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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G31/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 30 de octubre de 2003 sos no autorizados, así como aquellos que teniendo permi- so de pesca descargan un volumen mayor al autorizado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 394-2003-PRODU- CE del 17 de octubre de 2003, se aprobaron los "Términos deReferencia para la selección de la(s) empresa(s) que se encargará(n) de la ejecución del Programa de Vigilancia y Con- trol de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo" y elcronograma de trabajo de la Comisión constituida por el artículo 16º del citado Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE; Que la mencionada Comisión constituida por el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, sobre la base de la evaluación de las consultas formuladas a los Tér- minos de Referencia, recomienda la necesidad de precisaralgunos aspectos del mismo, con el objeto de permitir mayor transparencia al proceso de selección de la(s) empresa(s) que se encargará(n) de la ejecución del Programa de Vigilancia yControl de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 027-2003-PRODUCE y la Resolución MinisterialNº 394-2003-PRODUCE; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el numeral VIII (RENUNCIA DE LA EMPRESA SELECCIONADA) de los Términos de Re- ferencia para la selección de la(s) empresa(s) que seencargará(n) de la ejecución del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Maríti- mo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 394-2003-PRODUCE en los siguientes términos: "VIII. - RESOLUCIÓN Y RENUNCIA La resolución del convenio procederá por acuerdo ex- preso entre el Ministerio de la Producción y la empresa(s)seleccionada(s), de producirse una causal de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada, debiendo acor- darse un plazo perentorio para el término del servicio devigilancia y control. Se formalizará mediante documento con firmas debidamente legalizadas. En este supuesto no procederá la ejecución de la carta fian- za entregada en garantía del fiel cumplimiento del convenio, sin embargo su devolución no podrá efectuarse antes de los treinta (30) días hábiles posteriores a la formalización de la resolución,debiendo el Ministerio de la Producción evaluar durante dicho período los compromisos y penalidades que pudieran existir. En caso de renuncia unilateral al Programa por parte de la(s) empresa(s) seleccionada(s), se deberá comunicar al Ministerio de la Producción por escrito vía carta notarial, con al menos noventa (90) días hábiles de anticipación, tal decisión, quedando facultado el Ministerio de la Producción a ejecutar la carta fianza entregada en garantía del fiel cumpli- miento del convenio. En caso de abandono del Programa o no comunicación conforme lo señalado anteriormente, el Ministerio de la Producción adicionalmente y sin perjuicio de la ejecución de la indicada carta fianza, quedará faculta- do a iniciar las acciones judiciales que correspondan". Artículo 2º.- Modificar el numeral 9.4 (CRONOGRAMA Y PROCESO DE SELECCIÓN) contenido en los Términos de Referencia a que se refiere el artículo anterior, entendiéndose que las propuestas deberán ser presentadas en un solo actohasta las 16:00 horas del día jueves 30 de octubre del 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 19926 SALUD /G50/G6F/G73/G74/G65/G72/G67/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G2D /G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G6D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G73 DIRECCIÓN DE SALUD I CALLAO HOSPITAL SAN JOSÉ RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 207-2003-HSJ-C/D Callao, 16 de octubre de 2003Visto el Memo Nº 944-03-DA-HSJ-C de fecha 16 de octubre 2003 suscrito por el Dr. Daniel Avalos Moreno Di- rector Administrativo del Hospital San José, indicando los equipos que no se pueden adquirir muy a pesar encontrar-se dentro del proceso de selección Nº 0358, Adjudicación Directa Pública Nº 0010-CEP-2003-HSJ; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 195-2003-HSJ-C/D del 23 de setiembre 2003 se aprueba base administrativa Nº 0229- CEP-2003-HSJ-C, primera convocatoria para el Proceso de Selección Nº 0358-CEP-2003-HSJ-C, Adjudicación Di-recta Pública Nº 0010-CEP-2003-HSJ, para la adquisición de Equipos Médicos; Que, estos bienes a adquirirse, señalados en la aludida resolución, se encontraban debidamente presupuestados en el calendario de compromiso correspondiente, sin embargo con memorándum Nº 795-03-UL-AP-HSJ-C del 16 de octu-bre del 2003, el Jefe de la Unidad de Logística comunica respecto a la proyección del gasto del IV trimestre solicitado y la asignación trimestral otorgada por el MEF, establecién-dose existencia del déficit presupuestal y máxima aún te- niendo conocimiento por parte de la Oficina de Planeamien- to Estratégico que el MEF no ampliará los calendarios y asi-mismo con Informe Nº 01-AP-HSJ-C-03 del 16 de octubre del 2003, asunto Asignación Presupuestal IV Trimestre 2003, dado a que los créditos, ampliaciones de calendario paraeste trimestre, sólo está autorizado mediante Ley Nº 28080 Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, en la Genéricade Gasto 5.1 Personal y Obligaciones Sociales, a fin de cum- plir con los compromisos de pagos de haberes; por otro lado debe señalarse que en la Genérica de Gasto 5.3 Bienes yServicios, no se nos otorgará más crédito suplementario de lo asignado por el Ministerio de Salud; Que, consecuentemente exista la necesidad de repro- gramar los bienes, equipos médicos, a adquirir debiendo rec- tificarse el número de equipos a adquirir y en otros cancelar la adquisición del bien, por lo que sólo la adquisición del pro-ceso indicado en el considerando primero contemplara un (1) pulsoximetro, un (1) sistema completo de prueba de esfuer- zo, una (1) bomba de infusión de un canal, (1) monitor multí-parametros, un (1) nebulizador, únicamente cancelándose la convocatoria en los demás bienes - equipos médicos, para tal efecto se rectificara el Anexo Nº 11 de Precio Referenciales yel Valor Referencial de la Convocatoria reformándose sólo por el valor de S/.141.042,75 nuevos soles; Que, asimismo frente a estas circunstancias el Comité Especial Permanente comunica mediante Memo Nº 202- 03-CEP-HSJ-C, por intermedio de su Presidente Ecom. Eleodoro Pinto Laura, la necesidad de postergar el pre-sente proceso de Adjudicación Directa Pública en la Etapa de Evaluación de Propuestas y siguientes actos, propo- niendo fecha alternativa; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003; Ley Nº 28034 Ley que Dicta Medidas Comple-mentarias de Austeridad y Racionalidad en el Gasto Públi- co; Arts. 30º y 34º del D.S. Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley Nº 26850; Arts. 20º y 21º del D.S. Nº 013-2001-PCMReglamento de la Ley Nº 26850; y, Con la opinión favorable del Jefe de la Oficina de Ase- soría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- POSTERGUESE EN LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS el Proceso de Selección Nº 0358-CEP-2003-HSJ-C, Adjudicación Directa PúblicaNº 0010-CEP-2003-HSJ, para la adquisición de Equipos Médicos, autorizado mediante R.D. Nº 195-2003-HSJ-C/D del 23 de setiembre 2003 se aprueba Base AdministrativaNº 0229-CEP-2003-HSJ-C, Primera Convocatoria, estable- ciendo las siguientes fechas: CRONOGRAMA EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Fecha 3 de no viembre 2003 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Fecha 6 de no viembre 2003 NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS Fecha 7 de no viembre 2003