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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G30/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 22 de abril de 2004 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 07826 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61 /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G2D/G63/G69/G61/G6C/G20/G4F/G6C/G6D/G6F/G73/G20/G2D/G20/G54/G69/G6E/G61/G6A/G6F/G6E/G65/G73 DECRETO SUPREMO Nº 006-2004-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo señalado en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y en el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, que aprobó el cronograma de transferencias para el Año2003 a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondosy Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha con-tra la Pobreza, y Proyectos de Inversión en InfraestructuraProductiva de alcance Regional; se emitió el Decreto Su- premo Nº 015-2003-VIVIENDA que dispuso las acciones relativas a la transferencia del Proyecto Especial Olmos -Tinajones al Gobierno Regional Lambayeque; Que, en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 015-2003- VIVIENDA, se dispuso la creación del Consejo Directivodel referido Proyecto Especial, así como su conformación, la cual requiere ser adecuada en lo que se refiere a la par- ticipación del Gobierno Nacional, para el mejor funciona-miento y gestión del Proyecto Especial; De acuerdo a las Leyes Nºs. 27867 y 27902, el Decreto Supremo Nº 015-2003-VIVIENDA y contando con el votoaprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Consejo Directivo del Proyecto Espe- cial Olmos Tinajones Sustitúyase el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 015- 2003-VIVIENDA, por el siguiente texto: "Artículo 6º.- Creación de Consejo Directivo en el Pro- yecto Especial Olmos Tinajones Constitúyase un Consejo Directivo en el Proyecto Es- pecial Olmos Tinajones, como máximo órgano de la enti-dad, encargado de establecer las políticas, planes, activi- dades, metas y estrategias de la Institución. Asimismo, supervisa la administración general y marcha institucional.El Consejo Directivo estará conformado por: - Tres (3) representantes del Gobierno Regional, entre los cuales estará el Presidente del Gobierno Regional o su representante, quien lo presidirá; - Un (1) representante del Instituto Nacional de Desa- rrollo - INADE; - Un (1) representante de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; - Un (1) representante del Ministerio de Agricultura. - Un (1) representante de la Junta de Usuarios de Riego. El cargo de miembro del Consejo Directivo es personal e indelegable y su designación es por el plazo de 2 años,pudiendo ser renovado. Los representantes del GobiernoRegional, serán nombrados por el Presidente Regional de Lambayeque mediante Resolución Ejecutiva Regional, asi- mismo designará al representante de la Junta de Usuariosde Riego a propuesta de ésta. Los representantes de lasentidades del Gobierno Nacional serán designados por losTitulares de los Sectores correspondientes mediante Re-solución Ministerial.El Proyecto Especial Olmos Tinajones, contará con un Gerente General, que será elegido por el Presidente Re-gional de una terna que propondrán conjuntamente el Go-bierno Regional y el Sector del Gobierno Nacional al cual se encuentre adscrito el INADE. El Gerente General será designado por Resolución Ejecutiva Regional, por el plazode dos (2) años renovables. Mediante Resolución de Consejo Regional del Gobier- no Regional Lambayeque, se emitirán las disposicionescomplementarias y necesarias para adecuar el Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Olmos Tinajones a los alcances de la presente norma, así comopara modificar en adelante dicho instrumento de gestión." Artículo 2º.- Designaciones Déjense sin efecto las designaciones al Consejo Direc- tivo del referido Proyecto Especial, de los representantes del INADE y del Ministerio de Agricultura, efectuadas an-tes de la vigencia del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 07820 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G52/G2E/G41/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G34/G35/G34/G20/G79 /G35/G36/G37/G2D/G43/G4D/G45/G2D/G50/G4A/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G75/G61/G6C/G65/G73/G20/G73/G65 /G64/G69/G73/G70/G75/G73/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G63/G65/G6E/G20/G72/G65/G63/G6F/G70/G69/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 043-2004-CE-PJ Lima, 23 de marzo del 2004 VISTO:El Oficio Nº 1561-2002-A-CSJHA/PJ del Administrador de la Corte Superior de Justicia de Huaura y el Informe Nº 074-2003-SEP-GP-GG/PJ, de la Gerencia General, res-pecto a la publicación de los Boletines de las Resolucio-nes Consentidas y/o Ejecutoriadas, excepto las de Proce-sos en Reserva de las Salas Superiores de las CortesSuperiores de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones Administrativas Nºs. 454 y 567- CME-PJ, del 29 de setiembre de 1997 y 15 de enero de1998, respectivamente, se dispuso que los Administrado- res de las Cortes Superiores de Justicia de la República, realicen una recopilación bimestral por materias de lasResoluciones que hayan quedado consentidasy/o ejecutoriadas, a excepción de las relativas a procesosreservadas, para efectos de difusión entre las Salas Supe-riores, Juzgados, Facultades de Derecho y Colegio de Abo- gados del respectivo Distrito Judicial; Que, la Gerencia General en cumplimiento de las Re- soluciones Administrativas Nºs. 454 y 567-CME-PJ, me-