Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2004 (23/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 2004

- Grifos y estaciones de servicio, - Empresas de transporte de pasajeros y/o de carga y descarga de mercaderia; y, - Talleres de mecanica y reparacion. Articulo Segundo.- Las Gerencias de Desarrollo MORDAZA y de Comercializacion y Promocion Empresarial no daran tramite al otorgamiento de Licencias de Construccion y Funcionamiento, respectivamente, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo Primero del presente Acuerdo. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Comercializacion y Desarrollo Empresarial, la revision de los expedientes de Licencias de Funcionamiento de los establecimientos dedicados a los giros senalados en el Articulo Primero que se encuentran dentro del cuadrante referido; y, la realizacion de acciones de fiscalizacion de dichos locales a efectos de detectar la comision de infracciones y proceder de acuerdo a la normatividad vigente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 23196

cion por precariedad economica se ha determinado que solo el 80% demostro dicha condicion a traves de las parametros condicionales utilizados para la determinacion de su real situacion; en consecuencia, solo dicho porcentaje esta clasificado dentro de las dos categorias establecidas precedentemente, siendo que el 63.27% de familias estan por debajo de la linea de condiciones economicas mas dificiles y el 36.73% de familias estan por debajo de la linea de necesidad y precariedad; Que, de conformidad con la MORDAZA IV: MORDAZA de Legalidad, Reserva de la Ley, contemplada en el actual Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones , arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Estando a lo dictaminado, en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º, inciso 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, al MORDAZA de lo establecido por el D.S. Nº 135-99-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, D. Leg. Nº 776 que aprueba la Ley de Tributacion Municipal y por UNANIMIDAD aprobo lo siguiente: ORDENANZA Nº 194-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE CONDONACION DE PAGO POR DEUDA TRIBUTARIA, INTERESES Y MORAS CORRESPONDIENTE A LOS ARBITRIOS MUNICIPALES RESPECTO DE LOS PERIODOS COMPRENDIDOS DESDE EL ANO 1997 HASTA EL 2003, PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE ACREDITEN ENCONTRARSE EN DIFICIL SITUACION SOCIOECONOMICA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO Articulo Primero.- ESTABLECER que los Deudores Tributarios en condicion de Contribuyentes, Propietarios, Poseedores, Tenedores o Responsables de no mas de un predio y que residan en la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA, los cuales previa evaluacion que acredite que esten atravesando dificil situacion socioeconomica, y que tengan pendiente el pago Parcial o Total o hayan suscrito Convenios de Fraccionamiento de deudas tributarias por Arbitrios Municipales (Limpieza Publica, Relleno Sanitario, Parques, y Jardines y Serenazgo), por los periodos comprendidos desde el ano 1997 hasta el ano 2003, podran acogerse a la Condonacion Total de las referidas deudas tributarias, incluso de aquellas que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva, siempre que cumplan con los siguientes parametros: - CANCELAR la totalidad de la deuda tributaria correspondiente al periodo 2004 (Impuesto Predial, Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo) o SUSCRIBIR CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO por las deudas tributarias del 2004 y del Impuesto Predial de los anos anteriores, hasta el 31 de diciembre de 2004, salvo los que se encuentren gozando de exoneracion por situacion economica precaria, en merito a la Ordenanza Nº 131-CDLO que MORDAZA sido declarado mediante Resolucion Directoral los cuales deberan acreditar el pago de los tributos no exonerados a traves de la referida resolucion. - ACREDITAR el deudor tributario, mediante Documento Nacional de Identidad (DNI) su residencia en el distrito de Los Olivos. - SOLICITAR la evaluacion socio economica, la cual se sujetara a la verificacion, acreditacion e informe tecnico de la Asistenta Social de la entidad y por medio de Resolucion Directoral de la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria que lo tipifique en esta condicion. - DESISTIRSE de cualquier tramite de reclamo con respecto a la determinacion, prescripcion, compensacion, y/o devolucion y cobro de los Arbitrios Municipales y Serenazgo que comprenden los periodos posibles de ser condonados establecidos en la presente ordenanza, asi como de la solicitud de exoneracion de arbitrios por situacion economica precaria para el ejercicio 2004. Articulo Segundo.- PRECISAR que el pago voluntario de las deudas tributarias realizadas con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza por Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines,

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Establecen beneficio de condonacion de pago por deuda tributaria, intereses y moras sobre arbitrios de diversos periodos a contribuyentes en dificil situacion economica
ORDENANZA Nº 194-CDLO Los MORDAZA, 20 de diciembre de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 592-2004/MDLO/SG-AF/DRAT, de fecha 25 de noviembre de 2004, emitido por la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria; el Informe Nº 634-2004-MDLO/SGII, de fecha 29 de noviembre de 2004, emitido por la Secretaria General e Imagen Institucional; el Informe Nº 874-2004-MDLO/OAJ, de fecha 17 de diciembre de 2004, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; el Informe Nº 702-2004-MDLO/SGII, de fecha 17 de diciembre de 2004, emitido por la Secretaria General e Imagen Institucional; el Dictamen Nº 070-2004 MDLO-CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, reconoce la autonomia politica, economica y administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad con los limites que senala la ley; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal cumple funcion normativa a traves de Ordenanzas , las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es politica de la actual gestion municipal otorgar las mas amplias facilidades asi como, de aplicar politicas de recaudacion que permitan la cancelacion de sus obligaciones tributarias, incentivando a los Contribuyentes al pago de sus obligaciones pendientes a la fecha; Que, dentro de la jurisdiccion del distrito de Los MORDAZA existen familias que se encuentran afrontando una dificil situacion socio economica, lo que amerita un tratamiento especial de parte de sus autoridades; Que, de la evaluacion socioeconomica realizada por la Asistenta Social colegiada de la Municipalidad, se ha podido determinar que el ingreso promedio mensual de una familia en dificil situacion socioeconomica asciende al importe de S/. 320.00 mensuales, mientras que el ingreso de una familia en situacion mejorada en parte a la anterior asciende a S/. 500.00 mensuales; Que, de la revision del total de solicitudes peticionando acogerse al beneficio del procedimiento de exonera-

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