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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (16/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 2

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G36/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de agosto de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G33/G33/G32 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:La Comisión Permanente del Congreso de la Repúblicaha dado la Ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G44/G45/G4C/G20/G46/G4F/G4E/G44/G4F/G20/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G20/G44/G45/G20/G44/G45/G53/G41/G52/G52/G4F/G4C/G4C/G4F /G44/G45/G20/G4C/G41/G20/G45/G44/G55/G43/G41/G43/G49/GD3/G4E/G20/G50/G45/G52/G55/G41/G4E/G41/G20/G28/G46/G4F/G4E/G44/G45/G50/G29 Artículo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley establece la organización y los meca- nismos para el funcionamiento del Fondo Nacional de De- sarrollo de la Educación Peruana (FONDEP), creado por Ley Nº 28044, Ley General de Educación; así como elmarco general para el financiamiento de los proyectos edu- cativos presentados ante el mismo. Artículo 2º.- Naturaleza El FONDEP es un programa presupuestal del Ministe- rio de Educación, es de ámbito nacional y opera de mane-ra descentralizada, tiene autonomía técnica, administrati- va y financiera. Artículo 3º.- Finalidad El FONDEP apoya el financiamiento de proyectos de inversión, innovación y de desarrollo educativo propuestosy ejecutados por las instituciones educativas, destinados a elevar la calidad del aprendizaje de los estudiantes y el mejoramiento del servicio educativo que asegure la equi-dad educativa. Artículo 4º.- Beneficiarios Son beneficiarios del FONDEP y acceden al financia- miento, las instituciones educativas de educación básica, técnico-productivas y superior que, individual o colectiva-mente, presenten y sustenten sus proyectos conforme a lo establecido en el reglamento: 1. Las instituciones educativas de educación básica, técnico-productiva, comunitaria y superior. 2. Los proyectos que propongan los beneficiarios deben estar contenidos en su respectivo Pro- yecto Educativo Institucional; para su ejecución pueden establecer convenios de gestión con or-ganismos gubernamentales, organizaciones de la sociedad civil y profesionales especializados. 3. Toda institución educativa que haya percibido recursos del FONDEP se obliga a: registrar, di- fundir e intercambiar experiencias e información obtenidas en la postulación y ejecución desus proyectos, con las demás instituciones afi- nes. 4. El FONDEP otorga prioridad a los proyectos ubi- cados en las zonas más deprimidas, urbano mar- ginales, rurales y de frontera, así como aquellos proyectos que por su necesidad, utilidad y origina-lidad sirvan para validar modelos pedagógicos y de gestión capaces de ser reproducidos por otras instituciones educativas. Artículo 5º.- Asistencia técnica 5.1 El FONDEP brinda asistencia y asesoramiento téc- nico a las instituciones educativas para la elabora-ción, postulación, evaluación y aprobación de sus proyectos. 5.2 Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, según co- rresponda, asesoran a las instituciones educativasRes. Nº 277-2004-COFOPRI/TAP.- Declaran nulo procedimiento de mejor derecho de posesión respecto a inmueble ubicado en eldistrito de Cerro Colorado, provincia de Arequipa 274659 Res. Nº 280-2004-COFOPRI/TAP.- Declaran infundada que- ja interpuesta por defectos de tramitación respecto de lote de terreno ubicado en el distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash 274660 SUNARP Res. Nº 354-2004-SUNARP/SN.- Disponen que Jefes de Ofici- nas Zonales de la SUNARP realicen coordinaciones conmunicipalidades a efectos de cumplir con lo dispuesto en la Ley Nº 28235 274661 Res. Nº 393-2004-SUNARP-TR-L.- Confirman tacha formu- lada por registrador del Registro de la Propiedad Inmueble de Huaral 274661 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD Res. Nº 044-2004-SEPS/CD.- Aprueban Reglamento sobre los Activos e Inversiones de las Entidades Prestadoras de Salud en respaldo de sus obligaciones técnicas 274663 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC Acuerdo Nº 045-2003-CR-APURIMAC.- Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regio- nal de Apurímac 274664GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Ordenanza Nº 008-GRJ/CR.- Crean y declaran Zona de De- sarrollo Turístico Prioritario Regional "El Circuito de Integra-ción Bi Regional, Junín - Lima" 274672 Ordenanza Nº 009-GRJ/CR.- Declaran Patrimonio Cultural de la Región Junín el Festival - Feria Internacional de la Maca 274672 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE SAÑO Acuerdo Nº 001-2004-CM/MDSS.- Aprueban iniciar gestio- nes de saneamiento físico legal de terreno declarado como depropiedad de la municipalidad 274673 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO R.A. Nº 309-2004-A-MDS-REGION-ICA.- Designan Auxi- liar Coactivo de la municipalidad 274674