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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (30/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G31/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de octubre de 2003 Que, mediante Memorándum Nº 412-2002-ORLC- GBM, de fecha 9 de abril de 2002, la Gerencia de Bie- nes Muebles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX - Sede Lima, sobre la solicitud de ins- cripción del Título Nº 49369, de fecha 12 de marzo de 2002 presentada por don Carlos Alberto Ortiz Valverde ante el Registro de Propiedad Vehicular, la cual está referida al contrato de Compra Venta del vehículo de Placa Nº RGZ-490, suscrito por don Carlos Alberto Ortiz Valverde como vendedor, y de la otra parte doña Janet Blas Sánchez como compradora, por la suma de US$. 2,500.00 (Dos Mil Quinientos y 00/100 Dólares Ameri- canos), documento supuestamente certificado por el Notario Público de Lima, Dr. Manuel Noya de la Piedra, quien mediante Oficio s/n de fecha 2 de abril de 2002 manifiesta que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificación no corresponden a su despacho no- tarial; Que, mediante Memorándum Nº 405-2002-ORLC-GBM, de fecha 8 de abril de 2002, la Gerencia de Bienes Mue- bles informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de Lima y Callao, actualmente denominada Zona Registral IX - Sede Lima, sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 59573, de fecha 26 de marzo de 2002, presentada por doña Carmen Consuelo Villagaray Tovar ante el Registro de Pro- piedad Vehicular, la cual está referida al Contrato de Com- pra Venta del vehículo de Placa Nº AQ-5509, suscrito por doña Nora Falla Alburqueque como vendedora, y de la otra parte Bruno Eduardo Valdez Arevalo como comprador, por la suma de US$ 450.00 (Cuatrocientos y 00/100 Dólares Americanos), documento supuestamente certificado por el Notario Público de Lima, Dr. Manuel Noya de la Piedra, quien mediante Oficio s/n de fecha 2 de abril de 2002, ma- nifiesta que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificación no corresponden a su despacho notarial; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y ar- tículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales correspondientes en forma individual contra las siguientes personas: 1. Jorge Antonio MEZA GALDOS 2. Maximiliano GUERRA MEDINA 3. Manuel DELGADO GUTIERREZ 4. Ceferino VEGA GRAUS 5. María del Rosario SANCHEZ DE PAREDES 6. María Del Pilar MONTERO AVILES 7. Elías Teodoro UZURIAGA VALDIVIA 8. Johnny Julio HERRERA HERRERA 9. Benito MARAVI RUBIO 10. Salomon MAMANI HANCCO 11. Carlos Alberto ORTIZ VALVERDE 12. Carmen Consuelo VILLAGARAY TOVAR y, los demás que resulten responsables por la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsificación de documentos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 19854 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 388-2003-JUS Lima, 27 de octubre de 2003Visto el Oficio Nº 1140-2003-JUS-PPMJ de fecha 1 de julio de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia y demás ac- tuados; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Oficio Nº 145-2003-SUNARP-Z.R. Nº IX/OL de fecha 10 de marzo de 2003, del Jefe de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima y al oficio de vistos, se ha establecido que las certificaciones notariales contenidas en los Títulos Nºs. 195946, 32739, 226742, 15216, 17288, 205677, 21309, 29124, 217012, 175872, 16350, 22826, 32330, 34315, son presuntamente falsificadas, habiéndose presentado documentos de con- tratos de compra venta, declaración jurada, copia de acta de sesión de Directorio y carta de cancelación con sellos y firma notariales falsificados , así como la declaración única de aduanas y certificado de gravamen falsos; por lo que don Carlos Ventura Rivera, Iván Arias Rivera, Edilberto Rivera Anccana, Isidora Crespo Olano, Francisco Javier Aguirre Sánchez, Jenaro Angeles Dueñas, Sandy Yannet Contreras Rojas, Daniel Armin Arones Bonifacio, Nelly Te- resa Fajardo Salazar, Violeta Huamán Travezaño, Eddy Wilbert Inoñan Obregón, José Miguel Almeida Farro, Cé- sar Augusto Paredes Malaquias habrían incurrido en delito contra la fe pública; Que, existiendo suficientes indicios razonables de la co- misión de delito contra la Fe Pública en agravio del Estado, la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia solicita se le autorice interponer las denuncias penales correspondientes; Que, en estricta atención a lo solicitado por la Pro- curaduría Pública del Ministerio de Justicia en su Ofi- cio Nº 1140-2003-JUS-PPMJ, de fecha 1 de julio de 2003, y siendo la Zona Registral Nº IX-Sede Lima, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, la directamente perjudicada con estas acciones ilícitas reseñadas, aunándose a ello su carácter de Entidad Estatal, resulta necesario autorizar a la citada Procu- radora Pública, para que en nombre y representación del Estado inicie e impulse las acciones penales co- rrespondientes contra don Carlos Ventura Rivera, Iván Arias Rivera, Edilberto Rivera Anccana, Isidora Cres- po Olano, Francisco Javier Aguirre Sánchez, Jenaro An- geles Dueñas, Sandy Yannet Contreras Rojas, Daniel Armin Arones Bonifacio, Nelly Teresa Fajardo Salazar, Violeta Huamán Travezaño, Eddy Wilbert Inoñan Obre- gón, José Miguel Almeida Farro, César Augusto Pare- des Malaquias y otros que resulten responsables; De conformidad con lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y en el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Re- presentación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do promueva e impulse las acciones judiciales correspon- dientes contra don Carlos Ventura Rivera, Iván Arias Rive- ra, Edilberto Rivera Anccana, Isidora Crespo Olano, Fran- cisco Javier Aguirre Sánchez, Jenaro Angeles Dueñas, Sandy Yannet Contreras Rojas, Daniel Armin Arones Boni- facio, Nelly Teresa Fajardo Salazar, Violeta Huamán Trave- zaño, Eddy Wilbert Inoñan Obregón, José Miguel Almeida Farro, César Augusto Paredes Malaquias y los que resul- ten responsables; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y sus antecedentes, a la mencionada Procuradora Pública, para los fines que correspondan; y copia de la resolución a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para su conocimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 19855