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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de diciembre de 2004 mayo de 2004, tomó el Acuerdo Nº 197 recomendando nuevas medidas técnicas para el tratamiento de la Zona Arqueológica Armatambo; Que, mediante el Acuerdo Nº 197 la Comisión Nacio- nal Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, apro- bar el Plano de delimitación arqueológica de los sitiosubicados en el Morro Solar, La Herradura, La Chira y Cerro Marcavilca - Plano Nº PDIV-0071-INCDREPH/DA- 2004-UG, que incluye los siguientes sitios arqueológi-cos ubicados en el distrito de Chorrillos, provincia y re- gión de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva: - Sector 1 o Morro Solar: con un área de 337294.02 m2 y un perímetro de 2890.27 ml. - Sector 2 o El Túnel de la Herradura: con un área de 9844.97 m2 y un perímetro de 401.91 ml. - Sector 3 o Torres Norte (Sitio 11 Antenas): con un área de 11223.86 m2 y un perímetro de 447.94 ml. - Sector 4 o Torres Sur (Antenas 9 y 10, Entre Playas 8, Sitio 07): con un área de 72540.66 m2 y un perímetro de 1443.08 ml. - Sector 5 o Torreón Norte (Sitio 06 - La Chira) Punta Marcavilca: con un área de 951.30 m2 y un perí- metro de 123.58 ml. - Sector 6 o (Torreón Sur La Chira Sitio 01): con un área de 147979.53 m2 y un perímetro de 1891.16 ml. Que, con fechas 4 de junio y 5 de julio de 2004, la empresa Gremco S.A. solicitó la reevaluación del AcuerdoNº 197 emitido por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología adjuntando nueva documentación técnica; Que, atendiendo a la demora en la conclusión del procedimiento administrativo debido a los constantes cuestionamientos de orden técnico presentados por GREMCO S.A. contra los acuerdos de la Comisión Con-sultiva, y fundándose en que es atribución de este Des- pacho proveerse de todos los argumentos técnicos que a su criterio le permitan resolver de manera adecuada elprocedimiento administrativo, se dispuso, a través de la Resolución Directoral Nacional Nº 508/lNC del 12 de julio de 2004, crear una Comisión Ad Hoc encargada de eva-luar y opinar sobre la situación de los terrenos de propie- dad de GREMCO S.A. ubicados en la zona denominada "Morro Solar" de Chorrillos; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 586/ INC de fecha 5 de agosto de 2004 se resuelve declarar Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Na-ción a los Torreones Norte y Sur, ubicados en la caleta La Chira, Morro Solar del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; delimitando su área intangible deacuerdo al Plano DAI-013-2004/INC, elaborado en base al Plano Nº PDIV-0073-INC/DREPH-DA-2004-UG; Que, la Comisión Ad Hoc constituida por Resolución Directoral Nacional Nº 508/INC, en cumplimiento de la labor encomendada, emitió el Informe s/n de fecha 14 de octubre de 2004; recomendando, entre otros, que el Ins-tituto Nacional de Cultura determine el área intangible correspondiente a la Zona Histórica del Morro Solar, declarada monumento histórico mediante ResoluciónMinisterial Nº 794-86-ED, reconociendo para el área monumental como la zona que alberga a las ceremonias protocolares actuales y que incluyen el Monumento alSoldado Desconocido, el Monumento al General Igle- sias, el Observatorio, el Obus, la Cruz del Morro y la Capilla de la Virgen del Morro; Estando a lo visado por la Dirección Arqueología, la Dirección de Gestión y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; De- creto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Regla- mento de Organización y Funciones del Instituto Nacio-nal de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el plano de delimitación de si- tios arqueológicos ubicados en el Morro Solar, La Herra-dura, La Chira y Cerro Marcavilca - Plano Nº PDIV-0071- INC-DREPH/DA-2004-UG - de fecha 11 de mayo del 2004, a escala 1/5000, que incluye los siguientes sitiosarqueológicos ubicados en el distrito de Chorrillos, pro- vincia y región de Lima, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva:- Sector 1 o Morro Solar: con un área de 337294.02 m2 y un perímetro de 2890.27 ml. - Sector 2 o El Túnel de la Herradura: con un área de 9844.97 m2 y un perímetro de 401.91 ml. - Sector 3 o Torres Norte (Sitio 11 Antenas): con un área de 11223.86 m2 y un perímetro de 447.94 ml. - Sector 4 o Torres Sur (Antenas 9 y 10, Entre Playas 8, Sitio 07): con un área de 72540.66 m2 y un perímetro de 1443.08 ml. - Sector 5 o Torreón Norte (Sitio 06 - La Chira) Punta Marcavilca: con un área de 951.30 m2 y un perí- metro de 123.58 ml. Artículo 2º.- Recomendar a la Empresa Gremco S.A. presente y ejecute un Proyecto de Evaluación con fines de Delimitación, Prospección y Excavaciones Restringi-das con el objetivo de determinar la existencia de vesti- gios arqueológicos en el subsuelo de las Áreas 1 y 2 y el Sector 6 ubicados en la parte sur correspondiente a laensenada que forma la Playa La Chira - Morro Solar, de acuerdo al plano a que se refiere el artículo anterior de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer se otorgue el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos de las áreas libres de tal contenido, representadas en el Plano Nº PDIV-0071-INC-DREPH/DA-2004-UG de fecha 11 de mayo de 2004. Artículo 4º.- Disponer se precisen los límites del área histórica intangible del Morro Solar de Chorrillos, decla-rada monumento histórico mediante Resolución Ministe- rial Nº 794-86-ED, para lo cual se conformará una comi- sión especializada de historiadores que establezca di-chos límites. Artículo 5º.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano y a la Dirección deArqueología el cumplimiento de lo establecido en la pre- sente Resolución según su competencia. Artículo 6º.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano y a la Dirección de Re- gistro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 4º de lapresente Resolución. Artículo 7º.- Los proyectos urbanos y de arquitectu- ra que pudieran desarrollarse en las áreas que cuentencon el CIRA deberán adecuarse a las normas pertinen- tes y contar con la aprobación de las instancias compe- tentes. Artículo 8º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspon- dientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y pu-blíquese en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 22472 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G69/G74/G69/G6F/G73/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1284/INC Lima, 26 de noviembre de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 607 tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 34 de fecha 18 de noviembre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con per-sonería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones cul- turales del país y de la investigación, preservación, con-servación, restauración, difusión y promoción del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;