignándoles puntajes en función de los facto- res de evaluación preestablecidos en las Bases, los mis- mos que pueden incluir las mejoras que se hayan ofertadosobre los requerimientos mínimos con la finalidad de se-leccionar la propuesta de la mejor calidad; Que, en el mismo sentido se ha pronunciado el Conse- jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE a través de su Pronunciamiento Nº 028-2002 (GTN); Que, del Anexo 12 "Factores de Evaluación" en las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº0315M02711, se indica dos etapas: 1) Admisión y 2) Cali-ficación, señalándose que en la Admisión se verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos del sobre técnico (sobre Nº 1) y que el contenido de los documentos presen-tados en el sobre técnico (numeral 1.10 de las Bases) seajusten a lo dispuesto por las Bases, de lo contrario la pro-puesta será desestimada; mientras que en la Calificaciónse establece, entre otros, los siguientes factores de eva- luación: 1) Garantía mínima del material traumatológico: Puntaje máximo 10 puntos, que comprende los siguientessubfactores: tiempo de garantía mayor a 18 meses: 10 pun-tos, mayor a 12 meses hasta 18 meses: 08 puntos, mayora 6 meses hasta 12 meses: 06 puntos, 6 meses: 01 punto; 2) Carta de Representación de la Casa Matriz (Fabricante): Puntaje máximo 05 puntos, indicándose los siguientes subfactores: actualizado al 2003: 05 puntos, carta de re-presentación al 2002: 03 puntos; 3) Certificaciones: Pun- taje máximo 10 puntos, que comprende lo siguiente: Certi-ficado de Calidad ISO 9001 vigente relacionado al productoofertado: 09 puntos; Certificado de Calidad ISO 9002 vi- gente relacionado al producto ofertado: 01 punto; 4) So- porte Técnico Oportuno: Puntaje máximo 05 puntos, en elcual los postores calificarán cuando presenten DeclaraciónJurada comprometiéndose a brindar el soporte técnico opor-tuno; Que, de otro lado, en el apartado "Sobre Nº 1 (Propuesta Técnica)", literal g) del numeral 1.10 de las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0315M02711, se esta-blece que cada cuadernillo individual deberá contener, en-tre otros requisitos, los siguientes: - Carta de Representa-ción. Otorgada por el fabricante o dueño del producto o deldistribuidor autorizado, con vigencia a la fecha de presen- tación de propuestas; - Hoja de Compromiso de Vigencia Mínima del producto ofertado, según modelo del Anexo 10;- Soporte Técnico oportuno. La empresa presentará Decla-ración Jurada comprometiéndose a brindar el soporte téc-nico en el momento que ESSALUD lo requiera; - Certifica-do de Calidad ISO 9001. Vigente a la fecha del acto público de presentación de propuestas, relacionado con el produc- to ofertado; - Certificado de Calidad ISO 9002. Vigente a lafecha del acto público de presentación de propuestas, re-lacionado con el producto ofertado; Que, en tal sentido, en el numeral 1.10 de las men- cionadas Bases, se consignan los rubros mencionados como requerimientos mínimos que deben cumplir necesariamente las propuestas, los mismos que corres-ponden verificar en la Etapa de Admisión, como requi-sitos de admisibilidad de la propuesta. No obstante, enel Anexo 12 de las Bases se otorga puntaje al cumpli-miento de dichos rubros; es decir, se establece puntaje para las especificaciones técnicas mínimas señaladas en el numeral 1.10 de las Bases de la Adjudicación deMenor Cuantía Nº 0315M02711, transgrediendo el artí-culo 66º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Titu- lar del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad, según corresponda, podrá declarar de oficio lanulidad del proceso de selección por alguna de las causa-les establecidas en el artículo 57º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sinperjuicio de la que sea declarada en la resolución recaídasobre los recursos impugnativos;Que, de acuerdo al artículo 57º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, son nulos los actos administrativos cuando son dic- tados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan delas normas esenciales del procedimiento; Que, atendiendo a las normas mencionadas precedente- mente, corresponde declarar de oficio la nulidad de la Ad-judicación de Menor Cuantía Nº 0315M02711, desde la Etapa de Convocatoria, previa elaboración de nuevas Ba- ses, al haberse contravenido el numeral 28 del artículo 2º,el artículo 66º y el artículo 93º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, normas esen-ciales del proceso de selección; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio Nº 1194/2001 (GTN-MON), corresponde en forma exclusi-va al Titular del Pliego la facultad prevista en el artículo 26ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado; Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Pre- sidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva deESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal; Que, de acuerdo al artículo 47º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, la más alta autoridad de la Entidad puede disponer la evaluación del adecuado desempeño de los miembros del Comité Especial y servidores que participaron en el men-cionado proceso de selección, con la finalidad de deslin-dar las responsabilidades a que hubiere lugar; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0315M02711 "Adquisición de Mate-rial Traumatológico" de la Gerencia Departamental de LaLibertad, y en consecuencia, sin efecto la declaratoria de desierto en los ítems Nºs. 20, 50, 90, 100 y 110; así como sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro a favor de DE-SERET en los ítems Nºs. 10, 30, 40, 80, 170, 180, 200, y260, a favor de GIAL MEDICA en los ítems Nºs. 60, 70,130, 140, 150, 220 y 230 y a favor de Innovaciones Médi-cas S.R.Ltda. en los ítems Nºs. 120, 160, 190, 210, 240 y 250, debiéndose retrotraer el proceso a la Etapa de Convocatoria, previa elaboración de nuevas Bases. 2. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) díassiguientes a su expedición. 3. DISPONER que el Órgano de Auditoría Interna reali- ce la evaluación del adecuado desempeño de los servi- dores o funcionarios, así como de los miembros del Comi-té Especial que participaron en el mencionado proceso deselección. 4. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución al Comité Especial de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0315M02711, a la Gerencia Departa- mental de La Libertad y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 19161 INACC Asignan monto recaudado por pago de derecho de vigencia y penalidad del aæo2002 de Derechos Mineros y del Dere-cho de Vigencia por Petitorios Mineros correspondiente a setiembre de 2003 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 3248-2003-INACC/J Lima, 16 de octubre de 2003 Visto; el Informe Nº 1166-2003-INACC-DGDV de la Di- rección General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de