Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2004 (20/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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de 1976 y de acuerdo con el Plano adjunto signado con el Nº 005-84-DGOPR/DU/DCO/MLM, para la inscripcion provisional individualizada en los Registros Publicos de los lotes que conforman la Primera, MORDAZA y Tercera Fase de la Tercera Etapa de la Parcelacion "Cieneguilla" 2 , ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima".
2. De lo indicado, se aprecia que la precitada habilitacion cuenta con autorizacion para la inscripcion provisional individualizada en los Registros Publicos de los lotes, al MORDAZA del D.S. Nº 042-76-VC, MORDAZA que establecio un regimen especial por el cual se modifico el numeral II-XVIII4.6 del Reglamento Nacional de Construcciones, con el objeto de posibilitar la inscripcion provisional de los lotes individualizados del MORDAZA de habilitacion de predios de propiedad de cooperativas, asociaciones pro-vivienda o promotores para facilitar su acceso al credito y poder inscribir los prestamos que otorgan las entidades financieras de programas de construccion de vivienda MORDAZA economico, en tantos prestamos individuales como viviendas tiene el programa a realizarse, para efectos de posibilitar la cobranza respectiva en caso de deudores morosos, sin gravar el programa en forma global. 3. Establecido lo anterior, debe determinarse si dicha autorizacion permite la inscripcion de sucesivas transferencias de los lotes conformantes de la parcelacion. Al respecto, el articulo 4º de la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, dispone que el procedimiento de habilitacion MORDAZA contara con dos etapas: Aprobacion de la habilitacion MORDAZA y Recepcion de obras finales. La primera etapa tiene por objeto que el solicitante sustente y obtenga la conformidad tecnica de su proyecto y las condiciones urbanisticas que debe respetar, en tanto que la MORDAZA etapa, tiene por objeto que el solicitante obtenga la conformidad de las obras urbanas que MORDAZA ejecutado en concordancia con la habilitacion MORDAZA aprobada. Obtenida la aprobacion de la habilitacion MORDAZA, es decir, culminada la primera etapa referida en el parrafo precedente, el propietario esta facultado para iniciar la ejecucion de las obras de habilitacion MORDAZA, pudiendo, asimismo, solicitar la inscripcion de la resolucion que aprueba la habilitacion y la independizacion de los futuros lotes que la conforman3 . Tambien podra -si cuenta con autorizacion4 -, celebrar contratos de compraventa garantizada de los futuros lotes, conforme lo dispone el referido articulo 4º de la Ley Nº 26878 y el MORDAZA parrafo del articulo 11º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado mediante D.S. Nº 011-98-MTC. En caso de no contar con autorizacion, el propietario de la habilitacion MORDAZA no podra celebrar contratos de compraventa respecto de los futuros lotes de terreno objeto de dicha habilitacion MORDAZA, hasta que no se obtenga la resolucion que aprueba la recepcion de las obras finales. 4. Asimismo, el articulo 9º inciso b) del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98MTC, establece que si a la fecha de la entrada en vigencia de la Ley de Habilitaciones Urbanas, se contara con resolucion consentida de la autoridad competente que apruebe los Estudios Preliminares y/o los Estudios Definitivos de su proyecto de habilitacion MORDAZA, aunque los terrenos ya contaran con viviendas construidas, todas las autoridades daran por cumplida la Etapa de Aprobacion de la Habilitacion MORDAZA a que se refiere el numeral 1 del articulo 4º de la Ley y los articulos 10º al 16º del Reglamento, sin que sea necesaria la MORDAZA de documentacion o el cumplimiento de requisito adicional alguno, la emision de nuevos pronunciamientos o resoluciones ni la revision de los Estudios. De acuerdo a lo expuesto, se concluye que la Parcelacion Cieneguilla se encuentra en la primera etapa a que se refiere el D.S. Nº 011-98-MTC, por lo que estaria pendiente la inscripcion de la resolucion de recepcion de obras finales. Para que la inscripcion de la habilitacion de la Parcelacion Cieneguilla pueda convertirse en definitiva, previamente debera inscribirse la resolucion de recepcion de obras finales. En tal sentido, mientras ello no se materialice, los propietarios cuya titularidad consta inscrita o anotada provisionalmente, no podran inscribir futuras transferencias o

actos de disposicion. Igualmente, no resultara procedente la inscripcion o anotacion provisional de sucesivas transferencias u otros actos de disposicion. Esta instancia se ha pronunciado en tal sentido segun Resolucion Nº 767-2003-SUNARP-TR-L del 28 de noviembre de 2003. Por lo tanto, debe confirmarse el punto 1 de la observacion.
5. Segun el criterio establecido en las Resoluciones Nºs 305-2000-ORLC/TR del 28 de setiembre de 2000 y 0052002-SUNARP-TR-L del 11 de setiembre de 2002, entre otras, no procedera observar un titulo en cuanto al area, linderos o medidas perimetricas del inmueble sobre el cual recae el acto o contrato materia de inscripcion, cuando existan otros elementos que permitan su plena identificacion. En el presente caso, existe discrepancia respecto de la medida perimetrica correspondiente al lado derecho del lote materia de la rogatoria, la misma que ha sido consignada en la escritura publica del 5 de setiembre de 2003 como "48.00 ml" cuando en los documentos obrantes en el titulo archivado Nº 100622 del 2 de octubre de 1990, que dio merito a la extension del asiento 2-b) de la ficha Nº 1171789 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, figura como "46.00 ml". Sin embargo, existen elementos tales como la numeracion del lote: lote 3 de la manzana 18 de la Tercera Etapa de la Parcelacion Cieneguilla y el area del mismo: 1,104 m2, que permiten concluir que se trata del mismo inmueble. Por lo tanto, debe revocarse el punto 3 de la observacion. 6. De otro lado, se aprecia de la clausula MORDAZA del contrato de compraventa otorgado por Parceladora Cieneguilla S.A. a favor de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, inserto en la escritura publica del 5 de setiembre de 2003, que las partes acordaron que el precio de venta, ascendente a 60,720.00 soles oro, seria pagado de la siguiente forma: 2,500.00 soles oro en efectivo y el saldo mediante el pago de las siguientes letras: 2 letras por 2,500.00 soles oro con vencimientos 2 de MORDAZA y 2 de MORDAZA de 1964, respectivamente, 48 letras por 1,000 soles oro con vencimientos escalonados cada 30 dias y una MORDAZA letra por 5,220.00 soles oro. El inciso a) del articulo 1118º del Codigo Civil, reconoce a la hipoteca legal del inmueble enajenado sin que su precio MORDAZA sido pagado totalmente o lo MORDAZA sido con dinero de un tercero. Asimismo, conforme prescribe el primer parrafo del articulo 1119º de la MORDAZA citada, las hipotecas legales a que se refiere el articulo 1118º se constituyen de pleno derecho y se inscriben de oficio, bajo responsabilidad del registrador, simultaneamente con los contratos de los cuales emanan. Por consiguiente, lo que el Registrador Publico debe hacer cuando advierta este MORDAZA de situaciones es proceder a la extension del asiento de hipoteca o prenda legal y no formular observacion. Por lo indicado, debe revocarse el punto 4 de la observacion. 7. Mediante Ley Nº 27616, se modificaron diversos articulos de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, entre los mismos, el ar-

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El subrayado es nuestro. MORDAZA parrafo del articulo 16º del D.S. Nº 011-98-MTC: En el caso que se diera por cumplida la Etapa de Aprobacion de la Habilitacion, al contar los interesados con la aprobacion de los Estudios Preliminares y/o Definitivos a que se refiere el inciso b) del Articulo 9, de conformidad con lo ordenado en el ultimo parrafo del inciso 1) del Articulo 4º de la Ley, podran solicitar al Registro Predial MORDAZA o al Registro de la Propiedad Inmueble, segun corresponda, la inscripcion de los planos aprobados, lo que MORDAZA merito para la apertura e inscripcion de las partidas registrales correspondientes a los lotes individuales respectivos. Excepcionalmente, en el caso de las urbanizaciones populares podra celebrarse contratos de adjudicacion de los lotes sin que se cuente con autorizacion o se hayan culminado las obras de habilitacion MORDAZA, conforme al articulo 4º del D.S. Nº 013-99-MTC.

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