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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 282557 NORMAS LEGALES Lima, viernes 17 de diciembre de 2004 Que, aún cuando si bien se ha procedido administrati- vamente, esto es, el rechazo de las pretensiones de rectifi-cación, en virtud de lo señalado en el artículo 10.4 de laLey Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo en General, los hechos antes descritos constituyen indicio suficiente que los ciudadanos precitados, han incurrido enpresunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad deFalsedad Ideológica, previsto y sancionado en el artículo428º del Código Penal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en atención al considerando precedente re- sulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden-tificación y Estado Civil, para que interponga las accio-nes que correspondan en defensa de los intereses delEstado y del Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil contra CARLOS MARIO ALAY ALE, GLADIS CALIZAYA VARGAS, FRANCISCO CALIZAYA CALIZAYA,PEDRO TEOFILO CALIZAYA CHAMBILLA, CATALINAFELIPA CALIZAYA DE CARITA, MARIA LIGORIA ALE DECONDORI, EDITH CALIZAYA COHAILA, FIDELMA ALEDE ALAY, LIZANDRO ABEL ALAY ALE y JENNY LOUR- DES ADUVIRI ALE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interpongalas acciones legales que correspondan contra CARLOSMARIO ALAY ALE, GLADIS CALIZAYA VARGAS, FRAN- CISCO CALIZAYA CALIZAYA, PEDRO TEOFILO CALIZA- YA CHAMBILLA, CATALINA FELIPA CALIZAYA DE CA-RITA, MARIA LIGORIA ALE DE CONDORI, EDITH CALI-ZAYA COHAILA, FIDELMA ALE DE ALAY, LIZANDROABEL ALAY ALE y JENNY LOURDES ADUVIRI ALE porla comisión de presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 22733 UNIVERSIDADES Declaran fundada apelación y otorgan buena pro de ítem de proceso de se- lección sobre adquisición de grupoelectrógeno y otros bienes para laUNMSM UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 06008-R-04 Lima, 13 de diciembre del 2004 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 21792-RG-04, respecto al recurso de apela- ción contra la etapa de evaluación técnica y asignación depuntajes según los factores de evaluación que figuran enlas bases para el Ítem II, formulado por la EMPRESA ELEC-TRÓNICA INDUSTRIAL Y SERVICIOS SRL., acerca delProceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2004- CEAD/UNMSM “Adquisición e Instalación del Grupo Elec- trógeno, UPS, Estabilizador Sólido y Transformador de Ais-lamiento para la Ampliación del 2do. Piso y Remodelacióndel 1er. Piso para la Red Telemática, S.U.M. y Quipucama-yoc-UNMSM”;CONSIDERANDO: Que, con Resolución Rectoral Nº 03695-R-04 de fecha 16 de agosto de 2004, se conformó el Comité Especial de Contrataciones y Adquisiciones para Obras por Administra- ción Directa, perteneciente a la Oficina General de Infraes-tructura Universitaria; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 02186-R-04 de fecha 17 de mayo de 2004, se resuelve declarar la viabili-dad del Proyecto de Inversión Pública con código SNIP 6232 denominado “Ampliación del 2do. Piso y Remodela- ción del 1er. Piso para la Red Telemática, Sistema Único deMatrícula y Quipucamayoc-UNMSM"; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 03561-R-04 de fecha 5 de agosto de 2004, se aprobó la modalidad deejecución por Administración Directa de la Obra: “Amplia- ción del 2do. Piso y Remodelación del 1er. Piso para la Red Telemática, Sistema Único de Matrícula y Quipucama-yoc-UNMSM", con un valor S/. 1’053,877.34 (Un millón cin-cuentatitrés mil ochocientos setentisiete y 34 /100 nuevossoles), al mes de junio de 2004, con un plazo de ejecuciónde ciento cincuenta (150) días naturales, el cual incluye el Costo Directo, Gastos Generales y el IGV del 19%; Que, mediante Acta de sesión Nº 003-ADS Nº 006- 2004-CEAD/UNMSM, el Comité Especial de Contrata-ciones y Adquisiciones para Obras por AdministraciónDirecta acuerda declarar desierto el Proceso de Selec-ción Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2004/CEAD- UNMSM, concerniente a la adquisición e Instalación del Grupo Electrógeno, UPS, Estabilizador Sólido y Trans-formador de Aislamiento para la Ampliación 2do. Piso yRemodelación del 1er. Piso para la Red Telemática,Sistema Único de Matrícula y Quipucamayoc-UNMSM yque se proceda a una Segunda Convocatoria para di- cho Proceso; Que, el Comité Especial Permanente para la Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 006-2004-CEAD/UNMSM, median-te Acta de Sesión Nº 007-ADS-006-2004-CEAD/UNMSM ,con fecha 19 de noviembre de 2004, después de evaluara los postores ELECTRÓNICA INDUSTRIAL Y SERVICIOS SRL, CONSORCIO: V&M SELECTRONICS EIRL-OLC IN- GENIEROS EIRL, EPLI SAC, MOTORES DIESEL ANDI-NOS SA., STEEL INDUSTRY SAC., otorgó la Buena Prodel Ítem II por S/. 40,559.00 (Cuarenta mil quinientos cin-cuentinueve y 00/100 nuevos soles) al CONSORCIO FOR-MADO POR LA EMPRESA V&M SELECTRONICS EIRL Y OLC INGENIEROS EIRL; Que, la Empresa ELECTRÓNICA INDUSTRIAL Y SER- VICIOS S.R.L. mediante escrito de fecha 29 de noviembrede 2004, formula recurso de apelación y que amplia me-diante escrito de fecha 3 de diciembre de 2004, impugnan-do la etapa de Evaluación Técnica y Asignación de Punta- jes según los factores de Evaluación que figuran en las bases para el ÍTEM II del proceso de Selección convocadoy solicita retrotraer el proceso a la etapa de evaluación yasignación de puntajes según lo establecido en los facto-res de evaluación y se proceda a la rectificación del punta-je asignado en el factor de Evaluación “A.1 Ventas efec- tuadas” de 18 a 20 puntos que le corresponden por las facturas canceladas y que se le otorgue la buena Pro en elÍtem II; Que, el recurso presentado tiene como sustento que la Empresa impugnante advirtió que en el factor de evalua-ción “A.1 Ventas efectuadas” se le asignó como calificación 18 puntos, considerando erróneamente 04 facturas can- celadas y 01 sin cancelar, a razón de 04 puntos por facturacancelada y 02 por factura sin cancelar, pese a que sus 05facturas presentadas se encuentran canceladas y cuen-tan con el sello “ELISE”, lo que haría un total de 20 puntosy con un puntaje total de 90.67, superior a los 90 puntos asignados al postor ganador de la Buena Pro, Consorcio V/M Selectronics EIRL-OLC Ingenieros EIRL.; Que, conforme a lo establecido en el artículo 170º del D.S. Nº 013-2001-PCM (Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado), se hace de conoci-miento al postor ganador Consorcio V/M Selectronics EIRL y OLC Ingenieros EIRL del proceso de Selección sobre el recurso de apelación presentado, indicando dicha Empre-sa mediante Carta dirigida al Comité Especial Permanenteque sus facturas están canceladas y solicita reconsiderarla puntuación otorgada a la Empresa Electrónica Industrialy Servicios SRL existiendo un error material en el cuadro de Cálculo de Puntaje Total en el Ítem 1, por haberse coloca- do como puntuación técnica un total de 43 puntos y segúnel cuadro 1 es de 39 puntos, puntaje que no cambia elresultado de la Buena Pro;