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PÆg. 274018 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de agosto de 2004 VISTOS: El Informe Técnico Nº 002-2004/VIVIENDA-OGA, de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 382-2004- VIVIENDA-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurí-dica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 118-2003-VI- VIENDA del 30 de mayo de 2003, se exoneró al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del requisito de Concurso Público, para la celebración de un Contrato deArrendamiento con la Empresa Petróleos del Perú - PE- TROPERU S.A., respecto del inmueble sito en la Av. Pa- seo de la República Nº 3361, San Isidro, autorizándolo aefectuar dicha contratación mediante proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía, por el período comprendido del 1 de junio de 2003 al 31 de diciembre de 2003, por un valorreferencial de S/. 1´147,811.86; Que, en mérito a lo dispuesto en el considerando prece- dente, se suscribió el Contrato de Arrendamiento Nº ADCO-SER-007-2003, por el período comprendido del 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2003; Que, por Resolución Ministerial Nº 275-2003-VIVIEN- DA, se exoneró al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del requisito de Concurso Público, para la prórroga del Contrato de Arrendamiento suscrito el 31 demayo de 2003, autorizándolo a efectuar dicha contratación mediante Adjudicación de Menor Cuantía, por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2004,por un monto total de S/. 1 147 811.86 (Un Millón Ciento Cuarenta y Siete Mil Ochocientos Once y 86/100 Nuevos Soles), suscribiéndose el Primer Addendum al Contrato deArrendamiento en mención, por un período de 7 meses calendario, desde el 1/1/2004 hasta el 31/07/2004; Que, mediante el Informe Técnico de Vistos, la Oficina General de Administración señala que estando por culmi- nar el plazo del Contrato antes referido, resulta necesario prorrogar la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembrede 2004, teniendo en cuenta que en el referido inmueble funcionan las oficinas administrativas del Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento, en cuyas instalacio-nes viene laborando el personal con el propósito de cum- plir con las metas y objetivos encomendados; Que, mediante Carta ADCO-1572-2004, el Gerente del Departamento de Adquisiciones y Contratos de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. manifiesta su intención de prorro- gar el Contrato de Alquiler en los mismos términos y condi-ciones sin que la misma signifique un incremento en la renta; Que, por Informe de Vistos, la Oficina General de Aseso- ría Jurídica manifiesta que el marco jurídico en el que se rea-lizará la prórroga del Contrato de Arrendamiento materia del presente resolutivo, está determinado en el T.U.O. de la Ley Nº 26850, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y suReglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, el literal g) del Artículo 19º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece queestán exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicenpara prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimientodel índice general de precios al por mayor; Que, el Artículo 20º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, pre- cisa que todas las exoneraciones, salvo la prevista en elliteral b) del citado Artículo 19º, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, según co- rresponda y se realizarán mediante el proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía; Que, el numeral 3) del Artículo 119º del Reglamento del T.U.O. de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM establece que las prórrogas sucesivas de los contra- tos de arrendamiento deberán efectuarse observando las condiciones previstas en los contratos respectivos, conte-niendo necesariamente una cláusula de resolución unila- teral a favor de la entidad, sin pago de indemnización por ningún concepto y sin incluir opción de compra;Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica, de la Oficina General de Administración y de la Ofici-na General de Planificación y Presupuesto; y, De conformidad con lo establecido en el literal g) del Artículo 19º y en el Artículo 20º del T.U.O. de la Ley Nº26850, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y en el nume- ral 3) del Artículo 119º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento del requisito de Concurso Público, para la prórroga del Contrato de Arrendamiento suscrito el31 de mayo de 2003, con la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., respecto del inmueble de su propie- dad sito en Av. Paseo de la República Nº 3361, San Isidro,prorrogado hasta el 31 de julio de 2004, autorizándolo a efectuar dicha contratación mediante Adjudicación de Me- nor Cuantía, por el período comprendido entre el 1 de agostoy el 31 de diciembre de 2004, por un monto total de S/. 722,819.00 (SETECIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIEN- TOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), suma queincluye el pago de la renta, el alquiler de estacionamientos y los gastos, en forma proporcional al área a ser ocupada por VIVIENDA, de los servicios de agua, energía eléctrica,arbitrios, limpieza, seguridad y vigilancia, tributos vigen- tes, y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio a contratar por las razones expuestas enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La prórroga a que se refiere el artículo precedente, se realizará de acuerdo a las normas conte-nidas en el T.U.O. de la Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM y sus normas modificatorias. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial así como los Informes Técnico y Legal que la sustentan, serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de laRepública, dentro de los diez (10) días siguientes a la fe- cha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 14374 Delegan a SEDAPAL facultades de califi- car viabilidad de proyectos en la fasede Preinversión y autorizar elaboraciónde expedientes tØcnicos o estudiosdefinitivos y ejecución de proyectos deinversión pœblica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2004-VIVIENDA Lima, 6 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 27293; Ley del Sistema Nacional de Inversión Pú- blica, el Ministerio de Economía y Finanzas califica la via-bilidad de los proyectos que se encuentren en la fase de Preinversión, pudiendo delegar a los sectores esta atribu- ción total o parcialmente. Del mismo modo en cada Sectorel órgano resolutivo puede delegar esta atribución a las Entidades y Empresas pertenecientes a su Sector; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10º de la Ley Nº 27293, el Ministro o la máxima autoridad ejecuti- va constituye el órgano resolutivo de cada sector y, en con- cordancia con la normatividad presupuestal vigente, auto-riza la elaboración del expediente técnico y la ejecución de los proyectos de inversión pública. Asimismo, el órgano