TEXTO PAGINA: 13
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G36/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de agosto de 2004 El cálculo del factor a aplicar al principal de los bonos para efectos del pago a los titulares de los bonos se debe- rá realizar considerando un mínimo de ocho (8) decimales en cada una de las operaciones. El factor final así calcula-do será redondeado a un mínimo de ocho (8) decimales. 14896 PRODUCE /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G54/G61/G6C/G6C/G65/G72/G20/G22/G4D/G65/G64/G69/G6F /G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G65/G2C/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G69/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G53/G6F/G73/G74/G65/G6E/G69/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/GED/G61/G20/G41/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C/G22/G2C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2004-PRODUCE Lima, 13 de agosto del 2004 Visto el Oficio Nº 769-2004-PRODUCE/DINAMA, de fecha 25 de junio de 2004 dirigido a la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25977 "Ley General de Pesca", en su artículo 1º establece como objetivo, entre otros, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos,optimizando los beneficios económicos, en armonía con la pre- servación del medio ambiente y la conservación de la biodiver- sidad; Que, el artículo 6º de la indicada Ley General de Pesca, establece que el Estado, dentro del marco regulador de la acti- vidad pesquera, vela por la protección y preservación del me-dio ambiente, exigiendo que se adopten las medidas necesa- rias para prevenir, reducir y controlar los daños o riesgos de contaminación y deterioro en el entorno marítimo, terrestre yatmosférico; Que, el Ministerio de la Producción a través de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, promueve la educación ambien-tal en el ámbito de colegios, gremios, comunidades y población urbana y rural, en coordinación con el Ministerio de Educación, el Consejo Nacional del Ambiente y otras entidades con finessimilares para lograr la participación de la comunidad; Que, mediante el documento del visto, la Dirección Nacio- nal de Medio Ambiente, solicita la oficialización del SeminarioTaller "Medio Ambiente, Competitividad y Desarrollo Sosteni- ble de la Pesquería Artesanal", a desarrollarse en la ciudad de Chiclayo el 16 y 17 de agosto del 2004; cuyos objetivos y al-cances guardan armonía con los lineamientos de política del sector; Que, el espíritu del indicado evento está orientado a mejo- rar, actualizar y unificar criterios para propiciar el desarrollo in- tegral de la pesca artesanal con la finalidad de elevar el nivel socioeconómico de los pescadores artesanales y sus familia-res, intercambiando experiencias tecnológicas sobre prácticas limpias de producción y técnicas de reciclaje de residuos de pescado para superar el problema de contaminación y degra-dación de las zonas marino costeras; y asimismo, lograr la di- versificación de la producción, incrementar el valor agregado, la competitividad de sus productos y concientizar en el pesca-dor artesanal la importancia de la cadena productiva y el desa- rrollo sostenible de la pesquería artesanal, por lo que resulta pertinente darle el carácter oficial al citado evento; Con la visación de las Oficinas Generales de Administra- ción, Asesoría Jurídica, y de Desarrollo y Planeamiento Estra- tégico; De conformidad a lo dispuesto en el artículo 37º del Decre- to Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presu- puestaria del Estado, Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del artículo11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE - Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio de la Pro- ducción y modificatoria; y con la visación del Viceministro dePesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Seminario Taller "Medio Am- biente, Competitividad y Desarrollo Sostenible de la Pesque-ría Artesanal" a desarrollarse en la ciudad de Chiclayo el 16 y 17 de agosto del 2004; cuyo Programa y Presupuesto for- man parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La organización del evento estará a cargo de la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Viceminis- terio de Pesquería del Ministerio de la Producción. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Adminis- tración a cumplir con el egreso que demande el cumpli- miento de la presente Resolución, hasta por un monto de S/. 50.000,00 (Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles). Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución, deberá afectarse con cargo a la partida presupuestaria de la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Subsector dePesquería. Función 12: Pesca; Programa 044: Promoción de la Producción Pesquera; Subprograma 0117: Fomento de la Pesca; Actividad 1.00531: Vigilancia y Control delMedio Ambiente; Componente 3.00416: Control Ambien- tal, Meta 00001: Preservación del Medio Ambiente, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 14845 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 603-2004-MTC/02 Lima, 10 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro- bados por resolución suprema refrendada por el Presiden- te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres-pondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba- rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es- pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales esta- blecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y po-der mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe man- tener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad ope-racional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposicio- nes establecidas en el citado Convenio y en los estándares dela Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Aero Transporte S.A., con Carta ATSA OPER INST. 107-04, del 19 de julio de 2004, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Direc- ción General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal),