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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2004 (24/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de enero de 2004 Electoral del Perú ha solicitar inscripción, señalando como fecha de su nacimiento el 11 de enero de 1950,posteriormente se presentó a solicitar su reinscripciónen el mencionado Registro Electoral señalando en estaoportunidad como fecha de nacimiento el 11 de enerode 1953, valiéndose para ello de declaraciones falsas,los mismos que fueron ingresados en instrumento públi-co, esto es el Registro, motivando la Exclusión Definitivade la Inscripción fraudulenta por disposición de la enton-ces División de Procesamiento, hoy Subgerencia deProcesamiento, al tratarse de un trámite irregular; Que, aún cuando si bien, se ha procedido administrati- vamente, el hecho antes descrito constituye indiciorazonable de la comisión de presunto delito contra la FePública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previstoy sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigen-te; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de losasuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que interponga las accioneslegales que correspondan en defensa de los interesesdel Estado y del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil contra JUANA ADA MARINA DANOS BA-RRIOS; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y re-presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra JUANA ADAMARINA DANOS BARRIOS, por presunto delito Contrala Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica,en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi-ficación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 01470 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 020-2004-JEF/RENIEC Lima, 21 de enero de 2004 VISTO: El Informe Nº 044-2004/GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y lo demás que contiene; CONSIDERANDO:Que, a través del informe Nº 017-2004-GAD/SSG de la Subgerencia de Servicios Generales, se hace saberla necesidad de la prórroga del contrato de arrendamientoNº 0811-2002-05-00-01, mediante el cual se arrendabael inmueble ubicado en el Centro Comercial Campin Tda.Nº 104 Paseo de la Cultura s/n distrito de Juliaca, pro-vincia de San Román, departamento de Puno; contandoasimismo con la comunicación de los propietarios don-de expresan su voluntad de renovar el contrato referido; Que mediante Oficio Nº 050-2004-RENIEC/GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto acompaña-do del Informe Nº 030-2004-RENIEC-GPP-SGP de laSubgerencia de Presupuesto, se informa que existedisponibilidad presupuestal para atender la prórroga del alquiler del inmueble donde viene funcionando la agen-cia de Juliaca de la Jefatura Regional Puno por un mon-to total de S/. 14,952.00 nuevos soles; Que, de acuerdo con el artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, la dependencia encargada de las adquisicio-nes y contrataciones de la entidad deberá definir conprecisión la cantidad y características de los bienes, ser-vicios y obras que se van adquirir o contratar, para talefecto antes de iniciar los procesos de selección quecorrespondan, coordinará con las dependencias de lascuales provienen los requerimientos y efectuara los es-tudios de las posibilidades que ofrece el mercado, demodo que se cuente con la información suficiente parala descripción y especificaciones de los bienes, servi-cios u obras; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, en su artículo 19º in-ciso g) prescribe lo siguiente "...se exonera del procesode selección....para prorrogar el plazo de contratos dearrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad,siempre y cuando la renta no se incremente en una tasamayor al crecimiento del índice general de precios al pormayor"; y el artículo 20º del mismo cuerpo legal agregaque en el caso referido, la adquisición o contratación serealizará mediante el proceso de menor cuantía; Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro nacional de Identifica-ción y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Regla-mento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE:Artículo Primero.- EXONERAR del proceso de selec- ción para la prórroga del contrato de arrendamiento Nº0811-2002-05-00-01, del local ubicado en el Centro Co-mercial Camping Tda. Nº 104 Paseo de la Cultura s/ndistrito de Juliaca, provincia de San Román, departa-mento de Puno, donde viene funcionando la agenciaJuliaca. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administración la prórroga del contrato de arrendamientoNº 0811-2002-05-00-01, por el plazo de dos años, delinmueble mencionado en el artículo anterior, contado apartir del 1 de febrero de 2004 por un monto total de ca-torce mil novecientos cincuenta y dos nuevos soles, concargo a la fuente de recursos directamente recaudados. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración el cumplimiento de la presente resoluciónasí como comunicar su contenido y sustento a la Contra-loría General de la República; asimismo publicar la pre-sente Resolución en el Diario Oficial el Peruano en elplazo legal, y en la página web de la entidad en coordi-nación con la Gerencia de Informática y Estadística. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 01469 MINISTERIO PÚBLICO /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G64/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G73/G20/G64/G65 /G66/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G73/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73 /G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G6D/G62/G65/G73/G2C/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G20/G79/G20/G41/G70/G75/G72/GED/G2D /G6D/G61/G63 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 171-2004-MP-FN Lima, 22 de enero de 2004