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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G30/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de octubre de 2003 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6E/G6F/G20/G67/G75/G62/G65/G72/G6E/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G2D/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/G2E/G20/G33/GBA/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G37/G2D/G39/G37/G2D/G45/G46/G20/G61/G6E/G74/G65/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 215-2003-EF Lima, 29 de octubre de 2003Visto el Oficio Nº FDLA Nº 157-2003-SE, del Secreta- rio Ejecutivo del Fondo de las Américas; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 087-97-EF se aprobó el Acuerdo Marco para establecer el Fondo de las Américas y su Directorio Administrador, el cual fue suscri-to por los Gobiernos del Perú y de los Estados Unidos de América en concordancia con el Acuerdo para la Reduc- ción de la Deuda, aprobado por el Decreto Supremo Nº079-97-EF; Que, conforme al literal c) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 087-97-EF, los cinco miembros del DirectorioAdministrador que representan a las organizaciones no gubernamentales peruanas en áreas de protección del medio ambiente y desarrollo comunal, de mejoramiento delas condiciones de vida y desarrollo de la niñez en el Perú; así como de cuerpos académicos y científicos, son selec- cionados de conformidad con los términos del AcuerdoMarco y designados mediante Resolución Suprema; estos miembros prestarán sus servicios ad honorem durante un período de tres años, al cabo de los cuales los dos Gobier-nos Fundadores deberán seleccionar conjuntamente, se- gún los mecanismos que establece su Reglamento, a los nuevos representantes; Que, mediante Resolución Suprema Nº 338-99-EF, modificada por la Resolución Suprema Nº 170-2002-EF y la Resolución Suprema Nº 024-2003-EF, se designaron alos cinco representantes a los que se refiere el conside- rando anterior; Que, mediante Resolución Suprema Nº 085-2003-EF, se dejó sin efecto la Resolución Suprema Nº 082-2003-EF, mediante la cual se designó a la Dra. Eliane Karp de Tole- do como Miembro del Directorio Administrador del Fondode las Américas; Que, mediante el documento de Visto, se señala que de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento del citadoFondo y luego del proceso de selección, los Ministros de Agricultura y de Salud, y el Gobierno de los Estados Uni- dos han designado un nuevo representante ante el Direc-torio Administrador del Fondo de las Américas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 087-97-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar como miembro del Directorio Administrador del Fondo de las Américas por un períodode tres años, en calidad de representante de las organi- zaciones a las que se refiere el literal c) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 087-97-EF, a la señora Sayda MagaliArrayán Bonett del Centro Guamán Poma de Ayala. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura, por el Ministro deSalud y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 19955/G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G2D /G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G20/G2D/G20/G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/GD3/G4E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 216-2003-EF Lima, 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM se dis- puso la fusión por absorción de la Dirección Ejecutiva FOPRI con la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, la Comisión Nacional de Inversionesy Tecnologías Extranjeras - CONITE, y la Gerencia de Promoción de la Inversión Económica de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERÚ, pasando adenominarse Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2002-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN; Que, mediante Decreto Supremo Nº 095-2003-PCM se modificó la denominación de la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN, por Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, el artículo 2º del Reglamento de Organización y Funciones antes citado, establece que la dirección de PROINVERSIÓN corresponde a un Consejo Directivo, elcual deberá estar integrado por Ministros de Estado, de- signados por Resolución Suprema refrendada por el Pre- sidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Econo-mía y Finanzas; Que, por Resoluciones Supremas Nºs. 175-2002-EF, 181-2002-EF y 086-2003-EF, respectivamente, se deter-minó la conformación del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, es conveniente en razón de su competencia in- cluir al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo en el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inver- sión Privada - PROINVERSIÓN; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión aprobado por Decreto Su-premo Nº 028-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El Consejo Directivo de la Agencia de Pro- moción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN estará integrado por los siguientes Ministros de Estado: - El Ministro de Economía y Finanzas, quien lo presidi- rá; - El Presidente del Consejo de Ministros;- El Ministro de Transportes y Comunicaciones; - El Ministro de Energía y Minas; - El Ministro de Relaciones Exteriores;- El Ministro de la Producción; - El Ministro de Comercio Exterior y Turismo; y, - El Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- Déjese sin efecto las Resoluciones Su- premas Nº 175-2002-EF, Nº 181-2002-EF y Nº 086-2003-EF. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema estará refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 19956