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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G32/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 d) Zona Comercial de Tacna: Distrito de Tacna, así como el área donde se encuentran funcionando los merca-dillos en el distrito del Alto de la Alianza, de la provincia de Tacna, conforme al artículo 4º de la Ley. e) Administración o Administración de la ZOFRA- TACNA: El Operador; y en tanto éste no sea designado, el Comité de Administración de la ZOFRATACNA, conforme al artículo 34º de la Ley. f) Cesionario: Persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que mediando subasta pública celebra contrato de cesión en uso de lotes de terrenos y galpones con laAdministración. g) Usuario: Persona natural o jurídica, nacional o ex- tranjera, que siendo o no cesionario, celebra contrato conla Administración, para desarrollar cualquiera de las activi- dades establecidas en los Artículos 7º y 18º de la Ley. h) Depósitos Francos: Recintos ubicados al interior de la ZOFRATACNA, perfectamente delimitados y cerca- dos donde se almacenan mercancías provenientes del ex- terior, del resto del territorio nacional, de los CETICOS, lasproducidas en la ZOFRATACNA y la Zona de Extensión, para su comercialización interna y/o externa, de acuerdo a la Ley, su Reglamento y demás normas complementarias. i) Depósitos Francos Públicos: Depósitos Francos destinados a prestar el servicio de almacenamiento a los Usuarios; están a cargo de la Administración de ZOFRA-TACNA, quien podrá otorgarla en concesión a terceros, bajo responsabilidad. j) Depósitos Francos Particulares: Depósitos Fran- cos destinados a almacenar y comercializar únicamente mercancías del propio usuario, mediando autorización de la Administración. CAPÍTULO III DE LOS CESIONARIOS Y USUARIOS DE LA ZOFRATACNA Artículo 5º.- A efectos de acceder a la calidad de Ce- sionario, el interesado deberá presentar una solicitud de pre-calificación dirigida a la Gerencia General de la Admi- nistración de la ZOFRATACNA, cumpliendo los requisitosque para tal efecto establece la Ley Nº 27444, consignan- do y acreditando, además, lo siguiente: - Actividad económica a desarrollar, especificando las subpartidas nacionales correspondientes, cuando se trate de actividades industriales, agroindustriales o de maquila,monto de inversión, volumen y valor de los insumos y pro- ductos, nivel de empleo a generar, área requerida y demás información que se requiera según formato a ser aprobadopor la Administración. - Cancelar el derecho fijado por la Administración de la ZOFRATACNA en el Texto Único de Procedimientos admi-nistrativos - TUPA. - No mantener obligaciones pendientes con la Adminis- tración de la ZOFRATACNA, directas o a través de terceros. - No haber sido sancionado con resolución de contra- tos anteriores, por incumplimiento de las obligaciones ad- quiridas. De obtener pre-calificación, los interesados se encon- trarán aptos para participar en la Subasta Pública de lotesde terreno y galpones de la ZOFRATACNA, en la oportuni- dad que la Administración determine. Artículo 6º.- La Administración programará y determi- nará la oportunidad en que se llevarán a cabo las Subas- tas Públicas de los lotes de terrenos y de galpones de la ZOFRATACNA. Artículo 7º.- Mediante Resolución de la Presidencia del Directorio del Comité de Administración, se designará una Comisión Ejecutiva que se encargará de la organización,conducción y ejecución de la integridad del proceso de Subasta Pública, desde los actos preparatorios incluyen- do la pre-calificación a que se refiere el artículo 5º que an-tecede, la elaboración de las bases, hasta el otorgamiento de la cesión en uso de los de terreno y galpones, mediante contrato. Esta Comisión estará presidida por el GerenteGeneral del Comité de Administración e integrada por tres miembros designados entre los funcionarios de la entidad que tengan conocimiento técnico sobre la materia y finesde la subasta. Artículo 8º.- Las bases para la subasta deben ser apro- badas por Resolución de la Presidencia del Directorio dela Administración, y deben contener cuando menos lo si- guiente: - Mecanismos que fomenten la participación del mayor número de postores posible, en orden a la obtención de lapropuesta económica más favorable y de conformidad con la política de expansión y desarrollo de la ZOFRATACNA. orientada a la participación de empresas exportadoras,industriales, de maquila, comerciales, y demás activida- des permitidas por la Ley. - Los postores pueden ser personas naturales o jurídi- cas, nacionales o extranjeros, y pueden concursar en forma individual o asociada, siempre que no tengan impe- dimento o se encuentren inhabilitados para contratar conel Estado. - Cantidad, ubicación y dimensiones de lotes y galpo- nes a subastar. - Precio base de cada lote. - Mecanismos y plazos de publicidad que garanticen la participación de los interesados. - Calendario del procedimiento. - Mecanismos que aseguren la confidencialidad de las propuestas. Artículo 9º.- La subasta pública se llevará a cabo en un solo acto, en presencia de Notario Público. Para la rea-lización del acto de subasta se seguirá el siguiente proce- dimiento, el cual debe constituir parte de las bases: - El plazo para el desarrollo de actividades en la ZO- FRATACNA, será el mismo que se otorga para la cesión en uso de lotes de terreno o galpón; la vigencia de la cesiónen uso se mantendrá siempre que el usuario realice la ac- tividad autorizada, pudiendo ésta ser variada previa autori- zación que se otorgará en cada caso mediante Resoluciónde la Gerencia General. - Los avisos de convocatoria de la subasta pública se publicarán por dos días consecutivos, con una anticipa-ción no menor de siete (7) días calendario a la fecha de la realización de la subasta, en el Diario Oficial El Peruano, uno de circulación nacional y uno de la ciudad de Tacna yen la página web de la entidad. - El valor de adquisición de las bases sólo reflejará los costos en que se incurra para su elaboración e impresión.Dichas bases serán vendidas a los postores previamente calificados por la Comisión Ejecutiva referida en el artículo 7º del presente Reglamento. - La subasta pública se celebrará mediante el sistema de sobre cerrado. El postor presentará su carta oferta, consignando sus datos personales que permitan su iden-tificación; la oferta consistirá en lo siguiente: un monto mensual por metro cuadrado expresado en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, por los lotes y galpo-nes. En el caso de lotes, además, debe señalarse un monto de inversión en infraestructura en la misma mone- da con las características que señalen las bases. Sóloserán válidas las ofertas que sean iguales o mayores al precio base de la cesión en uso y al monto mínimo de inversiones de los lotes y galpones, respectivamente. - Para efecto de la calificación final, el puntaje obtenido por la oferta para la cesión en uso tendrá un valor de tres a uno en relación al puntaje obtenido por la oferta para lainversión. La buena pro será otorgada a la propuesta que obtenga el puntaje más alto considerando la suma de los puntajes alcanzados de acuerdo con el procedimiento queestablezca la Comisión Ejecutiva. - Para participar en la Subasta Pública los postores deben adquirir las bases y efectuar un depósito de garan-tía por el equivalente a un mes de cesión en uso del lote o galpón, calculado en función al precio base. - Concluido el proceso, las garantías serán devueltas al culminar el acto público de la subasta, quedando retenidas sólo las consignadas por quienes obtuvieron la buena pro y el segundo puesto en garantía de la suscripción del con-trato de cesión en uso correspondiente, el cual será sus- crito conforme al Contrato tipo aprobado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo con el artículo52º del Reglamento. - En caso de no celebrarse dicho Contrato en el plazo de diez (10) días calendario, por causas atribuibles al pos-tor que obtuvo la buena pro, la garantía será ejecutada, perdiendo dicho postor, además, el derecho de uso sobre el lote o galpón subastado, el cual en este caso quedará