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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2004 (21/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G32/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de enero de 2004 SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Con- trataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distri- tal de Pachacámac, para el ejercicio presupuestal del año 2004. Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección de Administración supervise la aprobación, publicación en el Diario Oficial El Peruano así como la difusión y ejecu- ción del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones. Artículo Tercero.- DISPONER que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones sea remitido al CONSU- CODE y a PROMPYME, en el término que establece la ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 01034 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1457-2003-MDPP Mediante Oficio Nº 025-2004-SG-MDPP, la Munici- palidad Distrital de Puente Piedra solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía Nº 1457-2003- MDPP, publicada en nuestra edición del 15 de enero de 2004. DICE:Artículo Tercero.- Aprobar la Estructura Funcional Pro- gramática del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego Presupuestario: Municipalidad Distrital de Puente Piedra correspondiente al Año Fiscal 2003, por Función, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto detallado en el Anexo que forma parte de la Presente Resolución. DEBE DECIR:Artículo Tercero.- Aprobar la estructura Funcional Pro- gramática del Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego Presupuestario: Municipalidad Distrital de Puente Piedra correspondiente al año Fiscal 2004, por Función, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto detallado en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. 01106 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G63/G72/G6F/G6E/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G65/G6C/G65/G63/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G2D/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C DECRETO DE ALCALDÍA N° 001- 2004-MSB-A San Borja, 19 de enero de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado modificada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, señala que las municipalidades provincia- les y distritales son órganos de gobierno local; tienen auto- nomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;Que, el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 27972, establece la conformación del Con- sejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el Alcalde quien lo preside, los Regido- res y por los representantes de las Organizaciones Socia- les de Base, Asociaciones, Organizaciones de Producto- res, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital; Que, mediante Ordenanza Nº 284-MSB, publicada el 05 de diciembre del 2003, se normó el procedimiento para el proceso de elección de los representantes de la socie- dad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; Que, mediante Ordenanza Nº 288-MSB, publicada el 12.01.2003, se modificó la Ordenanza Nº 284-MSB, la misma que establece que las Organizaciones de la Sociedad Civil que deseen participar en el proceso de elección de representantes ante el Consejo de Coordi- nación Local Distrital podrán presentar sus solicitudes de inscripción de acuerdo a lo establecido en la Orde- nanza dentro de 35 días hábiles siguientes a la fecha de apertura del Registro; Que, el artículo 14º de la Ordenanza Nº 284-MSB, con- cordado con su Segunda Disposición Transitoria dispone que es responsabilidad del Alcalde el convocar a la elec- ción de los representantes de la sociedad civil ante el Con- sejo de Coordinación Local Distrital, mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 012-2003-MSB- A se convocó a las Elecciones de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Dis- trital; sin perjuicio de ello, al haberse modificado la Orde- nanza N° 284-MSB se hace necesario el establecer un nuevo cronograma para el proceso electoral; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Geren- cia General, Gerencia de Asesoría Legal y Gerencia de Participación Vecinal y, a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Establecer el cronograma del pro- ceso eleccionario de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, en los si- guientes términos: PROCESO DÍA HORA INSCRIPCIÓN ORGANI- Hasta el 5 de febrero. 8 a.m. – 4:30p.m ZACIONES SOCIALES PUBLICACIÓN DEL 11 de febrero -...- PADRÓN ELECTORAL PRESENTACIÓN DE 12 al 16 de febrero 8 a.m. – 4:30p.m. IMPUGNACIONES, TACHAS PUBLICACIÓN 19 de febrero. -...- DEFINITIVA DEL PADRÓN ELECTORAL PRESENTACIÓN DE CANDIDATOS 20 de febrero -...- ELECCIONES DIA : 22 de febrero. LUGAR : Auditórium Municipal. Av. Joaquín Madrid N° 200 – San Borja. Hora : 9:00 a.m. 1era. Convocatoria: 9:00 a.m. 2da. Convocatoria y última: 9:30 a.m. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Comité Electoral la conducción y desarrollo del proceso electoral. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto el Decreto de Al- caldía Nº 012-2003-MSB-A, publicado el 20.12.2003. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARÍA DEL ROSARIO BAZALAR H. Teniente Alcaldesa Encargada de la Alcaldía 01100