Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2004 (16/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE y modificada por Resolucion Nº 019-2004-CONSUCODE/PRE, demas pertinentes y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva de la UIF Nº 049-2003UIF de fecha 31 de diciembre de 2003; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad de Inteligencia Financiera para el Ejercicio Presupuestal 2004, por inclusion de los procesos de seleccion que se detallan en el Anexo A, el mismo que forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Oficina de Abastecimientos y Servicios, en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles siguientes a su expedicion, remita un ejemplar de la modificacion efectuada al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad de Inteligencia Financiera para el Ejercicio Presupuestal 2004, aprobada por el articulo precedente, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa PROMPYME. Articulo Tercero.- Disponer que el responsable de la elaboracion del MORDAZA de Internet, incluya en la pagina Web de la Unidad de Inteligencia Financiera, la modificacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobada por el articulo 1º de la presente resolucion, debiendo estar, asimismo a disposicion de los interesados, a partir del 30 de MORDAZA de 2004, en la sede de la UIF, sita en la Av. Canaval Moreyra 452, piso 5, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, donde podran revisarla y/o adquirirla al valor de S/. 5.00 (Cinco y 00/100 nuevos soles). Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Abastecimientos y Servicios, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director del Area de Administracion 07293

Que, la Cuarta Disposicion Transitoria de la citada Ley establece que para efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 127º, cada entidad podra elaborar un reglamento interno en el cual se establecera los requisitos, atribuciones y demas normas relacionadas con el desempeno de las funciones de Fedatario; Que, en tal sentido es conveniente aprobar el Reglamento de los Fedatarios de la Unidad de Inteligencia Financiera; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera, modificada por Ley Nº 28009, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 061-2003-EF y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento Interno de los Fedatarios de la Unidad de Inteligencia Financiera - UIF, el mismo que en Anexo forma parte de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HAMANN PASTORINO Director Ejecutivo 07291

Designan a abogada del Area Legal como fedataria institucional
RESOLUCION Nº 025-2004-UIF MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2004 El Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27693, modificada por Ley Nº 28009, se creo la Unidad de Inteligencia Financiera - Peru, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia funcional, tecnica y administrativa, encargada del analisis, el tratamiento y la transmision de informacion para prevenir y detectar el MORDAZA de dinero o activos, con pliego presupuestal adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Director Ejecutivo es el titular del pliego de la Unidad de Inteligencia Financiera, quien dirige y administra la UIF, teniendo entre sus funciones dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejor desarrollo de las funciones para las cuales la UIF fue creada; Que, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General regula el Regimen del fedatario en sus articulos 43º, 127º, 128º y en su Cuarta Disposicion Transitoria; Que, el articulo 127º de la Ley Nº 27444, estipula que cada entidad designa fedatarios institucionales en numero proporcional a sus necesidades, cuya labor personalisima es comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la MORDAZA presentada, la fidelidad del contenido de esta MORDAZA para su empleo en los procedimientos de la entidad; Que, mediante Resolucion Nº 024-2004-UIF, se aprobo el Reglamento Interno del Fedatario Institucional de la UIF, el mismo que senala que el fedatario es designado por el Director Ejecutivo mediante resolucion, por el periodo de un ano; Que, en tal sentido corresponde designar al profesional que ejercera sus funciones como fedatario institucional de la UIF, de acuerdo al Reglamento Interno a que se hace referencia en el considerando precedente; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27693, modificada por Ley Nº 28009, y el Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, Reglamento de la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera modificado por Decreto Supremo Nº 061-2003-EF;

Aprueban Reglamento Interno de los .edatarios de la Unidad de Inteligencia Tributaria
RESOLUCION Nº 024-2004-UIF MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2004 El Director Ejecutivo de la Unidad de Inteligencia Financiera CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27693, modificada por Ley Nº 28009, se creo la Unidad de Inteligencia Financiera - Peru, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia funcional, tecnica y administrativa, encargada del analisis, el tratamiento y la transmision de informacion para prevenir y detectar el MORDAZA de dinero o activos, con pliego presupuestal adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Director Ejecutivo es el titular del pliego de la Unidad de Inteligencia Financiera, quien dirige y administra la UIF, teniendo entre sus funciones dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejor desarrollo de las funciones para las cuales la UIF fue creada; Que, la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, regula el Regimen del fedatario en su articulo 127º;

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