Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2004 (06/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de febrero de 2004

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador a iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 672-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 31 de diciembre de 2003 Visto, el Memorandum Nº 483-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 009-2001/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 8082003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 17 de noviembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion del MORDAZA de veracidad de las declaraciones, se presento a tramitar su inscripcion en el Registro Unico de Personas Naturales, pese a que ya existia una inscripcion anterior, valiendose para ello de datos falsos, los mismos que fueron ingresados en instrumento publico, motivando la Cancelacion de la Inscripcion fraudulenta por disposicion de la Gerencia de Operaciones mediante Resolucion Nº 058-2001-GO/RENIEC, al tratarse de un tramite irregular; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA PEZO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01791

obtiene de manera irregular una MORDAZA inscripcion a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obteniendo el Documento Provisional de Identidad Nº 90158592, a traves de la Declaracion Jurada de Testigos; Asimismo con fecha 4 de febrero del ano 1999, solicita una nueva inscripcion a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obteniendo la inscripcion Nº 40781447; Que, con fecha 26 de febrero del ano 1991, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito ante el Registro Electoral de Miraflores - MORDAZA, su inscripcion Nº 07880497, acreditando su identidad con Libreta Militar Nº 2403814616; luego con fecha 27 de septiembre de 1997 el mismo ciudadano obtiene de manera irregular una MORDAZA inscripcion a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obteniendo la Inscripcion Nº 40282570; posteriormente con fecha 12 de MORDAZA del ano 1999 ante las Oficinas de la Agencia principal MORDAZA, el ciudadano en mencion obtiene irregularmente una tercera inscripcion a nombre de MORDAZA SATO MORDAZA, mediante el Formulario Nº 07037446, logrando su inscripcion Nº 41077463; Que, por Examenes de Confrontacion Monodactilar Nº 472 y 887-2000/INVES, de fecha 10 de marzo y 12 de octubre del ano 2000, respectivamente, concluyen que se tratan de una misma persona; es decir, existe multiples inscripciones de una misma persona biologica, pero con diferentes nombres, motivando la cancelacion y exclusion de los registros, las inscripciones correspondientes a estos; Que, el comportamiento incurrido por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA SATO MORDAZA, al hacer insertar en instrumentos publicos declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo, dado el hecho de haberse inscrito nuevamente a pesar de contar con una inscripcion anterior, constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el Art. 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA SATO ROJAS; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA SATO MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01792

RESOLUCION JEFATURAL Nº 673-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 31 de diciembre de 2003 Visto, el Memorandum Nº 818-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nº 246-2000 y Nº 017-2001/OHC/DCP/GO, y el Informe Nº 855-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 5 de diciembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del visto, asi como sus anexos, se desprende que con fecha 4 de marzo de 1991, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito en el Registro Electoral de MORDAZA La MORDAZA, su inscripcion Nº 18120410, adjunta como sustento la Libreta Militar Nº 240130554; posteriormente con fecha 21 de noviembre de 1997 el mismo ciudadano

SBS
Autorizan a MIBANCO el traslado de oficina principal al distrito de Surquillo, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 154-2004 MORDAZA, 29 de enero del 2004

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