Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2004 (26/08/2004)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 26 de agosto de 2004

tro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15498

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la administracion publica y la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 455-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 23 de agosto de 2004 Visto, el Oficio Nº 2922-2004-GO/RENIEC, el Informe Nº 820-2004-GO-SGREC/RENIEC, y el Informe Nº 865 2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de agosto de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora ha detectado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELLEZA, en su calidad de Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Coayllo - provincia de Canete - departamento de MORDAZA, entre los anos 2000 y 2002, llevo a cabo de manera irregular la Inscripcion de Asientos Registrales de Matrimonio, contraviniendo disposiciones legales vigentes, que afectan la seguridad juridica de los Registros de Estado Civil; Que, conforme lo expuesto, se tiene que las Actas de Matrimonio Nº 00297614, Nº 00297601, Nº 00297602, Nº 00297603 y Nº 115748 fueron emitidas irregularmente por la Jefe de la Oficina Registral precitada, ya que en los expedientes administrativos que les dieron origen, no obran los documentos de sustento que son requeridos por Ley; Que, asimismo, las Actas Nº 00297606, Nº 00297607, Nº 00297604, Nº 00297613, Nº 00297616, Nº 00297617, Nº 00297618, Nº 00297619, Nº 00297620, Nº 00518683, Nº 00297608, Nº 00297615, Nº 00518681 y Nº 00518684, resultan siendo inscripciones irregulares, puesto que a pesar de poseer como sustento sus respectivas Actas de Celebracion, en unos casos estas no se encuentran suscritas por el MORDAZA y en otros no han sido suscritas por autoridad competente; Que, ante los hechos precisados, existe la presuncion razonada que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELLEZA en su calidad de Jefe de la Oficina Registral de la Municipalidad Distrital de Coayllo - provincia de Canete - departamento de MORDAZA, ha omitido irregularmente la observancia de las formalidades prescritas conforme la funcion que desempenaba, e insertado datos inexistentes al efectuar asientos registrales sin el acta de celebracion respectiva, comportamiento tipificado como delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de Incumplimiento de Deberes Funcionales, y contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 377º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELLEZA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELLEZA, por presunto delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de Incumplimiento de Deberes Funcionales, y contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15499

SBS
Autorizan al Banco Continental la apertura de agencias en los distritos de San MORDAZA de Lurigancho y Comas, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1397-2004 MORDAZA, 13 de agosto de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continenal para que se le autorice la apertura de una (1) agencia ubicada en la Av. Proceres de la Independencia Nºs. 1643-1643 A, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" mediante el Informe Nº DESF "B" 122-OT/2004; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificaciones, con la Circular Nº B-2134-2004; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Continental la apertura de una (1) agencia ubicada en la Av. Proceres de la Independencia Nºs. 1643-1643 A, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 15399

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