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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (07/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 274010 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de agosto de 2004 sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan- do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso deincumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons- trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 13799 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 293-2004-MEM/DM Lima, 19 de julio de 2004 VISTA: La solicitud de imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución aérea monoposte paraServicio Público de Electricidad Nº 3654, presentada por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Regis-tro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación dedistribución aérea monoposte para Servicio Público de Elec- tricidad Nº 3654, ubicada en la vereda de la cuadra 6 de la avenida Pedro Ayala Cuya, distrito de Santa Cruz de Flo-res, provincia de Cañete y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 31160104; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Con-cesiones Eléctricas, los concesionarios están faculta- dos a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes depropiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comu- nicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 124-2004-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupa-ción de bienes públicos para la instalación de la subes- tación de distribución aérea monoposte para Servicio Pú- blico de Electricidad Nº 3654, ubicada en la vereda de lacuadra 6 de la avenida Pedro Ayala Cuya, distrito de San- ta Cruz de Flores, provincia de Cañete y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y losplanos proporcionados por la empresa, conforme al si- guiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre servi- terreno dumbre 31160104 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 3654. 4,85 m2del Estado Ubicación: distrito de Santa Cruz y aires (vía pública)de Flores, provincia de Cañete y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 322 022,046 8 604 877,594 B 322 019,800 8 604 873,296 C 322 018,914 8 604 873,759 D 322 021,159 8 604 878,058 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la ser- vidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan- do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso deincumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons- trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 13798 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2004-EM Resolución Suprema que aprueba la modificación del Contrato de Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, aprobado por Resolución Suprema Nº 101-2000-EM Mediante Oficio Nº 276-B-2004-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Suprema Nº 042-2004-EM, publicada en nuestra edición del 2 de agosto de 2004. DICE: "Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Contrato de Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, aprobado por Resolución SupremaNº 101-2000-EM, a suscribirse entre el Estado y Trans- portadora de Gas del Perú S.A., con la intervención de Te- cgas N.V., Red de Energía del Perú S.A., PERUPETROS.A., para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución." DEBE DECIR: "Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Contrato de Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, aprobado por Resolución Supre-ma Nº 101-2000-EM, a suscribirse entre el Estado y Transportadora de Gas del Perú S.A., con la interven-