Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2004 (16/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28333
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 16 de agosto de 2004

Articulo 2º.- Reglamentacion El Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo, reglamentara la presente Ley en el plazo de treinta (30) dias siguientes a su publicacion. Articulo 3º.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia a los noventa (90) dias siguientes a su publicacion. Articulo 4º.- MORDAZA derogatoria Deroganse las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 14892

Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE MODIFICA LA FECHA DE INGRESO DE PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA, AUTORIZADO MEDIANTE RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28293
Articulo Unico.- Objeto de la Resolucion Legislativa Modificase la fecha de ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA con armamento al territorio de la Republica, autorizado mediante Resolucion Legislativa Nº 28293, debiendose establecer como nueva fecha de ingreso del referido personal militar, entre los dias del 17 de agosto al 15 de octubre de 2004. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de agosto de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA SIBINA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 13 de agosto de 2004 Cumplase, comuniquese, publiquese, registrese y archivese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 14891

LEY Nº 28335
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY Nº 28334
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE CREA EL INDICE DE BARRERAS BUROCRATICAS DE ACCESO AL MORDAZA IMPUESTAS A NIVEL LOCAL
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Crease el Indice de Barreras Burocraticas de Acceso al MORDAZA impuestas a nivel local que afecten indebidamente la competitividad de los agentes economicos, el mismo que contendra la relacion de barreras burocraticas discriminada por municipalidad sea provincial o distrital, y que han sido debidamente identificadas por la Comision de Acceso al MORDAZA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, de conformidad con el articulo 26º BIS del Decreto Ley Nº 25868 y normas afines. Articulo 2º.- Comision de Acceso al MORDAZA Encargase a la Comision de Acceso al MORDAZA del INDECOPI la elaboracion del Indice de Barreras Burocraticas de Acceso al MORDAZA a nivel local y de su difusion anual a traves de la pagina web del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI y de la

LEY QUE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE CONSIGNAR EL SIGNIFICADO DE LOS ITEMS FACTURABLES EN LOS RECIBOS EMITIDOS POR LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Las empresas que brindan los servicios publicos de electricidad, saneamiento y telecomunicaciones estan obligadas a consignar en el dorso de la factura que emiten a sus usuarios finales o abonados, el significado de los conceptos facturables.

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