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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (06/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G35/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 6 de febrero de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA:La solicitud presentada por MIBANCO, Banco de la Mi- croempresa S.A., para que se le autorice el traslado de suOficina Principal ubicada en la Av. 9 de Diciembre (ex Pa-seo Colón) esquina con el Jr. Washington Nº 1493, del dis-trito el Cercado, provincia y departamento de Lima, al localubicado en la Av. Paseo de la República Nº 4297, esquinacon la Av. Domingo Orué Nº 165 del distrito de Surquillo,provincia y departamento de Lima; y como consecuenciade ello, la conversión de la oficina en la que venía funcio-nando su anterior Oficina Principal en Agencia; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 356-98 de fecha 7 de abril de 1998, se autorizó el funcionamiento de MIBAN-CO, Banco de la Microempresa en el local ubicado en laAv. 9 de Diciembre (ex Paseo Colón) esquina con el Jr.Washington Nº 1493, del distrito el Cercado, provincia ydepartamento de Lima; Que, según acta de sesión de Directorio realizada el 18 de julio del 2002, se acordó el traslado de la Oficina Princi-pal al local ubicado en la Av. Paseo de la República Nº4297, esquina con la Av. Domingo Orué Nº 165 del distritode Surquillo, provincia y departamento de Lima; Que, las razones expuestas por la empresa recurrente justifican el traslado solicitado, así como la conversión enAgencia de su anterior Oficina Principal, habiéndose cum-plido con presentar la documentación pertinente, confor-me se establece en la Circular SBS Nº B-1996-97; De acuerdo con lo indicado en el Informe Nº DESF “E” 018-2004 del 2004.1.17; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros - Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº B-1996-97 ysus modificatorias, y en virtud de las facultades delegadaspor Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a MIBANCO, Banco de la Microempresa S.A., el traslado de su Oficina Principal ubi-cada en la Av. 9 de Diciembre (ex Paseo Colón) esquinacon el jirón Washington Nº 1493, del distrito del Cercado,provincia y departamento de Lima, al nuevo local ubicadoen la Av. Paseo de la República Nº 4297 esquina con la Av.Domingo Orué Nº 165 del distrito de Surquillo, provincia ydepartamento de Lima. Artículo Segundo.- Autorizar a MIBANCO, Banco de la Microempresa S.A., la conversión de la oficina dondevenía funcionando su anterior Oficina Principal, ubicadaen el jirón Washington Nº 1493, a la categoría de Agencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 02447 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G61/G62/G72/G69/G72/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G61/G72/GE1/G63/G74/G65/G72 /G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G69/G67/G75/G65/G6C /G79/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 156-2004 Lima, 30 de enero de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de dos Oficinas Espe-ciales, con carácter temporal, en las instalaciones del Ins-tituto Cultural Peruano Norteamericano de la Sede SanMiguel, ubicada en la Av. La Marina Nº 2469, distrito deSan Miguel, y en la Sede Miraflores, ubicada en la Av. An-gamos Oeste Nº 120, ambas en la provincia y departa-mento de Lima; y,CONSIDERANDO: Que, el Banco de Crédito del Perú en sesión de Comité Ejecutivo, celebrado el día 22 de enero de 2004, aprobó lainstalación de dos oficinas temporales en los locales delICPNA; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicita-da; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº14-2004-DESF "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Reso-lución SBS Nº 003-98; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, en vía de regularización, la apertura de dos Oficinas Espe-ciales, con carácter temporal, los días 28 y 29 de enero de2004, en las instalaciones del Instituto Cultural PeruanoNorteamericano de la Sede San Miguel, ubicada en la Av.La Marina Nº 2469, distrito de San Miguel, y en la SedeMiraflores, ubicada en la Av. Angamos Oeste Nº 120, am-bas en la provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 02487 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G70/G61/G63/G69/G6F/G73 /G72/G61/G64/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G52/G61/G64/G69/G6F/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G53/G2E/G41/G2E /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 158-2004 San Isidro, 30 de enero de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institu- cional, mediante Memorándum Nº 255-2003-C, de fecha17 de diciembre 2003, señaló que se requiere contar conmedios de difusión que brinden el servicio de espacios ra-diales semanales, en Radio Programas del Perú S.A. (RPPradio) y Corporación Gestión S.A. (Cadena Peruana deNoticias - CPN); Que, con el Informe Nº 04-2003-C, la Jefatura de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional de laSuperintendencia de Banca y Seguros señala que se hacenecesaria la difusión al público en general los temas relati-vos al Sistema Privado de Pensiones, el Sistema Finan-ciero y de Seguros; Que, realizada la evaluación de mercado de emisoras radiales, se determinó que las empresas encargadas debrindar los servicios, no sólo deberían tener un buen nivelde llegada al público sino también deberían ofrecer el tipode programación que se ajustara adecuadamente a la na-turaleza de la información a difundir. Asimismo, al ser laSuperintendencia de Banca y Seguros una entidad públi-ca, el medio a elegir deberá ser de carácter informativomás que musical y cuyo posicionamiento en el mercado secaracterice por su seriedad, confiabilidad y alta credibili-dad; Que por los fundamentos antes expuestos se concluyó que las dos radios informativas más importantes del paísson CPN y RPP, las cuales ofrecen espacios radiales, acor-de con las necesidad requeridas. En tal sentido, el Depar-tamento de Logística, mediante Cartas 011 y 012-2004-DLrespectivamente, solicitó a las mismas su cotización parala prestación de los servicios para el año 2004; Que, la empresa Radio Programas del Perú S.A. (RPP Radio) mediante carta fechada el 9 de enero 2004, comunicó aesta Superintendencia que el costo del servicio anual de espa-