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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G37/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de abril de 2004 Que teniendo en cuenta lo señalado anteriormente resulta necesario actualizar los factores de conversión establecidos en la anterior Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, con- siderando los factores fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el artículo 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96-EF, por el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM y por Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/ SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Fíjese los factores de conversión moneta- ria a utilizarse en la declaración de la base imponible a que se refiere el tercer párrafo del artículo 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Nº 121-96-EF, de acuerdo al detalle siguiente: PAÍS MONEDA TIPO DE CAMBIO (en US$) Argentina P eso 0.350263 Australia Dólar Australiano 0.762718 Bolivia Boliviano 0.126711 Brasil Real 0.343997 Bulgaria Lev 0.632631Canadá Dólar Canadiense 0.762602 Chile Peso 0.001629 China Yuan 0.120817Colombia Peso 0.000373 Corea del Sur Won 0.000872 Dinamarca Corona 0.165349Ecuador Sucr e 0.000040 Filipinas P eso 0.017825 Guatemala Quetzal 0.123762 Hong Kong Dólar de Hong Kong 0.128335 India Rupia 0.023095 Indonesia Rupia 0.000117 Japón Y en 0.009586 Letonia Lat 1.875117 Malasia Ringgit 0.263193México P eso 0.089847 Nigeria Naira 0.007692 Noruega Corona 0.145928Nueva Zelanda Dólar Neozelandés 0.665292 Panamá Balboa 1.000000 Paraguay Guaraní 0.000172Reino Unido (Inglaterra) Libra Esterlina 1.844300 República Dominicana Peso 0.023202 Rusia Rublo 0.035070Singapur Dólar de Singapur 0.597443 Sudáfrica, República de Rand 0.158856 Suecia Corona 0.132622Suiza Fr anco 0.789640 Tailandia Baht 0.025497 Taiwán Nuevo Dólar de T aiwán 0.030395 Trinidad y Tobago Dólar de Trinidad y Tobago 0.162602 Turquía Lira 0.000001 Ucrania Hryvnia 0.187614Uruguay Nuevo Peso 0.034188 Venezuela Bolívar 0.000522 Unión Europe a Euro 1.230500 Artículo 2º.- Los factores a que se refiere el artículo anterior deberán ser utilizados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ESTELA BÉJAR ALEGRE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) 07288UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN Nº 005-2004-UIF-DAF Lima, 13 de abril de 2004 EL DIRECTOR DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN DE LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA VISTO: El Memorándum Nº UIF-021-2004/AS, mediante el cual la Oficina de Abastecimientos y Servicios presenta el In- forme Nº 001-2004-AS que sustenta la necesidad de in- cluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al año 2004 de la Unidad de Inteligencia Financiera algunos procesos; el Informe Nº 009-2004-UIF- DAF/PT, mediante el cual la Oficina de Presupuesto y Te- sorería da opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 002-2004-UIF-DAF de fecha 7 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la Unidad de Inteligencia Financiera para el Ejercicio Presupuestal 2004; Que mediante Memorándum Nº UIF-021-2004/AS, la Oficina de Abastecimientos y Servicios presenta el Infor- me Nº 001-2004-AS, que sustenta la necesidad de adquirir bienes y servicios para asegurar la operatividad de la UIF, solicitando la inclusión de los procesos de selección co- rrespondientes, en el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones del año 2004 de la Unidad de Inteligencia Fi- nanciera; Que, el último párrafo del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones po- drá ser modificado de conformidad con la asignación pre- supuestal o en caso de reprogramación de metas; Que, mediante Informe Nº 009-2004-UIF-DAF/PT, de fecha 6 de abril de 2004, la Oficina de Presupuesto y Teso- rería da opinión favorable respecto a la disponibilidad pre- supuestal correspondiente; Que, la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/ PRE y modificada por Resolución Nº 019-2004-CONSU- CODE/PRE, en su numeral 7 de las Disposiciones Es- pecíficas, señala que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado en cualquier mo- mento en el decurso del ejercicio presupuestal, siempre que se produzca una reprogramación de las metas insti- tucionales propuestas o una modificación del presupues- to institucional; Que, según el mencionado dispositivo, toda modifica- ción al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, sea por inclusión o exclusión de algún proceso de selección para la adquisición y/o contratación de bienes, servicios u obras, deberá ser aprobada, mediante instrumento emitido por el órgano o funcionario en el que se haya delegado la competencia para la aprobación del Plan Anual; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva de la UIF Nº 049-2003-UIF, de fecha 31 de diciembre de 2003, se delegó la facultad de aprobar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2004, al señor Paúl Martín Guillermo Lira Briceño, Director del Área de Administración de la Unidad de Inteligencia Financiera - UIF; Que, en consecuencia, corresponde modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad de Inteligencia Financiera para el Ejercicio Presupuestal 2004, aprobado mediante Resolución Nº 002-2004-UIF-DAF, a fin de incluir en el mismo los procesos de selección señala- dos en el Informe Nº 001-2004-UIF-AS de la Oficina de Abastecimientos y Servicios;