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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (02/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

PÆg. 250653 NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de setiembre de 2003 Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de ComercioExterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Señora María Leticia González Mantilla- Pasajes : US$ 1 834,22 - Viáticos : US$ 1 300,00- Tarifa Corpac : US$ 28,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes al término de la comisión de servicios, la funcio- naria autorizada mediante el Artículo 1º, presentará al Titular del Sector, un informe detallado sobre las accio-nes realizadas y los logros obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16084 Autorizan viaje de funcionarias de PROMPERÚ para participar en el "IIEncuentro Turístico Sudamericano -Venezuela" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 331-2003-MINCETUR/DM Lima, 1 de setiembre de 2003Vista la Carta Nº C.696.2003/PP.GG de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú - Prom-Perú; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú -PromPerú- ha organizado la participación del Perú en el "II Encuen-tro Turístico Sudamericano - Venezuela", la misma que se realizará en la ciudad de Caracas, Venezuela, del 4 al 7 de setiembre del 2003; Que, en el referido encuentro se promocionarán los des- tinos turísticos que tiene el Perú, lo cual resulta concordan- te con la función de PromPerú, orientada a realizar accio-nes de promoción del Perú en el mercado venezolano; Que, resulta necesario autorizar la participación de funcionarias de PromPerú en el mencionado encuentrosudamericano quienes tendrán a su cargo la exposición del Producto Turístico Peruano, la coordinación con las autoridades sudamericanas de turismo, la coordinaciónde labores de logística, la atención del stand durante el desarrollo de la feria, la atención a los medios de prensa en el stand del Perú y la realización de levantamiento deinformación de los profesionales turísticos y participantes; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790, 27879, 27619, el Decreto de UrgenciaNº 017-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Magali Ortigosa Quimper, Gerente de Turismo Receptivo y de laseñora Ibeth Acuña Escobar, funcionaria de PromPerú, a la ciudad de Caracas, Venezuela, por el período del 2 al 8 de setiembre del 2003. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción delPerú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Magali Ortigosa Quimper - Pasajes : US$ 363,43 - Viáticos : US$ 1 400,00 - Tarifa Corpac : US$ 28,00Señora Ibeth Acuña Escobar - Pasajes : US$ 363,43 - Viáticos : US$ 1 400,00- Tarifa Corpac : US$ 28,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes al término de la comisión de servicios, las fun- cionarias autorizadas mediante el Artículo 1º, presentarán al Titular del Sector, un informe detallado sobre las ac-ciones realizadas y los logros obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 16241 INTERIOR Aprueban Reglamento de la Ley N” 27962 que regula el aspecto previsional del per-sonal de la Sanidad de la PNP DECRETO SUPREMO Nº 005-2003-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27962 regula el aspecto previsional del personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú comprendido en los alcances del artículo 62º de la Ley Nº 25066, estableciendo en su Tercera DisposiciónTransitoria y Final que el Poder Ejecutivo la reglamentará en un plazo máximo de sesenta días; Que en el marco de la Ley Nº 27962, debe garantizar- se el goce y ejercicio de los derechos del personal de la Policía Nacional, en pro del mejoramiento de sus condi- ciones de vida y trabajo; y, De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 27962, Ley que regula el Aspecto Previsional del Perso-nal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú com- prendido en el artículo 62º de la Ley Nº 25066, que con- tenido en seis (6) Capítulos, catorce (14) Artículos, tres(3) Disposiciones Complementarias y cinco (5) Disposi- ciones Transitorias, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de agosto del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27962, LEY QUE REGULA EL ASPECTO PREVISIONAL DEL PERSONAL DE LA SANIDAD DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ COMPRENDIDO EN EL ARTÍCULO 62º DE LA LEY Nº 25066 CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Cuando el presente Reglamento hace mención a la Ley, se entiende referido a la Ley Nº 27962