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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (07/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

PÆg. 250972 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de setiembre de 2003 constituir la Comisión Técnica Multisectorial encargada de formular la Cuenta Satélite de Turismo del Perú, la cual está integrada entre otros por un representante del Ministerio del Interior, quien deberá ser designado me-diante Resolución Ministerial de conformidad al Artículo 2º de la Resolución Ministerial antes citada; Que, el Director General de Migraciones y Natura- lización tiene entre sus funciones proponer y ejecutar los lineamientos de política migratoria, así como normas y directivas que regulan la administración y control delmovimiento migratorio de nacionales y extranjeros y pro- ducir la estadística pertinente; Que, resulta necesario emitir el acto administrativo por el cual se designe al señor Rafael Eduardo GARCÍA MELGAR, Director General de la Dirección General de Migraciones y Naturalización como representante del Ministerio del Interioren la Comisión Técnica Multisectorial encargada de formular la Cuenta Satélite de Turismo del Perú; Estando a lo opinado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio del Interior aprobada por Decreto Legislativo Nº 370 y elReglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Resolución Ministerial Nº 0512- IN-DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Rafael Eduardo GAR- CÍA MELGAR, Director General de la Dirección General de Migraciones y Naturalización como representante delMinisterio del Interior en la Comisión Técnica Multisecto- rial encargada de formular la Cuenta Satélite de Turismo del Perú. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución al Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y a la Dirección General de Migracio-nes y Naturalización del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 16540 JUSTICIA Aceptan renuncia de Directora Gene- ral de la Oficina General de Economíay Desarrollo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328-2003-JUS Lima, 5 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 021-2002- JUS de fecha 17 de enero de 2002, se designó a la seño- ra CPC Paola Franco Sotomayor, como Directora Gene-ral de la Oficina General de Economía y Desarrollo del Ministerio de Justicia; Que, con fecha 5 de setiembre de 2003, la citada funcio- naria ha formulado renuncia al referido cargo público de con- fianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renun- cia presentada por la señora CPC Paola Franco Soto-mayor, como Directora General de la Oficina General de Economía y Desarrollo del Ministerio de Justicia, dándo- sele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 16587MIMDES Declaran en situación de urgencia adqui- sición de suministro de combustible para la flota vehicular del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 517-2003-MIMDES Lima, 4 de setiembre de 2003Vistos el Informe Nº 098-2003-MIMDES/DGA-OL de fecha 19 de agosto de 2003 emitido por la Oficina deLogística de la Dirección General de Administración, y el Informe Nº 298-2003-MIMDES/DGAJ de fecha 27 de agosto de 2003, emitido por la Dirección General de Ase-soría Jurídica, sobre exoneración del proceso de selec- ción de Adjudicación Directa Pública, por situación de urgencia, para la contratación del suministro de combus-tible para la flota vehicular del MIMDES; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial Nº 297-2003-MIMDES de fecha 16 de mayo de 2003, se declaró en situación deurgencia la contratación del suministro de combustible para la flota vehicular del Ministerio de la Mujer y Desa- rrollo Social - MIMDES, exonerándosele del proceso deselección de Adjudicación Directa Pública, hasta por tres (3) meses por un valor referencial de S/. 51,148.00 (CIN- CUENTIÚN MIL CIENTO CUARENTIOCHO CON 00/100NUEVOS SOLES); Que, como consecuencia de la exoneración estableci- da se suscribió el Contrato Nº 389-2003/MIMDES/DGA-OL de fecha 3 de junio de 2003, entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y la Empresa ABA SINGER & CIA. S.A.C., por tres meses (3), es decir, has-ta el 3 de setiembre de 2003; Que, en fecha 2 de agosto de 2003, se procedió a convocar la Adjudicación Directa Pública Nº 0001-2003-MIMDES, para la contratación del suministro de com- bustible para la flota vehicular del MIMDES, la cual fue declarada desierta, siendo el aviso publicado el 21 deagosto de 2003 en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Oficina de Logística de la Dirección General de Administración, a través del Informe Nº 098-2003-MI-MDES/DGA-OL informa que el Contrato Nº 389-2003- MIMDES/DGA-OL, suscrito con la Empresa ABA SINGER & CIA. S.A.C., vence el 3 de setiembre del año en curso; Que, la ausencia del suministro de combustible afec- taría el normal desarrollo de las actividades de la enti- dad, así como la prestación de los servicios esencialesnecesarios para la institución, lo cual justifica la declara- toria de urgencia para contratar a una empresa que su- ministre combustible para la flota vehicular del MIMDES,con un valor referencial de S/. 34,098.60 (TREINTICUA- TRO MIL NOVENTIOCHO CON 60/100 NUEVOS SOLES) por dos (2) meses o hasta la suscripción del contrato,consecuencia de la segunda convocatoria de la Adjudi- cación Directa Pública Nº 001-2003-MIMDES, cuyas ba- ses han sido aprobadas; Que, conforme lo dispone el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la situación de urgencia se configura cuando la ausencia extraordinaria imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminentela continuidad de los servicios esenciales de la Entidad, lo cual en el presente caso sería el no poder cumplir con los objetivos de ayuda y desarrollo social (violencia fami-liar, abandono físico y moral de niños, adolescentes y ancianos, etc.); Que, conforme lo dispone el Artículo 108º numeral 2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, la situación de urgencia solicitada debe en-tenderse como una medida temporal (máximo hasta que se suscriba el contrato aludido) ante un hecho excepcio- nal que determina una acción rápida a fin de contratar loindispensable para paliar la urgencia, en tal sentido, que- da establecido que se requiere declarar en situación de urgencia a fin de exonerársele de la Adjudicación DirectaPública, para proceder a la contratación de una empresa