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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 251738 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de setiembre de 2003 d. Deberán presentar un mínimo de 5 Constancias de Calidad de Servicio con una calificación de "Bueno" o "Superior". 5. Una vez concluido el proceso de calificación y cla- sificación y, en caso de determinarse que la empresa so- licitante ha calificado como empresa supervisora, se pro-cederá a su publicación en un diario de circulación nacio- nal e inscripción en el Registro de Empresas Superviso- ras de OSINERG. ANEXO 2 PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DE LA CALIDAD DE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y OTROS PRODUCTOS DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS 1. Para verificar la calidad de los combustibles líqui- dos y otros productos derivados de los hidrocarburos se efectuará un análisis a cargo de un Laboratorio registra-do en OSINERG y cuyo Procedimiento de Ensayo esté acreditado ante el INDECOPI, a fin de verificar la calidad y/o determinar la existencia de adulteración o alteraciónde volumen y establecer la responsabilidad del caso. De ser necesario la ejecución de uno o más ensayos que no se encuentren acreditados ante el INDECOPI, laverificación podrá efectuarse en cualquier laboratorio re- gistrado en OSINERG cuyo procedimiento de ensayo sea realizado siguiendo el estándar ASTM correspondiente. 2. La toma de muestras se efectuará de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica Peruana NTP 321.137 - Práctica Normalizada para el Muestreo Manual de Petró-leo y Productos de Petróleo - y, en adición a lo indicado en la referida norma, deberán cumplirse los siguientes pasos: 2.1. Para las muestras se utilizarán recipientes lim- pios y con una capacidad no menor de un (1) gl. o cuatro (4) litros, cuyas tapas deben cerrar herméticamente elenvase con el objeto de evitar la evaporación de las frac- ciones livianas de Combustible. Dichos envases deben estar rotulados indicando la fecha, hora, tipo de produc-to, autoridad que interviene y la identificación de donde procede la muestra. 2.2. Las tapas de los envases que se utilicen para el muestreo serán convenientemente protegidas con papelengomado las que serán firmadas por el supervisor de- signado por OSINERG y el representante del estableci- miento de donde procede la muestra. 2.3. OSINERG tomará tres (3) muestras de un (1) gl o cuatro (4) litros, cada una, directamente de los surtido- res o tanques, las que serán colocadas de forma indivi-dual en bolsas que se cerrarán con precintos numerados y papel engomado en el que se colocarán las firmas del funcionario de OSINERG y del representante del esta-blecimiento. Las muestras se distribuirán de la forma si- guiente: 2.3.1. Una (1) será enviada al Laboratorio que desig- ne OSINERG para su correspondiente análisis. 2.3.2. La segunda quedará en poder del responsa- ble del establecimiento, para que en caso de no estar conforme con el resultado obtenido de la primera muestra, pueda someter la que está en su poder alrespectivo análisis y, de ser el caso, oponerse al pri- mer resultado obtenido. 2.3.3. La tercera será llevada por un representante de OSINERG y un representante del establecimiento fiscali- zado a un Laboratorio que designe OSINERG -distinto al que recibió la primera muestra- para que en caso de pro-ducirse alguna discrepancia entre el resultado obtenido de la primera muestra y el resultado obtenido de la se- gunda muestra, sea el resultado que arroje esta terceramuestra el definitivo y el que tendrá en consideración la Administración a efectos de iniciar o continuar las accio- nes legales a que haya lugar. 3. Sin perjuicio del procedimiento de toma de mues- tras a que se hace mención en los numerales anteriores,OSINERG podrá realizar pruebas rápidas de control de calidad, tales como detección visual, reacción colorimé- trica, mancha aceitosa, entre otras, las mismas que tie-nen carácter indicativo y no necesariamente deberán rea- lizarse previamente a las pruebas de laboratorio. 17443 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, sicontuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y enescala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERUPROYECTO