Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2004 (16/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 16 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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del Tribunal no podran, simultaneamente, ser miembros del Consejo Directivo de la entidad." Articulo 8º.- Del Consejo de Usuarios Incorporanse los articulos 9º-A y 9º-B a la Ley Nº 27332, con los textos siguientes: "Articulo 9º-A .- Del Consejo de Usuarios Los Organismos Reguladores contaran con uno o mas Consejos de Usuarios cuyo objetivo es constituirse en mecanismos de participacion de los agentes interesados en la actividad regulatoria de cada sector involucrado. Los Consejos de Usuarios a que se refiere el presente articulo estaran conformados en atencion a las caracteristicas propias de los mercados regulados por los Organismos Reguladores, segun se trate de servicios de alcance nacional, regional o local. El Reglamento General de cada Organismo Regulador establecera la estructura, distribucion geografica, conformacion y el procedimiento para la designacion y/o eleccion de los miembros de los Consejos de Usuarios, garantizando la participacion efectiva de las Asociaciones de Consumidores y de los usuarios de la infraestructura en general. Estaran calificados para participar en la eleccion del representante de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, aquellas personas juridicas debidamente constituidas y que se encuentren inscritas en el registro publico respectivo. El mandato de los miembros de los Consejos de Usuarios sera de dos (2) anos. Articulo 9º-B .- Competencias del Consejo de Usuario Los Consejos de Usuarios son competentes para: a) Emitir opinion respecto de las funciones a que se refiere el articulo 3º de la presente Ley. b) Participar en las audiencias publicas que se realicen referidas al MORDAZA regulatorio de cada sector. c) Realizar eventos academicos, en coordinacion con los Consejos Directivos, respecto a los aspectos regulatorios de cada sector. d) Recibir y presentar al Consejo Directivo del Organismo Regulador las consultas de los usuarios de la infraestructura con relacion a las politicas y normas del Organismo Regulador. e) Proponer lineas de accion que se consideren convenientes para mejorar la calidad de la prestacion de los servicios bajo el ambito de competencia del Organismo Regulador. f) Otras que MORDAZA previstas en el reglamento de la presente Ley. Mediante acuerdo del Consejo Directivo de cada Organismo Regulador se establecera la forma de financiamiento de los Consejo de Usuarios, pudiendose destinar para tal fin un porcentaje de las multas impuestas por el Organismo Regulador." Articulo 9º.- MORDAZA derogatoria Derogase o dejase sin efecto, segun corresponda, toda disposicion que se oponga a la presente Ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS PRIMERA.- El Poder Ejecutivo expedira mediante decreto supremo, dentro de los treinta (30) dias siguientes a la vigencia de la presente Ley, las disposiciones reglamentarias y complementarias para su mejor aplicacion. Asimismo, el reglamento establecera el procedimiento para la designacion y/ o eleccion de los representantes ante los Consejos de Usuarios a que se refiere el articulo 8º de la presente Ley. Los Organismos Reguladores adecuaran sus reglamentos y normas correspondientes a lo dispuesto en la presente Ley. SEGUNDA.- Los nuevos requisitos que son incorporados para ser miembro del Consejo Directivo y del Tribunal de Solucion de Controversias de los Organismos Reguladores, asi como las nuevas causales de incompatibilidad, son de aplicacion para quienes MORDAZA designados en dichos

cargos a partir de la vigencia de la presente Ley, de acuerdo a los procedimientos establecidos. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 14895

PODER EJECUTIVO PCM
Encargan funciones de representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la CONAPA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 236-2004-PCM MORDAZA, 15 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 266-2003-PCM se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA, quien a su vez la presidiria; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha formulado renuncia al cargo, por lo que resulta conveniente disponer la correspondiente encargatura; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Encargar al arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comision Nacional de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuanos - CONAPA, quien la presidira. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 14899

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