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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G34/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 29 de agosto de 2004 La ausencia de acuerdos por consenso no impide al Concejo Municipal de la Molina decidir lo pertinente. Artículo 23º.- Acuerdos del CCLD.- Cuando no exis- tan acuerdos por consenso, éstos se tomarán por mayoríasimple de votos de los miembros presentes al momento deproducirse la votación. El Presidente tiene voto dirimenteen caso de empate. Artículo 24º.- De las Sesiones del CCLD.- Las sesio- nes del CCLD son: 1) Ordinarias. 2) Extraordinarias. Artículo 25º.- Sesiones Ordinarias.- El CCLD se re- úne en Sesiones Ordinarias dos veces al año. En el primersemestre se reúne para coordinar, concertar y proponer elPlan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado; en elsegundo semestre se reúne para concertar el Presupues-to Participativo Distrital. Artículo 26º.- Sesiones Extraordinarias del CCLD.- Se celebran cuando lo convoque el Alcalde o a solicituddel cincuenta por ciento de los miembros hábiles del CCLD.En estas sesiones sólo se tratan los temas que son objetode la convocatoria. CAPÍTULO VI DEL SECRETARIO TÉCNICO Artículo 27º.- Del Secretario Técnico .- El Secretario Técnico es el Gerente de Participación Vecinal Artículo 28º.- Funciones.- Son funciones y atribucio- nes del Secretario Técnico del CCLD las siguientes: a) Elaborar y despachar las citaciones de los miem- bros del CCLD. b) Asistir a las sesiones del CCLD.c) Extender por cualquier medio impreso el acta de las sesiones e insertarlas en el libro de Actas del CCLD. d) Informar sobre la correspondencia recibida y envia- da. e) Tramitar y suscribir el despacho del CCLD.f) Otras funciones que se le asignen. Artículo 29º.- Convocatoria al CCLD.- El Secretario Técnico, por encargo del Alcalde, convoca a los miembrosdel CCLD a sesión mediante esquelas que contienen laorden del día y la información necesaria sobre cada temade manera que puedan conocer en forma suficiente lascuestiones que deban ser debatidas. Artículo 30º.- Plazo de Convocatoria.- Entre la con- vocatoria y la sesión mediará cuando menos cuarenta yocho horas (48 hrs), no obstante el CCLD quedará válida-mente constituido cuando sin cumplir los requisitos de con-vocatoria se reúnan todos sus miembros hábiles y acuer-den por unanimidad iniciar una sesión extraordinaria. Iniciada la sesión, no puede ser objeto de acuerdo nin- gún asunto fuera de la Orden del Día, salvo que por mayoríao por disposición del presidente se acuerden su inclusión. Artículo 31º.- Inasistencia a las Sesiones .- En caso de enfermedad u otro impedimento, los miembros del CCLDcomunicarán por cualquier medio al Secretario Técnico suinasistencia a la sesión; esta comunicación será puestaen conocimiento del CCLD en la sesión correspondiente. Artículo 32º.- Desarrollo de las Sesiones.- Al inicio de la sesión, el Presidente dispondrá que el Secretario Téc-nico pase lista. De haber quórum, abrirá la sesión. El quórum para la instalación y funcionamiento válido de las sesiones del CCLD se constituye con la presenciade la mitad más de uno de sus miembros hábiles. De no haber quórum, la sesión se instalará en segunda convocatoria sesenta minutos después de la hora señala-da para la primera, y se llevará a cabo con los miembrosdel CCLD que asistan. Sólo se considerará asistentes a los miembros que es- tén presentes antes de iniciada la Estación de Orden deDía y a los que permanezcan hasta finalizada la misma. Artículo 33º.- Impedimento de Representación .- Du- rante las sesiones ningún miembro del CCLD podrá asu-mir la representación de otro ausente para formalizar ensu nombre declaraciones, pedidos o propuestas de ningu-na naturaleza. Artículo 34º.- Participación de Terceros en las Se- siones.- El Alcalde o Regidor que preside la Sesión puede llamar para tomar parte en la Sesión a las personas de-pendientes o no de la Municipalidad que puedan propor-cionar información o expresar opiniones que ayuden alCCLD a adoptar las decisiones más convenientes.CAPÍTULO VII DE LAS ACTAS Articulo 35º.- Contenido del Acta.- El acta deberá con- tener el lugar y fecha en que se realizó la Sesión, el nombrede los que asistan, los temas de deliberación, un resumende los debates, cada acuerdo por separado con indicaciónde la forma y sentido de los votos. El acuerdo debe expre-sar el sentido de la decisión adoptada. El acta luego de ser aprobada será firmada por el Se- cretario técnico, el Alcalde y por los Miembros del CCLDque así lo soliciten CAPÍTULO VIII DE LA ORDEN DEL DÍA Artículo 36º.- Contenido de la Agenda. - En la Orden del Día se debatirá y votará solamente los temas consig-nados en la agenda y los que durante la sesión, por excep-ción y que de acuerdo al Artículo 32º, hubieran pasado aesta estación. Artículo 37º.- Intervenciones en los Debates .- Du- rante el debate ningún miembro del CCLD podrá intervenirmás de dos veces sobre el mismo asunto, excepto, cuan-do sea el caso, el presidente de la Comisión que emitió eldictamen. Ninguna intervención durará más de tres minutos. Sin embargo, el Presidente puede conceder tiempo adicionalpor un lapso no mayor al original cuando la naturaleza deltema así lo exija. El tiempo para cada intervención es intransferible. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA En ningún caso y por ningún concepto los miembros del CCLD percibirán dietas, viáticos u otro tipo de remune-ración o asignación por su asistencia a las sesiones o porla labor que realicen. DISPOSICIÓN FINAL En lo no previsto en la presente Ordenanza, se aplicará los dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, lasdisposiciones legales pertinentes y, supletoriamente, lo es-tablecido en el Reglamento Interno de la Municipalidad deLa Molina aprobado por la Ordenanza Nº 065. 15738 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G2D /G62/G6C/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G2D /G76/G61/G73/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 062-2004-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC POR CUANTO:VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13.08.04, el Memorándum Nº 507-2004-MDR-GM de fe-cha 13.08.04 de la Gerencia Municipal, mediante el cualsolicita se declare en Situación de Urgencia la Adquisicióndel Suministro de Combustible para las unidades vehicula-res de la Corporación; el Informe Nº 123-2004-OAF/MDRde fecha 13.08.04 del Director de Administración y Finan-zas; el Informe Nº 040-2004-CEP-MDR de fecha 06.08.04del Presidente del Comité Especial Permanente, el Infor-me Nº 606-2004-MDR-OAF/UL de fecha 13.08.04 del Jefede la Unidad de Logística y el Informe Nº 696-OAJ-2004-MDR de fecha 13.08.04 de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 606-2004-MDR-OAF/UL de fecha 13.08.04 la Unidad de Logística manifiesta que elabastecimiento de combustible para las unidades vehicu-lares de la Corporación está cubierto hasta el 17.08.04,por lo que a partir de esa fecha se hace necesario prever