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PÆg. 282566 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, a fin de mantener la operatividad de la Sección Cobranza Coactiva de la Oficina Zonal Ucayali, se hace necesaria la designación de nuevo personal en calidad de Auxiliar Coactivo; Que, el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos quedeberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declara- ción Jurada manifestando reunir los requisitos antesindicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis- puesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de la AdministraciónTributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Públi-co; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu- yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regio- nales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones deIntendencia, a los trabajadores que se desempeñarán comoAuxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia decada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 501 - Ley General de la SUNAT-, el inciso o) del artículo 15º y el inciso h) del artículo 49º del Reglamentode Organización y Funciones de la Superintendencia Na-cional de Administración Tributaria, aprobado mediante elartículo 1º del Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y lasResoluciones de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT y Nº 149-2004/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto las designaciones de la señorita Maribel Cuenca Huamán - Registro 6265 y del señor Charles Alberto Yucra Valeriano - Registro 6371 como Auxiliares Coactivos de la Oficina Zonal Ucayali, de-signados como tales por Resoluciones de Superintenden-cia Nº 120-024-0000042/SUNAT y 120-024-0000051/SU-NAT. Artículo Segundo.- Designar al señor Felipe Roger Rengifo Meléndez - Registro 1801, como Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Ucayali. Regístrese y comuníquese.FERNANDO C. ALEGRÍA FRANCO Intendente 22798 Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 120-024-0000081/SUNAT Iquitos, 23 de noviembre de 2004. CONSIDERANDO: Que, a fin de mantener la operatividad de la Sección Cobranza Coactiva de la Intendencia Regional Loreto, sehace necesaria la designación de nuevo personal en cali-dad de Auxiliar Coactivo; Que, el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos quedeberán reunir los trabajadores para acceder al cargo deAuxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis-puesto en el Numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de la AdministraciónTributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Públi-co; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu-yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regio-nales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones deIntendencia, a los trabajadores que se desempeñarán comoAuxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 501 - Ley General de la SUNAT-, el inciso o) delartículo 15º y el inciso h) del artículo 49º del Reglamentode Organización y Funciones de la Superintendencia Na-cional de Administración Tributaria, aprobado mediante el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y las Resoluciones de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT yNº 149-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto, hasta el 17 de mayo de2005, a los trabajadores que se indican a continuación: - Srta. Rocío Liliana Yanqui Callaconde - Registro Nº J162. - Sr. Oscar Jesús Flores Fernández - Registro Nº D075. Regístrese y comuníquese.FERNANDO C. ALEGRÍA FRANCO Intendente 22799 Designan Auxiliar Coactivo de la Ofi- cina Zonal San Martín SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 120-024-0000087/SUNAT Iquitos, 9 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, a fin de mantener la operatividad de la Sección Cobranza Coactiva de la Oficina Zonal San Martín, se hacenecesaria la designación de nuevo personal en calidad deAuxiliar Coactivo; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos quedeberán reunir los trabajadores para acceder al cargo deAuxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis-puesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979no es de aplicación a los órganos de la AdministraciónTributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Públi- co; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu-yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regiona-les de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones deIntendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 501 -Ley General de la SUNAT-, el inciso o) delartículo 15º y el inciso h) del artículo 49º del Reglamentode Organización y Funciones de la Superintendencia Na- cional de Administración Tributaria, aprobado mediante el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y lasResoluciones de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT yNº 149-2004/SUNAT;