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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de diciembre de 2004 serva del Perú, para el cálculo del valor adquisitivo cons- tante (“VAC”), en el Diario Oficial El Peruano. i :Es la tasa de interés nominal anual resultante del procedimiento de colocación. n :Es el número de pago de cupones que el emisor realizará en cada año de vigencia de la emisión. Siguiendo los criterios de estandarización detallados en la Resolución CONASEV Nº 016-2000-EF/94.10 parael cómputo de los intereses corridos se aplicará el crite- rio de “Intereses Vencidos”, es decir el cómputo del pri- mer pago excluirá la fecha de emisión e incluirá a lafecha de vencimiento. Asimismo, para los sucesivos pagos de intereses, el cómputo excluirá la fecha de ven- cimiento del cupón anterior e incluirá la correspondientefecha de vencimiento. Redención del Principal La totalidad del principal reajustado de los bonos VAC se amortizará en un solo pago, en la fecha de venci-miento del bono. La fórmula a utilizarse para el reajuste del principal de los bonos será: V x ( r ) En donde:V : Valor Nominal del Bono. r : Factor de Reajuste = Índice de cierreÍndice de origen El índice de origen es el “Índice de Reajuste Diario (IRD)” correspondiente a la fecha de emisión; y el índice de cierre es “Índice de Reajuste Diario (IRD)” corres- pondiente a la fecha de vencimiento del semestre res-pectivo. El IRD es el publicado por el Banco Central de Reserva del Perú, para el cálculo del valor adquisitivo constante (“VAC”), en el Diario Oficial El Peruano. El cálculo del factor a aplicar al principal de los bonos para efectos del pago a los titulares de los bonos se deberá realizar considerando un mínimo de ocho (8)decimales en cada una de las operaciones. El factor final así calculado será redondeado a un mínimo de ocho (8) decimales. 22460 SALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1180-2004/MINSA Lima, 10 de diciembre del 2004 Visto el MEMORÁNDUM PAAG Nº 1247 CG/2004 del Coordinador General del Programa Administración de Acuerdos de Gestión, en el cual solicita incluir en el Pre- supuesto del Año 2004, las donaciones efectuadas porla Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE), para la ejecución del Proyecto “Escuela de Consejería en Adicciones” (ECAD) por Personas Jurídi-cas Externas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28128 se aprobó el Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1297-2003- SA/DM se ha aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2004, del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, con fecha 24 de noviembre de 2004 se suscri- bió una Addenda al Convenio Subsidiario para la ejecu- ción del Proyecto “Escuela de Consejería en Adiccio-nes” (ECAD); Que, en la cláusula segunda; modificaciones de la Addenda en referencia, se establece que el Programade Administración de Acuerdos de Gestión es el respon- sable del manejo financiero de la “Escuela de Consejería en Adicciones” (ECAD); Que, el Programa Administración de Acuerdos de Gestión ha recibido donaciones de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE), destinadas a financiar la ejecución del proyecto “Escuela de Conseje-ría en Adicciones”,(ECAD); Estando a lo informado por la Oficina General de Pla- neamiento Estratégico a través de la Oficina Ejecutivade Presupuesto; y, De conformidad con lo previsto en el artículo 9º de la Ley Nº 28129 - Ley de Equilibrio Financiero del Presu-puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, el artículo 16º numeral 5 inciso d) de la Ley Nº 28128 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004” y los artículos 23º y 24º de la Directiva Nº 001- 2004-EF/76.01 “Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Gobierno Na-cional para el Año Fiscal 2004”, aprobada por Resolu- ción Directoral Nº 047-2003-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2004, hasta por la suma deCIENTO DIECINUEVE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 119 000,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 13.00 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS (En Nuevos Soles) 3.0.0 TRANSFERENCIAS 119 000,00 3.1.0 TRANSFERENCIAS 119 000,00 3.1.3 EXTERNAS 119 000,00 3.1.3.004 Donaciones - Agencia Suiza para el Desarrollo (COSUDE) 119 000,00 TOTAL INGRESOS: 119 000,00 ========== EGRESOS:SECCION PRIMERA : GO BIERNO CENTRAL PLIEGO : 011 M inisterio de Salud UNIDAD EJECUTORA : 035 Administradora de Acuerdos de Gestión FUNCION : 14 Salud y Saneamiento PROGRAMA : 003 Administración SUBPROGRAMA : 0006Administración General ACTIVIDAD : 00267Gestión Administrativa (En Nuevos Soles) 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 119 000,00 TOTAL SUBPROGRAMA 0006 119 000,00 TOTAL PROGRAMA 003 119 000,00 TOTAL FUNCION 14 119 000,00 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 119 000,00 TOTAL EGRESOS: 119 000,00 ========= Artículo 2º.- La Oficina General de Planeamiento Estratégico a través de la Oficina Ejecutiva de Presu- puesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifica-ciones que se requieran como consecuencia de la in- corporación de Nuevas Partidas de Ingresos, Compo- nentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina General de Planeamiento Estratégico a través de la Oficina Ejecutiva de Presu- puesto del Pliego 011 Ministerio de Salud instruye a laUnidad Ejecutora 035 Programa de Administración de Acuerdos de Gestión para que elabore las correspon- dientes “Notas para Modificación Presupuestaria” quese requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.