TEXTO PAGINA: 23
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G32/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de abril de 2004 G) NIVELACIÓN DE LA PENSIÓN EN EL RÉ- GIMEN DEL DECRETO LEY Nº 20530: g.1) Copia legalizada ante notario o fedateada por el funcionario competente de la entidad de la Libreta Electo-ral o Documento Nacional de Identidad del ex trabajador. g.2) Solicitud del beneficiario requiriendo nivelación de la pensión, con indicación de su dirección domiciliaria, amenos que haya sido de oficio. g.3) Resolución de otorgamiento de pensión y/o de la nivelación de la pensión. g.4) Liquidación de la nivelación de la pensión de haber sido otorgada. g.5) Informe Técnico Legal de acuerdo al modelo que como Anexo Nº 12 forma parte del presente Decreto Su- premo. g.6) Resolución de nombramiento que acredite su in- greso a la Administración Pública. g.7) Resolución de Incorporación al Régimen de Pen- siones a cargo del Estado, regulado por el Decreto Ley Nº20530, de haberse emitido. g.8) Resolución de cese. g.9) Resoluciones de quinquenios que hayan sido emi- tidas. g.10) Constancias de Haberes y Descuentos, desde su ingreso hasta la fecha de su cese en la AdministraciónPública. g.11) Resolución de nombramiento en el último cargo y nivel ejercido. g.12) Resoluciones de contrato, reemplazo, suplencia, locación de servicio, de ser el caso. g.13) Resoluciones de licencias sin goce de haber, si existieran. g.14) Cuadro de remuneraciones utilizado para efec- tuarse la nivelación. En caso de haberse reconocido años de Formación Profesional: g.15) Resolución de reconocimiento de años de For- mación Profesional, de haberse emitido. g.16) Título Profesional: copia fedateada por el funcio- nario competente de la entidad. Artículo 4º.- Formularios e Informes Técnicos - Le- gales Apruébense los siguientes Formularios de Monitoreo y Modelos de Informes Técnicos - Legales, para el reconoci- miento del Derecho en el Decreto Ley Nº 20530: Anexo Nº 01: “Formulario de Monitoreo de Pensión de Cesantía - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 02: “Formulario de Monitoreo de Renova- ción de Pensión de Cesantía por Cumplir 80 Años de Edad - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 03: “Formulario de Monitoreo de Incorpora- ción - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 04: “Formulario de Monitoreo de Pensión de Sobrevivientes Viudez - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 05: “Formulario de Monitoreo de Pensión de Sobrevivientes Orfandad - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 06: “Formulario de Monitoreo de Pensión de Sobrevivientes Ascendientes - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 07: “Formulario de Monitoreo por pensiones o solicitudes varias - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 08: “Informe Técnico - Legal: Incorporación - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 09: “Informe Técnico - Legal: Pensión de Cesantía - Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 10: “Informe Técnico - Legal: Renovación de Pensión de Cesantía por Cumplir 80 Años de Edad -Decreto Ley Nº 20530”. Anexo Nº 11: “Informe Técnico - Legal: Pensión de Sobrevivientes - Decreto Ley Nº 20530 (Viudez, Orfandad,Ascendencia)”. Anexo Nº 12: “Informe Técnico - Legal: Solicitudes Va- rias (Recategorización, Nivelación, Bonificación) - Decre-to Ley Nº 20530”. Artículo 5º.- Plazo Corresponderá remitir la información a que se refie- ren los artículos anteriores, en un plazo no mayor a los quince (15) primeros días calendario del mes siguientea la culminación de cada trimestre, bajo responsabilidad funcional. Artículo 6º.- Difusión El Ministerio de Economía y Finanzas conforme el Tex- to Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparen- cia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, incluirá en su portalaquellos informes remitidos a la Contraloría General de la República, en donde se haya presentado documentación incompleta o se haya detectado una posible irregularidad,en la aplicación del Decreto Ley Nº 20530, sus normas modificatorias y complementarias. Artículo 7º.- De los expedientes remitidos Otórguese un plazo de treinta (30) días calendario, con- tados desde la vigencia del presente Decreto Supremo, afin que las entidades que hayan remitido documentación al Ministerio de Economía y Finanzas, cumplan con adecuar- la y/o complementarla, conforme las especificaciones es-tablecidas en el presente Decreto Supremo, bajo supuesto de tenerse por no presentada la documentación remitida. Artículo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de abril del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas ANEXO DEL DECRETO SUPREMO Formularios de Monitoreo e informes Técnicos para la supervisión y el control y del correcto cumplimiento de los Lineamientos y directivas del Decreto Supremo Nº 159-2002-EF Anexo Nº 1: Formulario de Monitoreo de Pensión de Cesantía - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 2: Formulario de Monitoreo de Renovación de Pensión de Cesantía por Cumplir 80 Años de Edad - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 3: Formulario de Monitoreo de Incorporación - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 4: Formulario de Monitoreo de Pensión de Sobrevivientes Viudez - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 5: Formulario de Monitoreo de Pensión de Sobrevivientes Orfandad - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 6: Formulario de Monitoreo de Pensión de Sobrevivientes Ascendientes - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 7: Formulario de Monitoreo por pensiones o solicitudes varias - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 8: Informe Técnico - Legal Incorporación - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 9: Informe Técnico - Legal Pensión de Ce- santía - Decreto Ley Nº 20530. Anexo Nº 10: Informe Técnico - Legal Renovación de Pensión de Cesantía por Cumplir 80 Años de Edad - De-creto Ley Nº 20530. Anexo Nº 11: Informe Técnico - Legal Pensión de So- brevivientes - Decreto Ley Nº 20530 (Viudez, Orfandad, Ascendencia). Anexo Nº 12: Informe Técnico - Legal Solicitudes Va- rias (Recategorización, Nivelación, Bonificación - Decreto Ley Nº 20530.