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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (08/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G32/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 expedito para ser otorgado al postor que obtuvo el segun- do puesto. - Concluido el acto de subasta pública, se levantará un acta refrendada por los miembros de la Comisión Ejecuti- va y los postores asistentes que lo deseen así como elNotario Público que asistió a la subasta. Artículo 10º.- Están impedidos de ser postores, de modo directo o por intermedio de terceros: a) Los miembros del Directorio del Comité de Adminis- tración de la ZOFRATACNA. b) Los miembros de la Comisión Ejecutiva designada para llevar a cabo el procedimiento de subasta. c) Los funcionarios y trabajadores de la ZOFRATAC- NA. d) Los parientes hasta el cuarto grado de consangui- neidad y de afinidad con los miembros del Directorio, de la Comisión Ejecutiva y funcionarios de la ZOFRATACNA. e) Los que pudieran establecerse en las bases. Artículo 11º.- El Cesionario está sujeto al pago men- sual de un derecho de cesión en uso, el mismo que seinicia a partir de la suscripción del contrato, salvo en el caso del cesionario que se dedique a la actividad indus- trial, agroindustrial o de maquila, el mismo que gozará delderecho de reducción en un 50% del monto de la cesión en un uso, por el período de un año contado a partir de la firma del contrato, lo que deberá consignarse en las basesde la subasta pública. Artículo 12º.- La Administración resolverá los contra- tos de aquellos cesionarios que no utilicen los lotes o gal-pones para los fines que fueron adjudicados; revirtiéndo- los al dominio de la administración de acuerdo al Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. Artículo 13º.- El usuario de la ZOFRATACNA puede desarrollar más de una actividad permitida por Ley. Artículo 14º. - Establecida la relación contractual entre la Administración y el usuario, éste no podrá ceder en todo ni en parte los derechos y obligaciones que del Contrato se deriven, salvo autorización que se concederá en cadacaso por la Administración. Artículo 15º.- Los usuarios se clasifican de acuerdo a la naturaleza de las actividades que desarrollan según loestablecido en los artículos 7º y 18º de la Ley. En el caso de usuarios de la actividad de almacenamiento y distribu- ción de mercancías, éstos pueden ser: Usuarios Adminis-tradores de Depósito Franco Particular, Usuarios Adminis- tradores de Depósito Franco Público y Usuarios de Depó- sito Franco Público. Artículo 16º.- La responsabilidad de la Administración de los Depósitos Francos, así como de los Usuarios In- dustriales, Agroindustriales o Maquiladores, por las mer-cancías depositadas en sus instalaciones, se inicia a su ingreso y finaliza con su retiro, cumpliendo en ambos ca- sos con las formalidades y requisitos que se derivan de laLey y su Reglamento y demás normas y procedimientos relacionados a dichas operaciones. Artículo 17º.- Son obligaciones de los usuarios, las si- guientes: a) Usuario de Depósito Franco Público1. Almacenar y comercializar en el Depósito Franco Público, únicamente mercancías consignadas a su nom-bre, con la documentación correspondiente. 2. Ingresar, traspasar, trasladar y retirar mercancías, de su propiedad con la correspondiente autorización y do-cumentación que fije la Administración. 3. Colocar los distintivos de identificación a las mer- cancías cuyo destino es la Zona Comercial de Tacna, deacuerdo a las disposiciones que para el efecto emita la Administración. 4. Mantener la documentación que ampara el ingreso, permanencia y salida de la mercancía consignada a su nombre, por el período de (5) cinco años. 5. Acreditar el pago del Arancel Especial, en forma pre- via a la salida de su mercancía desde el Depósito Franco Público hacia la Zona Comercial. 6. Pagar oportunamente a la Administración los dere- chos que correspondan por los servicios prestados, esta- blecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos – TUPA de la ZOFRATACNA.7. Entregar a la Administración, la información que se le requiera, en la forma y plazo que ésta determine. 8. Dar cumplimiento a todas las normas de carácter téc- nico que dicte la Gerencia General, respecto al almacena- miento de mercancías, a las características, utilización ymantenimiento de las instalaciones de los Depósitos Fran- cos, talleres y al tránsito de vehículos y personas al inte- rior de la ZOFRATACNA. 9. Otras que determine la Administración. b) Usuario Administrador de Depósito Franco Público:1. Almacenar únicamente mercancías consignadas a nombre de usuarios de Depósito Franco Público, con ladocumentación correspondiente 2. Mantener un sistema ordenado de almacenamien- to. 3. Ingresar, traspasar, trasladar y autorizar el retiro de mercancías, de sus instalaciones, con la autorización y documentación que fije la Administración. 4. Verificar que las mercancías cuyo destino es la Zona Comercial de Tacna, previo a la salida de sus instalaciones cuenten con los distintivos de identificación correspondien-tes, de acuerdo a las disposiciones que para el efecto emi- ta la Administración. 5. Otorgar fianza a favor del Comité de Administración de la ZOFRATACNA, garantizando los derechos e impues- tos de importación de las mercancías que ingresen a sus instalaciones, así como los demás conceptos que determi- ne la Administración de acuerdo a Ley, por el monto esta- blecido en el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos – TUPA de la ZOFRATACNA. 6. Mantener la documentación que ampara el ingreso, permanencia y salida de la mercancía por el período de (5) cinco años. 7. Mantener las mercancías almacenadas, al interior de sus instalaciones y mantener despejadas las áreas ad- yacentes a sus Depósitos Francos. 8. Mantener un sistema permanente de control de in- ventarios que refleje la cantidad y valor de las mercan- cías, así como los números, fechas y titulares de los do-cumentos de ingreso, traspaso, traslado y salida de mer- cancías. 9. Pagar oportunamente a la Administración los dere- chos que correspondan por los servicios prestados, esta- blecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos – TUPA de la ZOFRATACNA. 10. Solicitar autorización a la Administración para que los equipos y maquinarias a ser usados directamente para el desarrollo de sus actividades permitidas puedan aco-gerse al Régimen Especial de Suspensión. 11. Obtener autorización de la Gerencia General para ejecutar trabajos de infraestructura (instalaciones eléctri-cas, sanitarias, etc.). 12. Permitir al personal y al funcionario de la Adminis- tración, el ingreso a sus instalaciones en cualquier momen-to, con el objeto de efectuar los controles que ésta determi- ne, y brindar la colaboración del caso para facilitar esta labor. 13. Entregar a la Administración, la información que se le requiera, en la forma y plazo que ésta determine. 14. Dar cumplimiento a todas las normas de carácter técnico que dicte la Administración, respecto al almacena- miento de mercancías, a las características, utilización y mantenimiento de las instalaciones de los Depósitos Fran-cos, talleres y al tránsito de vehículos y personas al inte- rior de la ZOFRATACNA. 15. Otras que determine la Administración. c) Usuario Administrador de Depósito Franco Particu- lar 1. Almacenar y comercializar en el Depósito Franco únicamente mercancías consignadas a su nombre, con ladocumentación correspondiente. 2. Mantener un sistema ordenado de almacenamiento. 3. Ingresar, trasladar y autorizar el retiro de sus mer- cancías, de sus instalaciones, con la autorización y docu- mentación que fije la Administración. 4. Colocar y verificar los distintivos de identificación a las mercancías cuyo destino es la Zona Comercial de Tac- na, de acuerdo a las disposiciones que para el efecto emi- ta la Administración.