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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de enero de 2004 sidad Privada Señor de Sipán, bajo el régimen de una Sociedad Anónima Cerrada y, se establecieron los pro-cedimientos para su adecuación, de conformidad a lodispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-98-ED; Que, cumpliendo el procedimiento establecido, la Promotora, Asociación Civil Empresa del ConocimientoS.A.C. ha cumplido con presentar los instrumentosaprobados para la Adecuación de la Universidad Pri-vada Señor de Sipán, instrumentos que han merecidoopinión favorable de la Comisión Jurídica Permanentedel CONAFU a través de los Informes de Vistos; Que, el Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades(CONAFU) en su Sesión Ordinaria del 18 de diciem-bre del 2003, acordó, declarar concluido el procedi-miento de adecuación solicitado por Asociación CivilEmpresa del Conocimiento S.A.C., para adecuar a laUniversidad Privada Señor de Sipán a la Ley de Pro-moción de la Inversión en la Educación, debiendo au-torizarse la inscripción de la Escritura Pública que con-tiene el Estatuto Social acompañado del ReglamentoGeneral de la Universidad, en el Registro Público res-pectivo; Estando a lo expuesto, en concordancia a lo dis- puesto en la Ley Nº 26439; el Estatuto y el Reglamen-to General del CONAFU; el artículo 1º del DecretoLegislativo Nº 882; el artículo 11º del Decreto Supre-mo Nº 001-98-ED, el Acuerdo Nº 311-2003-CONAFUde la Sesión Ordinaria del Pleno del 18 de diciembredel 2003; y, en uso de las facultades conferidas por elliteral c) del Artículo 16º del Reglamento General delCONAFU; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR concluido el proceso de adecuación de la Universidad Privada Señor de Sipán,con sede en la ciudad de Chiclayo del departamento deLambayeque, a la Ley de Promoción de la Inversión enla Educación, aprobada por Decreto Legislativo Nº 882,solicitado por la Promotora, Asociación Civil Empresadel Conocimiento S.A.C. Artículo 2º.- APROBAR el nuevo modelo institucio- nal adoptado por la Universidad Privada Señor de Si-pán, organizada como Sociedad Anónima Cerrada, de-biendo la Oficina Registral de Chiclayo, Registro de Per-sonas Jurídicas, proceder a la inscripción de la EscrituraPública que contiene el Estatuto Social acompañado delReglamento General de la Universidad, debidamente vi-sados por el CONAFU, por el mérito de la copia certifi-cada de la presente Resolución. Artículo 3º.- DISPONER que la Universidad Privada Señor de Sipán, remitirá al CONAFU, copia certificadanotarial de la Escritura Pública que contiene los Estatu-tos Sociales acompañados del Reglamento General dela Universidad, debidamente inscritos, para los fines aque se refiere la Tercera Disposición Transitoria del De-creto Legislativo Nº 882, modificado por la Ley Nº 27278. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALBERTO SILVA DEL ÁGUILA Presidente HERACLIO CAMPANA AÑASCO Secretario General 01507 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G58/G56/G49/G20/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G46._/G69/G73/G63/G61/G6C RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 002-2004 Lima, 21 de enero de 2004CONSIDERANDO QUE: Que, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) a través del Instituto Latinoamericanoy del Caribe de Planificación Económica y Social (IL-PES), con el copatrocinio del Fondo Monetario Interna-cional, Banco Mundial, Banco Interamericano de Desa-rrollo y Organización para la Cooperación y el Desarro-llo Económico, bajo el auspicio del Ministerio de Hacien-da de Chile, están organizando el XVI Seminario Regio-nal de Política Fiscal a llevarse a cabo entre el 26 y el 29de enero en la ciudad de Santiago de Chile, por lo que elDirectorio ha considerado necesaria la participación deeste Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a loacordado por el Directorio en su sesión de 15 de enerode 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión de servicios del Director Gonzalo García Nuñez a la ciudad de San-tiago de Chile, del 25 al 29 de enero, para participar enel certamen mencionado en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes: US$ 500,34 Viáticos: US$ 1000,00Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$ 28,24 ------------------- Total US$ 1528,58 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduane-ros, cualquiera fuere su clase o denominación. JAVIER SILVA RUETE Presidente 01334 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA /G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G6E/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G73/G75/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G4A/G75/G65/G7A/G20/G53/G75/G2D/G70/G6C/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G6F/G6A/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G2D /G74/GED/G6E RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 068-2003-PCNM P.D. Nº 011-2003-CNM San Isidro, 24 de setiembre de 2003 VISTO;El proceso disciplinario número 011-2003-CNM, se- guido contra el doctor Alejandro Antonio Torres Toro, porsu actuación como Juez Suplente del Juzgado Especia-lizado en lo Penal de la provincia de Rioja de la CorteSuperior de Justicia de San Martín, y el pedido de desti-tución efectuado por el señor Presidente de la CorteSuprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Que, por resolución Nº 041-2003-PCNM, del 27 de mayo del 2003, el Consejo Nacional de la Magistraturaabrió proceso disciplinario al doctor Alejandro Antonio