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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (16/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G37/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de abril de 2004 la fuente de financiamiento de Transferencia del Gobierno Central para el Programa Vaso de Leche, según detalle: ÍTEM PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD MONTO I LECHE EVAPORADA ENTERA LA TA 33,850.00 S/. 77,700.00 POR 410 Grs. II HOJUELAS DE AVENA POR 10 Kgs. KG. 24,198.67 S/. 72,596.00 TOTAL S/. 150,296.00 Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría Gene- ral, la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días hábiles de adoptado el presente acuerdo, así como remitir a la Contraloría Gene- ral de la República, copia del acuerdo y del informe técni- co-legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Dado en la Casa Municipal, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICENTE AROTOMA HUAMANÍ Alcalde 07238 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CATALINA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 003-2004-MDSC/L/AMAZONAS Santa Catalina, 3 de febrero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA CATALINA VISTO: El Acta de Sesión de Concejo de fecha 29.1.2004 en la cual el Cuerpo de Regidores y el Despacho de la Alcaldía adjuntan el proyecto del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Santa Ca- talina, del cual se establece su aprobación respectiva; y, CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto en los Artículos 7º de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Arts. 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Re- glamento de la precitada Ley, cada entidad deberá elabo- rar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones el que debe prever el tipo de bienes y servicios que requerirán durante el Año Fiscal 2004; Que la Ley Nº 27209 de Gestión Presupuestaria del Estado, norma y regula el proceso presupuestario, los cri- terios técnicos y operativos que permitan optimizar la ges- tión administrativa y financiera, y la Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004 que establece los montos y límites a tener en cuenta para las adquisiciones y contrataciones de bienes, suministros, servicios y consultorías; Estando a lo dispuesto y de conformidad con las facul- tades conferidas por los Arts. 2º y 47º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con el TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Es- tado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su reglamento aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2004 de la Municipalidad Distrital de Santa Catalina el mismo que for- ma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, aprobado por el artículo precedente, sea puesto a disposición del público, de con-formidad con el Artículo 7º inciso 4) del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- DISPONER que se supervise la ela- boración, aprobación, publicación, difusión y ejecución del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Muni- cipalidad Distrital de Santa Catalina. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y remitida a las Oficinas de CONSUCODE y PROMPYME, respectivamente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EXALTACIÓN GUELAC DE LA CRUZ Alcalde 07255 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNIÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46._/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2004-MDLU La Unión - Piura, 11 de marzo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNIÓN POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA UNIÓN - PIURA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de marzo del año 2004, el Informe Nº 001-2004-MDLU-C-PVL de fe- cha 27.2.04 de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche de la M.D.L.U.; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley que Estable- ce Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche - Ley Nº 27470, Art. 2º - De la Organización del Programa del Vaso de Leche, establece que El Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Pro- grama Vaso de Leche será aprobado por dicho comité y deberá ser reconocido por el Concejo Municipal; contando con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Legal Interna; Estando a lo expuesto, a la opinión favorable de Aseso- ría Legal Interna y, de conformidad con la Ley Nº 26637, Ley Nº 27470, Art. 41º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de aproba- ción del Acta, POR UNANIMIDAD; ACUERDA: Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Comité de Administración del Programa Vaso de Le- che, el mismo que consta de Generalidades, 8 Capítulos, 4 Sub- capítulos, 19 Artículos y 4 Disposiciones Complementarias. Segundo.- APROBAR el Reglamento Interno del Pro- grama Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La Unión, el mismo que consta de Generalidades, 9 Capítu- los, 45 Artículos y 4 Disposiciones Complementarias. Tercero.- ENCARGAR al Comité de Administración del Programa Vaso de Leche, Gerencia de Planificación y Pre- supuesto el cumplimiento de los trámites correspondientes de acuerdo a Ley y, a la Gerencia Municipal y Gerencia de Secretaría General la publicación correspondiente. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. JULIO CHUNGA ORTIZ Alcalde 07254