Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2004 (28/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

Autorizan ingreso a territorio Peruano de personal militar de MORDAZA y Bolivia para participar en reunion de trabajo y en el Ejercicio Multinacional UNITAS 45-04 respectivamente
RESOLUCION SUPREMA Nº 171-2004-DE/SG MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Oficio Nº 949 EMCFFAA-D6/RRCC de fecha 13 de MORDAZA del 2004, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas comunica a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, la participacion de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, del 31 de MORDAZA al 2 de junio del presente ano, en la Reunion de Trabajo Peruano-Argentino preparatoria para la IV Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de MORDAZA, razon por la cual es necesario se expida la Resolucion correspondiente, a fin de autorizar su ingreso al territorio de la Republica; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 31 de MORDAZA al 2 de junio del 2004, con la finalidad de participar en la Reunion de Trabajo Peruano-Argentino preparatoria para la IV Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Argentina. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 08149 RESOLUCION SUPREMA Nº 172-2004-DE/SG MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tro-

pas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS) Nº 0165 de fecha 6 de MORDAZA del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por la Embajada de la Republica de Bolivia en el Peru, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de la Armada boliviana, del 22 de junio al 26 de MORDAZA del presente ano, con la finalidad de participar en el Ejercicio Multinacional UNITAS 45-04, Fase Anfibia y Fase Pacifico; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Armada de Bolivia, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 22 de junio al 26 de MORDAZA del 2004, con la finalidad de participar en el Ejercicio Multinacional UNITAS 45-04, Fase Anfibia y Fase Pacifico. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 08150

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan y aprueban donacion efectuada a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2004-EF MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, Midwest Peruvian Foundation For Education and Health de Chicago, Estados Unidos de MORDAZA ha efectuado una donacion a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el

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