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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G34/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 29 de agosto de 2004 Artículo 2º.- Del Empadronamiento: - El proceso de empadronamiento o reempadronamiento será llevado a cabo en coordinación entre la MunicipalidadDistrital y la Organización, para dicho proceso se emplea-rá el formato denominado FICHA DE EMPADRONAMIEN-TO DEL PVL. - Dicho empadronamiento se realizará 2 veces al año, en los meses de junio y diciembre. Es responsabilidad delas coordinadoras realizar el empadronamiento de los be-neficiarios sin ningún tipo de discriminación, consignandodatos verídicos. - La oficina del Programa proporcionará las fichas de empadronamiento oportunamente a la organización distri-tal. - Por orden del Jefe de la Unidad del Programa se in- gresará al sistema de cómputo el padrón de beneficiariosde cada comité, en un plazo mínimo de un mes. - Las bajas de los beneficiarios deberán ser ingresadas al sistema en la respectiva semana de su presentación,bajo responsabilidad. - Las depuraciones que realicen al número de benefi- ciarios en el sistema deben de realizarse previa coordina-ción con el Comité de Administración y las representantesde la Organización del Vaso de Leche. Artículo 3º.- De los valores nutricionales:- Verificar que la fórmula empleada cumpla con los re- quisitos indicados por el CENAN. - Que los recursos recibidos sean de la mejor calidad y cumplan con los requisitos indicados con las Bases en laLicitación. Artículo 4º.- Del Almacén: El almacén es un área física seleccionada bajo cri- terios y técnicas adecuadas, destinadas a la custodiatemporal de los recursos alimenticios que van a em-plearse en los beneficiarios del Programa del Vaso deLeche. Las actividades que en él se realizan esencial-mente son las que corresponden a los procesos técni-cos de abastecimiento denominado almacenamiento ydistribución. Almacenamiento:- Los recursos deben estar almacenados en buenas condiciones higiénico sanitarias. - Los recursos se recepcionarán en coordinación con la Organización para su verificación del peso, lote, fechade vencimiento y darán el seguimiento inmediatamenteadoptando las medidas pertinentes para evitar cualquierirregularidad. - La fumigación se realizará cada 6 meses en forma obligatoria. - Elaborar y mantener actualizado el kárdex de cada producto. - Evitar todos aquellos productos que producen gases tóxicos y que pueden contaminar los alimentos del Progra-ma. - Se tomarán muestras de los productos en forma sor- presiva para el respectivo control de calidad. Artículo 5º.- De las coordinadoras generales:- Deberán acreditar su representación con el Acta de Elección. - Todo cambio de directiva será comunicado al progra- ma inmediatamente para proceder al registro respectivo. - Deberá mantener el Cuaderno de redistribución se- manal consignando las cantidades indicadas en la hoja deredistribución. Artículo 6º.- Del preparado: - El preparado se realizará respetando la hora indicada en coordinación con la Coordinadora General. - El preparado del vaso de leche debe realizar de acuer- do a la fórmula bajo responsabilidad de la Coordinadoradel Comité de Base. - La preparación del recurso se hará de manera rotati- va. Artículo 7º.- De la Supervisión y Control: Se realizarán visitas sorpresivas a los comités de base a fin de que el recurso llegue a los beneficiarios para hacercumplir las siguientes indicaciones:- Aplicación de la fórmula. - Distribución adecuada de los recursos preparados.- Cuaderno de Control de los Comités, los cuadernos deberán estar firmados por las personas responsables delpreparado y recojo debidamente inscritos en el Padrón delComité e ingresados al sistema del Programa. - Carteles visibles indicando la fórmula del preparado, relación de beneficiarios actualizado indicando el númerode tazas que reciben, horario de preparación y cantidad delos recursos indicados en la pecosa. - Higiene del lugar y de los utensilios utilizados para el preparado. - Distribución a los beneficiarios empadronados. Artículo 8º.- De las sanciones: Las sanciones que se aplicarán a las coordinadoras que incumplan las indicaciones de las Normas Legales, se apli-carán en coordinación con la Organización Distrital de losComités del Vaso de Leche en el siguiente orden: a) Por primera vez : Amonestación verbal o escrita.b) Por segunda vez : Suspensión por un mes en el ejercicio del cargo. c) Por reincidencia : Separación definitiva en el cargo. Artículo 9º De la distribución:El reparto de los recursos se realiza de la siguiente manera: - Es responsabilidad del Programa distribuir oportuna- mente los recursos. - Las personas encargadas del recojo deberán presen- tar el cuaderno y las hojas de redistribución de control delpueblo al día con la información respectiva, asimismo seidentificará con su DNI. - El recojo del recurso es rotativo por todos los comités, en caso de ser un solo comité debe ser rotativamente porlas madres beneficiarias inscritas en el padrón. - El único día de reparto del recurso es el día viernes de 8.00 a.m. a 4.00 p.m. de cada semana. - Aquellos pueblos que no recogen el recurso el día viernes deberán justificar dicha demora mediante un docu-mento sustentatorio el día lunes, en caso de reincidir seamonestará a la Coordinadora del pueblo y si la falta per-siste se aplicará el artículo anterior para la sanción. - El Programa suspenderá la distribución del recurso a los comités que tengan recurso acumulado por acuerdo deComisión de Fiscalización, informando al Comité de Admi-nistración. - El Programa no se hace responsable de cualquier fal- tante de recurso, una vez entregado por el almacén y fir-mado el recibo del pueblo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- Para efectos de hacer cumplir con las san- ciones señaladas en el artículo 8º en el presente Regla-mento estará a cargo de la Comisión de Fiscalización conparticipación de la Secretaria Distrital de Control. En casode detectar faltas de suma gravedad por parte de los bene-ficiarios responsables del preparado o coordinadoras seaplicarán las sanciones del artículo 8º sin perjuicio de lasresponsabilidades de carácter penal. Segundo.- El presente Reglamento Interno será so- metido a consideración de Sesión de Concejo Municipalpara su aprobación. Tercero.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. REGLAMENTO DEL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE INTRODUCCIÓN El Programa del Vaso de Leche es un Programa de apo- yo alimentario que implementa el Estado a través de lasMunicipalidades, dirigido a los grupos más vulnerables so-cial y económicamente de la población. En este contexto, el Comité de Administración del Pro- grama del Vaso de Leche de El Agustino ha elaborado suReglamento Interno de Funcionamiento con la finalidad quelos recursos alimenticios del Programa del Vaso de Lechese administren eficazmente.