Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2003 (30/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 30 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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sos no autorizados, asi como aquellos que teniendo permiso de pesca descargan un volumen mayor al autorizado; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 394-2003-PRODUCE del 17 de octubre de 2003, se aprobaron los "Terminos de Referencia para la seleccion de la(s) empresa(s) que se encargara(n) de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" y el cronograma de trabajo de la Comision constituida por el articulo 16º del citado Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE; Que la mencionada Comision constituida por el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE, sobre la base de la evaluacion de las consultas formuladas a los Terminos de Referencia, recomienda la necesidad de precisar algunos aspectos del mismo, con el objeto de permitir mayor transparencia al MORDAZA de seleccion de la(s) empresa(s) que se encargara(n) de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 394-2003-PRODUCE; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el numeral VIII (RENUNCIA DE LA EMPRESA SELECCIONADA) de los Terminos de Referencia para la seleccion de la(s) empresa(s) que se encargara(n) de la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 394-2003PRODUCE en los siguientes terminos:

Visto el MORDAZA Nº 944-03-DA-HSJ-C de fecha 16 de octubre 2003 suscrito por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Administrativo del Hospital San MORDAZA, indicando los equipos que no se pueden adquirir muy a pesar encontrarse dentro del MORDAZA de seleccion Nº 0358, Adjudicacion Directa Publica Nº 0010-CEP-2003-HSJ; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 195-2003-HSJ-C/D del 23 de setiembre 2003 se aprueba base administrativa Nº 0229CEP-2003-HSJ-C, primera convocatoria para el MORDAZA de Seleccion Nº 0358-CEP-2003-HSJ-C, Adjudicacion Directa Publica Nº 0010-CEP-2003-HSJ, para la adquisicion de Equipos Medicos; Que, estos bienes a adquirirse, senalados en la aludida resolucion, se encontraban debidamente presupuestados en el calendario de compromiso correspondiente, sin embargo con memorandum Nº 795-03-UL-AP-HSJ-C del 16 de octubre del 2003, el Jefe de la Unidad de Logistica comunica respecto a la proyeccion del gasto del IV trimestre solicitado y la asignacion trimestral otorgada por el MEF, estableciendose existencia del deficit presupuestal y MORDAZA aun teniendo conocimiento por parte de la Oficina de Planeamiento Estrategico que el MEF no ampliara los calendarios y asimismo con Informe Nº 01-AP-HSJ-C-03 del 16 de octubre del 2003, MORDAZA Asignacion Presupuestal IV Trimestre 2003, dado a que los creditos, ampliaciones de calendario para este trimestre, solo esta autorizado mediante Ley Nº 28080 Ley que Autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, en la Generica de Gasto 5.1 Personal y Obligaciones Sociales, a fin de cumplir con los compromisos de pagos de haberes; por otro lado debe senalarse que en la Generica de Gasto 5.3 Bienes y Servicios, no se nos otorgara mas credito suplementario de lo asignado por el Ministerio de Salud; Que, consecuentemente exista la necesidad de reprogramar los bienes, equipos medicos, a adquirir debiendo rectificarse el numero de equipos a adquirir y en otros cancelar la adquisicion del bien, por lo que solo la adquisicion del MORDAZA indicado en el considerando primero contemplara un (1) pulsoximetro, un (1) sistema completo de prueba de esfuerzo, una (1) bomba de infusion de un MORDAZA, (1) MORDAZA multiparametros, un (1) nebulizador, unicamente cancelandose la convocatoria en los demas bienes - equipos medicos, para tal efecto se rectificara el Anexo Nº 11 de Precio Referenciales y el Valor Referencial de la Convocatoria reformandose solo por el valor de S/.141.042,75 nuevos soles; Que, asimismo frente a estas circunstancias el Comite Especial Permanente comunica mediante MORDAZA Nº 20203-CEP-HSJ-C, por intermedio de su Presidente Ecom. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la necesidad de postergar el presente MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica en la Etapa de Evaluacion de Propuestas y siguientes actos, proponiendo fecha alternativa; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003; Ley Nº 28034 Ley que Dicta Medidas Complementarias de Austeridad y Racionalidad en el Gasto Publico; Arts. 30º y 34º del D.S. Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley Nº 26850; Arts. 20º y 21º del D.S. Nº 013-2001-PCM Reglamento de la Ley Nº 26850; y, Con la opinion favorable del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- POSTERGUESE EN LA ETAPA DE EVALUACION DE PROPUESTAS el MORDAZA de Seleccion Nº 0358-CEP-2003-HSJ-C, Adjudicacion Directa Publica Nº 0010-CEP-2003-HSJ, para la adquisicion de Equipos Medicos, autorizado mediante R.D. Nº 195-2003-HSJ-C/D del 23 de setiembre 2003 se aprueba Base Administrativa Nº 0229-CEP-2003-HSJ-C, Primera Convocatoria, estableciendo las siguientes fechas: CRONOGRAMA EVALUACION DE PROPUESTAS Fecha 3 de noviembre 2003 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Fecha 6 de noviembre 2003 NOTIFICACION DE RESULTADOS Fecha 7 de noviembre 2003

"VIII. - RESOLUCION Y RENUNCIA
La resolucion del convenio procedera por acuerdo expreso entre el Ministerio de la Produccion y la empresa(s) seleccionada(s), de producirse una causal de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada, debiendo acordarse un plazo perentorio para el termino del servicio de vigilancia y control. Se formalizara mediante documento con firmas debidamente legalizadas. En este supuesto no procedera la ejecucion de la carta fianza entregada en garantia del fiel cumplimiento del convenio, sin embargo su devolucion no podra efectuarse MORDAZA de los treinta (30) dias habiles posteriores a la formalizacion de la resolucion, debiendo el Ministerio de la Produccion evaluar durante dicho periodo los compromisos y penalidades que pudieran existir. En caso de renuncia unilateral al Programa por parte de la(s) empresa(s) seleccionada(s), se debera comunicar al Ministerio de la Produccion por escrito via carta notarial, con al menos noventa (90) dias habiles de anticipacion, tal decision, quedando facultado el Ministerio de la Produccion a ejecutar la carta fianza entregada en garantia del fiel cumplimiento del convenio. En caso de abandono del Programa o no comunicacion conforme lo senalado anteriormente, el Ministerio de la Produccion adicionalmente y sin perjuicio de la ejecucion de la indicada carta fianza, quedara facultado a iniciar las acciones judiciales que correspondan". Articulo 2º.- Modificar el numeral 9.4 (CRONOGRAMA Y MORDAZA DE SELECCION) contenido en los Terminos de Referencia a que se refiere el articulo anterior, entendiendose que las propuestas deberan ser presentadas en un solo acto hasta las 16:00 horas del dia jueves 30 de octubre del 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 19926

SALUD
Postergan en la etapa de evaluacion de propuestas a MORDAZA de seleccion destinado a la adquisicion de equipos medicos
DIRECCION DE SALUD I CALLAO HOSPITAL SAN MORDAZA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 207-2003-HSJ-C/D Callao, 16 de octubre de 2003

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