Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2004 (21/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2004

dad de lo indicado en los archivos digitales, debidamente visado por el organo o funcionario responsable. La excepcion prevista en el parrafo precedente unicamente es aplicable para las Municipalidades Distritales ubicadas fuera de las provincias de MORDAZA y Callao, previa aprobacion por escrito del CONSUCODE. A tal efecto, la Entidad debera remitir una solicitud suscrita por el MORDAZA Distrital en la que senale, bajo responsabilidad, la imposibilidad de su representada de acceder directa o indirectamente a Internet, su domicilio y un numero de fax a los que se remitira cualquier documentacion. CONSUCODE evaluara en cada caso la procedencia de la solicitud y remitira una comunicacion en la que autorice la remision de la informacion por medio magnetico. La sola remision de la solicitud por parte de la Municipalidad no supone su aceptacion por el CONSUCODE. La remision de la informacion, es de responsabilidad del Titular del Pliego Presupuestario o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, asi como del funcionario que hubiese solicitado la creacion de un usuario y de aquel que hubiera remitido la correspondiente informacion. La informacion remitida por las Entidades al CONSUCODE, tiene el caracter de declaracion jurada y esta sujeta a las responsabilidades legales correspondientes. La simple MORDAZA de la mencionada informacion no implica la convalidacion o conformidad de la informacion reportada que no se cina a lo dispuesto en la presente Directiva. En el caso de la informacion que sea remitida por medio magnetico acompanada del documento fisico, la Oficina de Tramite Documentario del CONSUCODE verificara el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva, observando, de ser el caso, los que no se ajusten a MORDAZA, a traves de un sello en el cargo de recepcion del documento en el que se indicara sus deficiencias, otorgando a la Entidad remitente un plazo de dos (2) dias habiles para su subsanacion, bajo apercibimiento de tener por no presentada dicha informacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 125º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Una vez verificado el cumplimento de lo dispuesto en la presente Directiva, el CONSUCODE difundira la informacion remitida a traves de su pagina electronica. En caso de detectarse defectos, omision y/o fraude en la informacion remitida, los funcionarios encargados asumiran la responsabilidad que les asiste, conforme a la normativa vigente, sin perjuicio de poner el caso en conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Vll) DISPOSICION FINAL La presente Directiva es aplicable a los procesos a ser convocados a partir del primer dia habil de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA, 15 de enero de 2004. 01090

modificacion de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE y su Anexo Nº 1, aprobados por Resolucion Nº 3802003-CONSUCODE/PRE; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el inciso a) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y la MORDAZA Disposicion Final de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE tiene, entre otras funciones, la de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de contratacion publica, pudiendo dictar para tal efecto las disposiciones complementarias pertinentes; Que, mediante Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29.12.2003, se aprobo la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE y su Anexo Nº 1, sobre el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, las mismas que fueron publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 03.01 y el 8.1.2004, respectivamente; Que, a fin de facilitar la elaboracion de MORDAZA estadisticos sobre la contratacion publica, resulta necesario incluir en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE y su Anexo Nº 1 la informacion sobre la ubicacion geografica del organo o Entidad encargado de llevar adelante el MORDAZA de seleccion para la realizacion de la contratacion y/o adquisicion correspondiente; Que, en razon de lo expuesto, se debe modificar la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE y su Anexo Nº 1, precisando la obligacion de las Entidades de incluir en el Formato del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC, la informacion sobre la ubicacion geografica del organo o Entidad encargado de llevar adelante el MORDAZA de seleccion para la realizacion de la contratacion y/o adquisicion correspondiente, conforme a lo senalado que se senale en el Formato que forma parte del Anexo Nº 1 de la mencionada Directiva; De conformidad con lo establecido en el inciso a) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; la MORDAZA Disposicion Final de su Reglamento; y el numeral 2) del articulo 4º y numerales 3) y 22) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001PCM; asi como con las visaciones de la Gerencia Tecnico Normativa y de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el numeral 2 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE, en el extremo que regula la INFORMACION DEL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES, y del Anexo Nº 1, que contiene el formato para la elaboracion y remision del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y que forma parte de aquella, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "2. Del contenido del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. (...) INFORMACION DEL PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES (...) 6. Monto estimado del MORDAZA de seleccion programado o la palabra "Reservado", cuando sea el caso. (...) 11. Codigo de la ubicacion geografica del organo o Entidad encargado de la adquisicion o contratacion. 12. Cualquier observacion que se estime conveniente informar."

Modifican la Directiva Nº 005-2003CONSUCODE/PRE, en el extremo que regula la Informacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, y el Anexo Nº 1
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 019-2004-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 16 de enero de 2004 VISTO: El Memorandum Nº 09 - 2004 (GTN) de fecha 12.1.2004, a traves del cual la Gerencia Tecnica Normativa solicita la

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