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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2004 (27/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G35/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 27 de enero de 2004 Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Derechos de Auto- Evaluación Previa donde se inicia Recurso de resuelve la Apelación Autoridad que Formales (Nota 1) Trámite mático Sil.Adm. Sil.Adm. el procedimiento Reconsideración Solicitud y la y/o Adhesión resuelve la Positivo Negativo Reconsideración a la Apelación Apelación 1. Procedimiento para Evitar y Corregir las Distorsiones de la Competencia en el Mercado Generadas por el Dumping o Subvencione s 1. Solicitud de inicio de Investigación por Prácticas de Dumping o Subvenciones (Nota 2), o de Examen (Nota 3) de 80% UIT X Secreta ría Técnica 10% UIT Secretaría Técnica 10% UIT Sala de Defensa derechos definitivos, consignando datos de identificación, domicilio y actividad económica del solicitante, así (*) (Nota 5) de la Comisión de Procede dentro de de la Comisión de Procede dentro de de la Competencia como copia de los documentos que acrediten su existencia y a su Representante Legal (Nota 4), de ser el caso. Fiscalización de los 15 días hábiles Fisca lización de los 15 días hábiles del Tribunal Dumping y de notificada Dumping y de notificada del Indecopi 2. Cuestionario para empresas solicitantes debidamente absuelto, en el que se debe incluir: Subsidios la Resolución Subsidios la Resolución No procede contra No procede contra A)Para el caso de empresas productoras solicitantes de inicio de investigación por Resolución que Resolución que Prácticas de Dumping o Subvenciones. impone Derechos impone Derechos Provisionales Provisionales - Pruebas sobre la representatividad del Solicitante dentro de la rama de producción nacional o constanciasde apoyo por parte de productores nacionales no solicitantes- La descripción completa del producto objeto de Dumping o Subvención- El país de exportación y de origen- La identidad de cada productor y exportador extranjero conocido- La lista de importadores, pruebas sobre los precios a los que se vende en el país de origen (a nivelcomparable, es decir al mismo nivel comercial)- Datos sobre la evolución del volumen de importaciones- Efecto de esas importaciones en los precios del producto similar en el mercado interno- Repercusión de las importaciones en la rama de producción nacional (producción, ventas, etc), y otros.- La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos. B)Para el caso de empresas exportadoras, importadoras o productoras nacionales, solicitantes de examen de derechos definitivos:- Datos sobre los precios a los que se vende en el país de origen el producto objeto de la solicitud dederechos definitivos (a nivel comparable, es decir al mismo nivel comercial).- Evolución del volumen de importaciones- Efecto de esas importaciones en los precios del producto similar en el mercado interno- Repercusión de las importaciones en la rama de producción nacional (producción, ventas, etc), y otros.- La información relativa a datos cuantitativos deberá ser presentada por escrito y en medios magnéticos. 3. Para solicitar la confidencialidad de determinada información, la parte solicitante deberá presentar justificación al respecto y un resumen no confidencial de dicha información, de conformidad con el Artículo 38º del DecretoSupremo Nº 006-2003-PCM (Nota 6). 4. Copias según el número de partes citadas en la solicitud o, para el caso del Examen de Derechos Definitivos, de las partes que intervinieron en el Procedimiento de Investigación para la aplicación de dichos derechos(Nota 7). * Se debe cancelar 20% UIT a la presentación de la Solicitud y el monto restante, equivalente a 60% UIT, se abonará vía reintegro, únicamente si la Comisión ordena el Inicio de investigación o Examen de DerechosDefinitivos, cancelándose dicho monto de acuerdo a la UIT vigente al momento del reintegro.Base Legal: Decreto Ley 25868 Art. 22º publicado el 24/11/92 /Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM publicado el 11/01/03 2. Procedimiento de Reclamos / Impugnaciones sobre la aplicación o cobro de derechos. 1. Presentar la solicitud de devolución del monto pagado o afianzado, consignando datos de identificación, 20% UIT X Secretaría Té cnica 10% UIT Secretaría Técnica 1 0% UIT Sala de Defensa domicilio y actividad económica del solicitante, así como los documentos que acrediten su existencia y su (*) (Nota 12) de la Com isión de Procede dentro de de la Comisión de Procede dentro de de la Competencia representación legal de ser el caso (Nota 4) Fiscalización de los 15 días hábiles Fi scalización de los 15 días hábiles del Tribunal 2. Documento que acredite el pago o la garantía del monto que se reclama / impugna, según corresponda a un Dumping y de notificada la Dumping y de notificada la del Indecopi derecho definitivo o provisional, respectivamente. Subsidios Resolución Subsidios Resolución * Dicho monto deberá ser cancelado al momento de presentación de la solicitud. Base Legal: Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM publicado el 11/01/03