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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G35/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 27 de enero de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F DECRETO LEGISLATIVO /G44/G45/G43/G52/G45/G54/G4F/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F/G20/G4E/GBA/G20/G39/G34/G36 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República por Ley Nº 28079 ha autori- zado al Poder Ejecutivo para legislar en materia tributaria referida tanto a tributos internos como aduaneros por un plazode noventa (90) días hábiles con el propósito, entre otros, deestablecer disposiciones que permitan formalizar las opera-ciones económicas con participación de las Empresas delSistema Financiero para mejorar los sistemas de fiscaliza- ción y detección del fraude tributario y gravar determinadas transacciones realizadas a través de las citadas empresas; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: /G4D/G4F/G44/G49/G46/G49/G43/G41/G43/G49/GD3/G4E/G20/G44/G45/G20/G56/G49/G47/G45/G4E/G43/G49/G41/G20/G44/G45/G4C/G20/G49/G4D/G50/G55/G45/G53/G54/G4F /G41/G20/G4C/G41/G53/G20/G54/G52/G41/G4E/G53/G41/G43/G43/G49/G4F/G4E/G45/G53/G20/G46/G49/G4E/G41/G4E/G43/G49/G45/G52/G41/G53 Artículo 1º.- Sustitúyase el numeral 20.1 del artículo 20º del Decreto Legislativo Nº 939 por el siguiente texto: "20.1 El presente Decreto Legislativo entrará en vigen- cia el 1 de enero de 2004 con excepción del Capítulo IIIque entrará en vigencia el 1 de marzo de 2004."Artículo 2º.- Incorpórese, como Tercera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 939, el siguiente texto: "Tercera.- NO APLICACIÓN DE INTERESES NI SAN- CIONES A la deuda tributaria por concepto del Impuesto co- rrespondiente al mes de marzo, no le será aplicable los intereses a que se refiere el artículo 33º del Código Tri- butario, que se generen hasta el día en que se efectúe laregularización, cuando los agentes de retención o per-cepción, por causa debidamente justificada, durante di-cho mes no hubieran efectuado la retención o percep-ción respectiva. Para dicho efecto, los mencionados agentes deberán regularizar la declaración y el pago del referido Impues-to hasta el último día del vencimiento de las obligacio-nes tributarias de liquidación mensual a su cargocorrespondiente a las operaciones gravadas realizadasen el mes de marzo, de acuerdo al cronograma aproba- do por la SUNAT. Los agentes de retención o percepción que no puedan repetir el pago del citado Impuesto contra los respectivoscontribuyentes, quedarán eximidos de la responsabilidadsolidaria a que se refiere el numeral 14.1 del artículo 14ºdel Decreto Legislativo Nº 939. No se sancionarán las infracciones vinculadas al Im- puesto correspondiente a dicho mes. Las referidas infracciones y el incumplimiento en el pago a que se refiere el primer párrafo de la presente disposi-ción, no serán considerados para efectos de los regíme-nes de buenos contribuyentes y de gradualidad, ni para ningún otro efecto tributario. Lo señalado en la presente disposición también será de aplicación a los contribuyentes respecto de los cualesno se hubiera realizado la retención o percepción corres-GOBIERNO REGIONAL DE PUNO R.D. Nº 01-2004-GR-PUNO-PRORRIDRE-PRASTER/ D.E..- Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones del Proyecto Integrado PRORRIDRE PRASTER delejercicio fiscal 2004 260608 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO Acuerdo Nº 009-2004-MDCLR.- Autorizan adquisición de in- sumos para el Programa del Vaso de Leche, mediante adjudica-ción de menor cuantía 260609 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO R.A. Nº 059-2004-MPT.- Aprueban Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la municipalidad para el ejercicio2004 260610 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE APATA R.A. Nº 002-2004-A/MDA.- Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004 260610SUNARP Fe de Erratas Res. Nº 013-2004-SUNARP/SN 260598 SUNAT Res. Nº 0014-2004/SUNAT.- Declaran en situación de urgen- cia y exoneran del proceso de selección correspondiente a la adquisición de discos compactos grabados con producto desoftware PDT 260598 Res. Nº 0015-2004/SUNAT.- Modifican Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales 260599 Res. Nº 0016-2004/SUNAT.- Incorporan contribuyentes a los Directorios de Principales Contribuyentes de las IntendenciasRegionales Lima, La Libertad y Piura 260600 Res. Nº 0017-2004/SUNAT.- Modifican directorios de princi- pales contribuyentes de las intendencias regionales deLambayeque y Cusco 260600 Res. Nº 0019-2004/SUNAT.- Aprueban disposiciones y formu- larios para la Declaración Anual del Impuesto a la Renta delEjercicio Gravable 2003 260601 Circ. Nº 001-2004/SUNAT/A.- Establecen descripciones mí- nimas de DUA en la importación de vehículos nuevos y usados 260605 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS R.D. Nº 004-2004-GOB-REG.AMAZONAS-HAB-D.- Aprue- ban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Hospi-tal de Apoyo Bagua para el año 2004 260608