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PÆg. 275244 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de agosto de 2004 tro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 15498 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de lacomisión de delitos contra laadministración pœblica y la fe pœblica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 455-2004-JEF/RENIEC Lima, 23 de agosto de 2004 Visto, el Oficio Nº 2922-2004-GO/RENIEC, el Informe Nº 820-2004-GO-SGREC/RENIEC, y el Informe Nº 865 -2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de AsesoríaJurídica, de fecha 12 de agosto de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, en su permanentelabor fiscalizadora ha detectado que la ciudadana HIL-DA VIRGILIA COSME BELLEZA, en su calidad de Jefede la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipali- dad Distrital de Coayllo - provincia de Cañete - departa- mento de Lima, entre los años 2000 y 2002, llevó a cabode manera irregular la Inscripción de Asientos Registra-les de Matrimonio, contraviniendo disposiciones legalesvigentes, que afectan la seguridad jurídica de los Regis-tros de Estado Civil; Que, conforme lo expuesto, se tiene que las Actas de Matrimonio Nº 00297614, Nº 00297601, Nº 00297602,Nº 00297603 y Nº 115748 fueron emitidas irregularmentepor la Jefe de la Oficina Registral precitada, ya que enlos expedientes administrativos que les dieron origen,no obran los documentos de sustento que son requeri- dos por Ley; Que, asimismo, las Actas Nº 00297606, Nº 00297607, Nº 00297604, Nº 00297613, Nº 00297616, Nº 00297617,Nº 00297618, Nº 00297619, Nº 00297620, Nº 00518683,Nº 00297608, Nº 00297615, Nº 00518681 y Nº 00518684,resultan siendo inscripciones irregulares, puesto que a pesar de poseer como sustento sus respectivas Actas de Celebración, en unos casos éstas no se encuentran sus-critas por el Alcalde y en otros no han sido suscritas porautoridad competente; Que, ante los hechos precisados, existe la presun- ción razonada que la ciudadana HILDA VIRGILIA COS- ME BELLEZA en su calidad de Jefe de la Oficina Regis- tral de la Municipalidad Distrital de Coayllo - provinciade Cañete - departamento de Lima, ha omitido irregular-mente la observancia de las formalidades prescritas con-forme la función que desempeñaba, e insertado datosinexistentes al efectuar asientos registrales sin el acta de celebración respectiva, comportamiento tipificado como delito contra la Administración Pública, en la mo-dalidad de Incumplimiento de Deberes Funcionales, ycontra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideo-lógica, previstos y sancionados en los artículos 377º y428º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídicaresulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que interponga las accionesque correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil contra HILDA VIRGILIA COSME BELLEZA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, para que en nombrey representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra HILDA VIRGILIA COSME BELLEZA, por presunto delito contrala Administración Pública, en la modalidad de Incumpli- miento de Deberes Funcionales, y contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio delEstado y del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura- dor Público encargado de Ios asuntos judiciales del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 15499 SBS Autorizan al Banco Continental la apertura de agencias en los distritos de San Juan de Lurigancho y Comas, pro- vincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1397-2004 Lima, 13 de agosto de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continenal para que se le autorice la apertura de una (1) agencia ubicada en la Av. Próceres de la Independencia Nºs. 1643-1643 A, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departa-mento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "B" mediante el Informe Nº DESF "B" 122-OT/2004; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificaciones, con la Cir- cular Nº B-2134-2004; y, en virtud de las facultades dele-gadas mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental la aper- tura de una (1) agencia ubicada en la Av. Próceres de la Independencia Nºs. 1643-1643 A, distrito de San Juan deLurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 15399