Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2004 (28/04/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 267425

22.JUL.94, establecen obligaciones para los representantes legales, asi como las sanciones en caso de infraccion; Que a merito de la inspeccion inopinada, efectuada el 23.OCT.2003, personal de la Direccion de Control Operativo de la DICSCAMEC, se constituyo a las instalaciones de la Comunidad MORDAZA AGUA VIVA, ubicada en Prolongacion MORDAZA Nº 751, Surquillo - MORDAZA, constatando que la mencionada pseudo empresa viene brindando servicios de seguridad privada sin contar con la autorizacion de funcionamiento y empleando al vigilante privado no autorizado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desarrollando funciones de vigilancia privada sin contar con el carne de identidad correspondiente; Que, mediante Notificacion Nº 007-2003-IN-1704/1.1 del 16.DIC.2003, la DICSCAMEC, en cumplimiento a lo establecido en los articulos 20º y 23º de la Ley Nº 27444, se notifico, a traves de publicaciones realizadas en el Diario Oficial El Peruano y el diario "El Comercio", a las personas de MORDAZA MORDAZA SERVAN MORDAZA, identificado con DNI Nº 09449890 e MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificada con DNI Nº 09455516, representantes de la Empresa de Servicios de Seguridad Privada - NO AUTORIZADA "SERVICIO COMPLEMENTARIO MORDAZA Y MORDAZA S.R.L.", del inicio de MORDAZA administrativo sancionador, otorgandole cinco (5) dias habiles a partir de la publicacion de la misma para que presente sus descargos por escrito; Que la pseudo empresa de servicios de seguridad privada no ha cumplido con presentar sus descargos en el tiempo previsto por Ley; y estando a lo dispuesto en el articulo 235º num. 4 de la Ley Nº 27444, la autoridad que instruye el procedimiento; realizara de oficio las acciones necesarias para determinar la existencia de responsabilidad susceptible de sancion; Que, de la inspeccion efectuada y de la revision de la documentacion recepcionada se desprende que la ESSPNA "SERVICIO COMPLEMENTARIO MORDAZA Y MORDAZA S.R.L.", ha infringido el articulo 90º Inc. a) al prestar servicios de seguridad privada sin contar con la respectiva autorizacion de funcionamiento y permitiendo que su personal desarrolle funciones de Vigilante Privado, sin contar con el Carne de Identidad, que lo habilite para el ejercicio de dicha funcion. De conformidad a los articulos 93º inciso b) y 95º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, las multas son impuestas segun la gravedad de la infraccion y se aplicaran de conformidad a la escala establecida; Estando a lo informado por la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada, mediante Informe Nº 3452004-IN-1704/1 del 23.MAR.2004; y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Legal de la DICSCAMEC, mediante Dictamen Nº 173-2004-IN-1706 del 22.ENE.2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer multa de UNA Y MEDIA (1.5) UIT a la pseudo empresa "SERVICIO COMPLEMENTARIO MORDAZA Y MORDAZA S.R.L.", por infraccion al Art. 90º Inc. a) del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, en concordancia con lo establecido en el articulo 95º de la citada norma. Articulo 2º.- Conforme a lo dispuesto en el Art. 99º del acotado Reglamento, la empresa infractora, debera depositar el importe de la multa dentro del termino improrrogable de quince (15) dias en el Banco de la Nacion - Via Teleproceso en el Rubro "MULTA DICSCAMEC" - Tributo Nº 02100, debiendo remitir la boleta de empoce a la Direccion de Control de Servicios de Seguridad Privada de la DICSCAMEC, para su registro, en caso de incumplimiento o negativa de pago de la multa impuesta, se solicitara al Procurador Publico del Ministerio del Interior, la inmediata ejecucion de la cobranza sobre los bienes de la empresa responsable en la via judicial correspondiente. Articulo 3º.- Esta Direccion General DICSCAMEC, exhorta a su representada abstenerse de ofrecer, prestar y/o desarrollar servicios de seguridad privada asi como contratar personal para dicho fin, sin que previamente obtenga la respectiva autorizacion de funcionamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DEMARTINI MORDAZA Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil 08061

MIMDES
Encargan funciones del Gerente General de FONCODES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 240-2004-MIMDES MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 236-2004-MIMDES, de fecha 22 de MORDAZA de 2004, se autorizo el viaje del Lic. MORDAZA DUMLER CUYA, Gerente General del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, del 26 al 30 de MORDAZA de 2004, para que participe en el "Segundo Taller Internacional sobre Transferencias Condicionadas en Efectivo (TCE)"; Que, en consecuencia es necesario encargar las funciones del Gerente General del FONCODES, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594; en la Ley Nº 27793; en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar, al ingeniero MORDAZA MORDAZA Ginet MORDAZA, Subgerente de Liquidaciones y Transferencias del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, las funciones del Gerente General del FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a partir del 26 de MORDAZA de 2004 y mientras dure la ausencia del Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 08130

Autorizan adquirir alimentos para la coleccion zoologica del Patronato del MORDAZA de Las Leyendas "Felipe MORDAZA Barreda", mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
PATRONATO DEL MORDAZA DE LAS LEYENDAS "FELIPE MORDAZA BARREDA" RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 025-2004-PCD/PATPAL San MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2004 VISTOS: Los Informes Nº 141-2004-PATPAL/OAJ del 20 de MORDAZA del 2004, de la Jefa de la Oficina de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 287-2004-PATPAL/GA, del 19 de MORDAZA del 2004, del Gerente de Administracion, que contiene el Informe Tecnico Nº 229-2004/PATPAL-GA-UL del 16 de MORDAZA del 2004, del Jefe de la Unidad de Logistica del Patronato del MORDAZA de las Leyendas, PATPAL - MORDAZA MORDAZA Barreda; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establecen las normas basicas que deben observar las Entidades del Sector Publico, dentro de los criterios de racionalidad y transparencia, en los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.