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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (22/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G30/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de abril de 2004 Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo del Notariado, al Colegio de Notariosde Junín y a la interesada para los fines que correspondan. Comuníquese, publíquese y archívese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 07675 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2004-JUS Lima, 20 de abril de 2004CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Directora de Programa Sectorial II, nivel F-3, Secretaria Técnica delConsejo de Defensa Judicial del Estado; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará dicho cargo público de con-fianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señorita abogada SANDRA ROSSI RAMÍREZ, como Di- rectora de Programa Sectorial II, nivel F-3, Secretaria Téc-nica del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 07665 MIMDES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G2D/G74/G72/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6C/G20/G41/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G46._/G4F/G4E/G43/G4F/G44/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2004-MIMDES Lima, 16 de abril de 2004 VISTOS; el Oficio Nº 501-2004-FONCODES/GG de fecha 14 de abril de 2004 de la Gerencia General del Fon-do Nacional de Compensación y Desarrollo Social – FON-CODES; el Informe Nº 031-2004-FONCODES/GAF/SGL de fecha 6 de abril de 2004 de la Subgerencia de Logística del FONCODES; el Informe Nº 082-2004-FONCODES/GPyS de fecha 1 de abril de 2004 de la Gerencia de Pla-neamiento y Sistemas del FONCODES; y, el Informe LegalNº 026-2004-FONCODES/GAL de fecha 14 de abril de 2004de la Gerencia de Asesoría Legal del FONCODES; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, establece en su artículo 19º inciso c), que se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc-ta, según sea el caso, las adquisiciones o contratacionesque se realicen en situación de urgencia declarada de con-formidad con la citada norma, procediendo la contrataciónde los bienes, servicios u obras respectivos mediante el pro- ceso de adjudicación de menor cuantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º del referido dispositivo legal;Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y en el numeral 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado porDecreto Supremo Nº 079-2001-PCM, se configura una situa-ción de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e impre-visible de determinado bien o servicio compromete en formadirecta e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; facultándose a la Entidad, a la adquisición o contrata-ción de los bienes, servicios u obras requeridos sólo por eltiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar acabo el proceso de selección que corresponda, sin perjuiciode que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, la Subgerencia de Logística del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES medianteInforme Nº 031-2004-FONCODES/GAF-SGL, informó que:1) Con fecha 17 de febrero de 2004, se realizó la convocato-ria del Concurso Público Nº 002-2004-FONCODES, según relación de ítems, para la contratación del Servicio de Segu- ridad y Vigilancia para las Oficinas del FONCODES: SedeCentral, Archivo Central, Sede de la Av. Arequipa Nº 381, yOficinas Zonales a nivel nacional del FONCODES; 2) Deconformidad con lo consignado en las Actas Nºs. 08 y 09del Comité Especial encargado de llevar a cabo el Concurso Público Nº 002-2004-FONCODES, con fecha 22 de marzo de 2004, se realizó el acto público de apertura de las pro-puestas económicas, declarándose desiertos, entre otros,los ítems 6, 11, 16, 20 y 27, correspondientes a las OficinasZonales de Ayacucho, Huancavelica, Iquitos, Pucallpa yMoquegua, respectivamente; 3) asimismo, dentro del plazo de ley se impugnaron, entre otros, los ítems Nos. 1, 2, 3, 15, 18 y 23 correspondientes a las Oficinas de la Sede Central,del Archivo Central y de la Sede de la Av. Arequipa Nº 381,así como a las Oficinas Zonales de Ica, Lima y Tacna; Que, asimismo, la citada Subgerencia informó que el con- trato suscrito con la empresa que brinda el servicio de Segu- ridad y Vigilancia en la Oficina de la Sede Central del FON- CODES culmina el 18 de abril de 2004, y los contratos sus-critos con las empresas que brindan el servicio de Seguridady Vigilancia en las Oficinas Zonales del FONCODES, en Aya-cucho, Huancavelica, Iquitos, Pucallpa, Moquegua, Ica, Limay Tacna, así como en el Archivo Central y en la Sede de la Av. Arequipa Nº 381, culminan el 22 de abril de 2004; Que, de otro lado, la Subgerencia de Logística del FONCO- DES manifestó que resulta de vital importancia que las Ofici-nas aludidas en el considerando precedente, continúen conel servicio de Seguridad y Vigilancia, siendo necesario sedeclare en Situación de Urgencia la contratación del citado servicio, por el plazo de tres (3) meses o hasta la suscripción del contrato, lo que ocurra primero, en los casos de los ítemsdeclarados desiertos; y de dos (2) meses o hasta que se sus-criba el contrato, lo que ocurra primero, en los casos de losítems impugnados, según detalle contenido en el Anexo Nº 1del Informe Nº 031-2004-FONCODES/GAF-SGL; Que, la Gerencia de Asesoría Legal del FONCODES, me- diante Informe Legal Nº 026-2004-FONCODES/GAL, se ha pro-nunciado sobre la procedencia legal de la exoneración del pro-ceso correspondiente, debiéndose contratar el servicio de Se-guridad y Vigilancia para las oficinas en referencia, a través deun proceso de adjudicación de menor cuantía, por enmarcarse dentro del supuesto de situación de urgencia, estipulado en los artículos 19º literal c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM y, en el artículo 108º delReglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM, concordado con los artículos 113º, 114º y115º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, las exoneraciones de los procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa,deberán ser aprobados por Resolución del Titular del Plie-go de la Entidad, facultad que es indelegable, debiéndoseremitir copia de dicha Resolución a la Contraloría Generalde la República, acompañada del Informe Técnico Legal de la entidad, dentro de los diez (10) días calendario si- guientes a su aprobación; Que, estando a lo preceptuado en la Séptima Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28128 - Ley de Pre-