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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (14/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G32/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 14 de diciembre de 2004 004-2004-UNIDAD EJECUTORA 004-FONCODES para contratar una empresa que preste el servicio de carga anivel local y nacional; Que, con fecha 17 de septiembre de 2004, el Comité Especial Permanente - CESPE 03 declaró empatada la calificación de las propuestas técnica y económica pre-sentadas por los postores: Empresa de TransportesNacionales Humbolt S.A. y Multimodal Express Trans-port S.A.C.; Que, con fecha 21 de septiembre de 2004, el Comité Especial Permanente - CESPE 03 otorgó la Buena Pro a los postores indicados en el considerando anterior, quie-nes acordaron prestar el servicio a prorrata en 50% enaplicación del literal c) del artículo 73º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,siguiéndose previamente el orden de prelación estable- cido en la referida norma, empezando la prestación del servicio la Empresa de Transportes Nacionales HumboltS.A.; Que, mediante Carta s/n de fecha 5 de octubre de 2004, recepcionada por la entidad en la misma fecha, laempresa Multimodal Empress Transport S.A.C. remite para la firma del contrato, entre otros documentos, la Constancia de no estar inhabilitado para contratar con elEstado Nº 13386 expedida el 1 de octubre de 2004 por elCONSUCODE, en la cual se indica que la citada empre-sa no se encuentra inhabilitada para contratar con elEstado a dicha fecha, y que la Constancia vence a los treinta (30) días de su expedición; Que, mediante Carta Nº 194-2004-FONCODES/ GAF/SGL de fecha 6 de octubre de 2004, la Subge-rencia de Logística cita por segunda y última vez a laempresa Mutimodal Express Transport S.A.C. para quesuscriba el contrato respectivo el día 14 de octubre de 2004; Que, con fecha 14 de octubre de 2004, la empresa Multimodal Express Transport S.A.C. suscribe con laentidad el Contrato de Locación de Servicios Nº 067-2004-FONCODES, especificándose en la cláusula cuartaque el plazo de ejecución del contrato rige a partir del 23 de noviembre de 2004 y hasta el 31 de diciembre de 2004 y/o hasta cubrir el monto total del mismo; Que, mediante Informe Nº 106-2004-FONCODES/ GAF/SGL del Visto, la Subgerencia de Logística ma-nifiesta que en la página web del CONSUCODE laempresa Multimodal Express Transport S.A.C. figura como inhabilitada para contratar con el Estado desde el 1 de octubre de 2004, habiéndose establecido comoconsecuencia de lo advertido en dicho informe quecon fecha 27 de septiembre de 2004 se expidió laResolución Nº 574/2004.TC-SU mediante la cual seimpone a dicha empresa la sanción de suspensión de participar en procesos de selección y contratar con el Estado por el término de cinco (5) meses convigencia a partir del día siguiente de notificada la re-ferida Resolución, siendo de destacar al respecto elhecho que no obstante la sanción impuesta por elTribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, el CONSUCODE haya expedido la Constancia de No Inhabilitado a que hace mención el cuarto consi-derando de la presente Resolución y que motivó lasuscripción del contrato a que se refiere el conside-rando anterior; Que, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artí- culo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, están impedidos deser postores y/o contratistas las personas naturales ojurídicas que se encuentren sancionadas administrati-vamente con inhabilitación temporal o permanente paracontratar con Entidades, disponiéndose también en di- cha norma que los contratos celebrados en contraven- ción de lo antes señalado son nulos sin perjuicio de lasacciones a que hubiere lugar, por lo que conforme a leyresulta necesario declarar la nulidad de oficio del preci-tado Contrato; Que, en tal sentido, al existir impedimento por parte de la empresa Multimodal Express Transport S.A.C. para suscribir el contrato respectivo, se habría generado lanulidad de oficio del Contrato de Locación de ServiciosNº 067-2004-FONCODES de fecha 14 de octubre de2004, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del artí- culo 205º de la acotada norma Reglamentaria, constitu-yen causales de imposición de sanción administrativade suspensión o inhabilitación, entre otros, a los posto- res que contraten con el Estado estando impedidos paraello de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de laLey; por lo que de acuerdo al artículo 210º del citado Reglamento deberá ponerse en conocimiento del Tribu- nal los hechos antes descritos para la aplicación de lasanción a que hubiere lugar; Que, la Séptima Disposición Complementaria y Tran- sitoria de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el Año Fiscal 2004, dispone que las unidades ejecutoras del Pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), constituidas a partir del año2004, mantienen la ejecución de los procesos y procedi-mientos de carácter administrativo, así como las adqui-siciones y contrataciones de bienes, servicios y obras,de acuerdo a la normatividad que resulte aplicable; Con las visaciones de la Gerencia de Administración y Finanzas; Gerencia de Asesoría Legal, y la Subgeren-cia de Logística; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; la Séptima Disposición Complemen-taria y Transitoria de la Ley Nº 28128 - Ley de Presu-puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; elDecreto Supremo Nº 004-2004-MIMDES; la ResoluciónMinisterial Nº 496-2004-MIMDES; la Directiva Nº 7-2002- FONCODES/GPyS, aprobada por Resolución de la Di- rección Ejecutiva Nº 133-2002-FONCODES/DE; y enuso de las facultades conferidas por el Estatuto de FON-CODES aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad del Contrato de Lo- cación de Servicios Nº 067-2004-FONCODES de fecha14 de octubre de 2004 suscrito con la empresa Multimo-dal Express Transport S.A.C. para la prestación del ser-vicio de carga a nivel local y nacional. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado los hechosdescritos en los considerandos de la presente Resolu-ción para la aplicación de la sanción a que hubiere lugar. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Re- solución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4º.- Devolver los antecedentes a la Geren- cia de Administración y Finanzas para que efectúe lasacciones correspondientes, a fin de asegurar la continui-dad del servicio. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS FELICIANO AMADO Gerente General (e) 22547 PRODUCE /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G4F/G4E/G44/G45/G50/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 437-2004-PRODUCE Lima, 6 de diciembre del 2004 Vista la Carta identificada con Registro Nº 12821001, del 3 de diciembre del 2004; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 049-2002- PE, del 7 de febrero del 2002, se designó al señor CAR- LOS PEDRO ORTIZ SEGURA, como Secretario Gene- ral del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FON-DEPES; Que, con el documento del visto el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo conferido; Que, en consecuencia se debe dictar el acto de admi- nistración que acepte la renuncia acotada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la LeyNº 27594;