Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2003 (21/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de setiembre de 2003

Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, prescribe la formulacion, contenido y aprobacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones en funcion al Cuadro de Necesidades, Presupuesto, aprobado para el Ano Fiscal 2003; Por los fundamentos expuestos y de conformidad a las facultades establecidas en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado; a la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; asi como las facultades conferidas por el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, y su Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM; a la Ley de Presupuesto para el ano 2003, Ley Nº 27879; y, a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de

MORDAZA MORDAZA para el ejercicio fiscal del ano 2003, el mismo que se detalla en anexo adjunto a la presente Resolucion, advirtiendose lo expuesto en el Tercer considerando. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Administracion, a traves de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales, su publicacion y se haga de conocimiento del presente acto resolutivo a los Organos estructurados de la Institucion para fines consiguientes. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la oficina respectiva su difusion de la presente. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17362

PROYECTO OSINERG
Proyecto de Directiva para la Atencion de Deficiencias y Supervision del Servicio de Alumbrado Publico
Las opiniones y sugerencias podran ser remitidas por escrito a la Gerencia de Fiscalizacion Electrica del OSINERG, sito en MORDAZA MORDAZA 222 - MORDAZA - MORDAZA, fax 2193418 o via correo electronico a: ap@osinerg.gob.pe El plazo para la entrega de comentarios y sugerencias vence a los 15 dias habiles de publicada esta pre-publicacion.

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 143 -2003-OS/CD MORDAZA, 10 de setiembre del 2003 VISTO: El Memorandum Nº GG-169-2003 de fecha 8 de setiembre de 2003, remitido por la Gerencia General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG. CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del Articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que segun lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, entre otras funciones OSINERG tiene por finalidad velar por que se brinde un servicio de calidad al usuario del servicio publico de electricidad; Que, es necesario contar con una MORDAZA que permita al usuario del servicio de alumbrado publico solicitar a los concesionarios de distribucion electrica que se corrijan las deficiencias existentes; asi como que se establezcan los plazos maximos que tienen las empresas para subsanar las mismas; Que, segun lo dispuesto por el Articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, segun lo dispuesto por el Articulo 25º del Reglamento de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobacion del Procedimiento MORDAZA mencionado se requiere su prepublicacion del mismo en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica;

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la prepublicacion del Proyecto de Directiva OSINERG Nº 000 -2003-OS/CD, "Directiva para la Atencion de Deficiencias y Supervision del Servicio de Alumbrado Publico" cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERG o via correo electronico a ap@osinerg.gob.pe, hasta 15 dias habiles contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA OSINERG Nº 00 -2003-OS/CD 1. OBJETIVO Establecer el procedimiento que deben seguir la solucion de deficiencias, supervision y fiscalizacion del servicio de alumbrado publico que brindan las concesionarias de distribucion dentro de su MORDAZA de concesion; asi como los plazos maximos que tienen estas empresas para subsanar las deficiencias de alumbrado publico en caso se los solicitaran los usuarios o los requiera OSINERG. 2. ALCANCE Comprende lo siguiente: · El procedimiento que debe seguir el usuario del servicio de alumbrado publico, para solicitar a los concesionarios de distribucion de energia electrica, que se corrijan las deficiencias. · La tipificacion de las deficiencias que afecten el servicio de alumbrado publico y el establecimiento de plazos maximos para la subsanacion por la concesionaria, ante el requerimiento de los usuarios y OSINERG. · Los requerimientos de transferencia de informacion a OSINERG que permita evaluar el registro de la deficiencia y cumplimiento de los plazos de atencion. · Procedimiento para la supervision y fiscalizacion de las deficiencias del alumbrado publico definidos en la presente directiva. · Procedimiento para la supervision y fiscalizacion del servicio de alumbrado publico. 3. BASE LEGAL · Ley Nº 27332 -Ley MORDAZA de Organismos Reguladores de la Inversion Privada en servicios publicos - Articulo 3º.

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