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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (28/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G34/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de abril de 2004 sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congre- so de la República, en el plazo de 24 horas de su expedi-ción, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 08144 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72 /G64/G65/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G6E/G61/G76/G61/G6C/G65/G73/G20/G66/G72/G6F/G6E/G74/G65/G2D /G72/G69/G7A/G61/G73/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 163-2004-DE/SG Lima, 26 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República", es- tablece que la autorización de ingreso al territorio peruanodel personal militar extranjero sin armas de guerra por ra- zones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca- démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe especi- ficar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanen-cia en el territorio peruano; Que, con Oficio Nº G.100-0816 de fecha 1 de abril del 2004, el Secretario del Comandante General de la Marina,comunica a la Secretaría General del Ministerio de Defen- sa, que la Marina de Guerra ha emitido opinión favorable para que se gestione la autorización de ingreso al territoriode la República, sin armas de personal militar de la Arma- da del Ecuador, sin armas de guerra, del 26 al 29 de abril del presente año, con la finalidad de participar en la Prime-ra Reunión de Autoridades Navales Fronterizas, así como incrementar los lazos de amistad y camaradería con la Ar- mada del Ecuador; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, al personal militar de la Ar-mada del Ecuador, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, en el período comprendido del 26 al 29 de abril del 2004, con la finalidadde participar en la Primera Reunión de Autoridades Nava- les Fronterizas, así como incrementar los lazos de amistad y camaradería con la Armada del Ecuador. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi- sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De-sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Con- greso de la República, en el plazo de 24 horas de su ex- pedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 08141 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 164-2004-DE/SG Lima, 26 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República", establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin ar- mas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o si-milares debe ser otorgada mediante Resolución Supre- ma, en la que se debe especificar los motivos, la iden- tificación del personal militar, la relación de equipos tran-seúntes y el tiempo de permanencia en el territorio pe- ruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 0168 de fecha 6 de abril del 2004, el Director General para Asuntos de Seguri- dad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en mérito a la información proporcionada por la Embajada deChile en el Perú, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar de la Armada chilena, del 26 al 30 deabril del 2004, con la finalidad de realizar una visita oficial a Lima, en atención a una invitación cursada por la Marina de Guerra del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, al personal militar de la Ar-mada de Chile, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 26 al 30 de abril del 2004, con la finalidad de realizar una visita oficial a Lima,en atención a una invitación cursada por la Marina de Gue- rra del Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen- cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogasdel Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio-res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 08142