Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (07/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 274016 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que el artículo 2º del D.S. Nº 040-2001-PE, Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, pre- cisa que el cumplimiento de las condiciones que se esta-blecen en la Norma Sanitaria, será gradual y obligatorio, implementándose, en el caso de los desembarcaderos pes- queros, en un plazo máximo de tres años, que vence el 31de diciembre del 2004; Que en el Desembarcadero Pesquero Artesanal de Ta- lara, administrado actualmente por el Gremio de Pescado-res Artesanales San Pedro de Talara, se viene desembar- cando un promedio diario de 150 TM de pota, habiendo sobrepasado la capacidad de recepción y de servicios quebrinda el mismo; por lo que el producto hidrobiológico ca- rece de un óptimo tratamiento higiénico sanitario, aunado al abastecimiento en el desembarcadero con agua conta-minada, al presentarse una paulatina degradación de la zona litoral por la disposición de los residuos sólidos de pota en zonas de poca profundidad; Que con el propósito de adecuar el desembarcadero pesquero artesanal de Talara a la Norma Sanitaria, se hace necesario conformar un Comité de Trabajo encargado deevaluar, seleccionar y ejecutar las alternativas más conve- nientes para el tratamiento higiénico sanitario del recurso hidrobiológico y la protección del medio ambiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Poder Ejecutivo, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCEy el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; y, Con la visación del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir un Comité de Trabajo encargado de adecuar el Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara a la Norma Sanitaria para las Actividades Pesque- ras y Acuícolas, el mismo que estará conformado por: - El Director Nacional de Pesca Artesanal, quien lo pre- sidirá. - El Director Regional de la Producción de Piura. - Un representante de las Direcciones Nacionales de Medio Ambiente, de Pesquería y de Extracción y Procesa-miento Pesquero. - Un representante del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero. - Un representante del Gobierno Regional de Piura - Un representante de la Municipalidad Provincial de Talara. - El Presidente del Gremio de Pescadores Artesanales San Pedro de Talara. Artículo 2º.- El Comité de Trabajo deberá evaluar, se- leccionar y ejecutar las alternativas más convenientes para el tratamiento higiénico sanitario del recurso hidrobiológi-co y la protección del medio ambiente, dentro del plazo máximo establecido en el artículo 2º del D.S. Nº 040-2001- PE. Artículo 3º.- El Comité se instalará dentro de los 5 días útiles de publicada la presente resolución, debiendo pre- sentar el Plan de Adecuación al Ministerio de la Produc-ción, en un plazo de treinta (30) días contados a partir de su instalación. Los Organismos Públicos Descentralizados del sec- tor brindarán la información que sea solicitada por el Co- mité. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución al FON- DEPES, ITP, IMARPE, DIREPRO Piura, Gobierno Regio- nal de Piura, Municipalidad Provincial de Talara, Gremio de Pescadores Artesanales San Pedro de Talara y Desem-barcadero Pesquero Artesanal de Talara. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 14323TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Direc- ción General de AeronÆutica Civil aEE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 587-2004-MTC/02 Lima, 4 de agosto de 2004 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro- bados por resolución suprema refrendada por el Presiden- te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres-pondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba- rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es- pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales esta- blecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y po-der mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe man- tener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad ope-racional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposicio- nes establecidas en el citado Convenio y en los estándares dela Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con carta DINPU 663/ 07/04, de fecha 20 de julio de 2004, en el marco del Proce-dimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar loschequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 767, en la ciudad de Denver, a sus tripulantes técnicos Luis Siles y Carlos García, durante los días 9 y 11 de agosto de2004, en la ciudad de Miami, a sus tripulantes técnicos Juan Sassarini, Pedro Alvarado, Javier Alemán y Luis Montes, durante los días 14 al 16 de agosto de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 15899, 15900, 15914, 15919, 15920 y 16108, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspon-diente al citado Procedimiento Nº 5, ante la Dirección de Teso- rería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1121-2004-MTC/12.04-SDO designando al Ins-